Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 2/8/2024

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Source: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

Página 2

B.O. P. DE CADIZ NUM. 149
JUNTA DE ANDALUCIA

CONSEJERIA DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINAS
CADIZ
ANUNCIO DE INFORMACIÓN PUBLICA PARA AUTORIZACIÓN
ADMINISTRATIVA PREVIA Y AUTORIZACIÓN AMBIENTAL
UNIFICADA DE INSTALACIÓN ELÉCTRICA
De acuerdo con la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, con lo establecido en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, con la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental y con el Decreto 356/2010, de 3 de agosto, por el que se regula la autorización ambiental unificada, se establece el régimen de organización y funcionamiento del registro de autorizaciones de actuaciones sometidas a los instrumentos de prevención y control ambiental, de las actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera y de las instalaciones que emiten compuestos orgánicos volátiles, y se modifica el contenido del Anexo I de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, se somete a INFORMACIÓN PÚBLICA el expediente incoado en esta Delegación Territorial, con objeto de AUTORIZAR la instalación eléctrica siguiente:
Peticionario: PEDROLA SOLAR SL
Domicilio Calle Gustavo Fernández Balbuena 11
Emplazamiento de la instalación: Arcos de la Frontera Finalidad de la instalación: Producción de energía eléctrica mediante tecnología fotovoltaica CARACTERÍSTICAS FUNDAMENTALES:
Planta Solar LOS LLANOS I de 5 MW de potencia instalada AT-15684/24
Generador Fotovoltaico 8.932 módulos fotovoltaicos bifaciales de 685 Wp de potencia máxima, distribuidos en series de módulos dirigidos hacia 3 inversores de 1.666,67 KW y a un centro de potencia de 5.379 kVA.
Estructuras soporte de los paneles con seguidor instaladas con el eje de giro en dirección norte-sur con movimiento de giro en dirección este-oeste -60 60º.
Red de Media Tensión:
1 circuito subterráneo de Media Tensión en 20 kV que une el Centro de Potencia con el Centro de Seccionamiento.
Conductor Al RHZ1-OL 12/20 kV 1x300 mm.
Infraestructura de Evacuación Centro de Seccionamiento Parque de 20 kV: Cabinas tipo interior blindadas en gas SF6, simple barra, 2 posiciones de línea, 1 posiciones de medida y 1 posición de transformador de servicios auxiliares.
Sistema de control y protección.
Sistema de medida y comunicaciones.
Línea soterrada de 20 kV desde Centro de seccionamiento hasta SET
BORNOS 20kV
Tipo:
Tensión:
Longitud:
Tipo Conductor:
Número de circuitos:
Número de cables:

Línea eléctrica trifásica subterránea 20 KV
2906,95 m ARHZ1 12/20kV 300 mm2
1 1

OCUPACIÓN DE VÍAS PECUARIAS

Vía Pecuaria afectada Vereda de Bornos
Término municipal Arcos de la Frontera
Lo que se hace público para que pueda ser examinada la documentación presentada en el Servicio de Energía de esta Delegación Territorial, sito en Calle Fernando el Católico, 3 - Edificio Junta de Andalucía - 11004 Cádiz, y formularse las alegaciones que se estimen oportunas en el plazo de TREINTA DÍAS, a partir del siguiente a la publicación del presente anuncio.
De conformidad con lo establecido en el artículo 13.1.e de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía, procede la publicación del presente trámite de información pública en el Portal de Transparencia de la Junta de Andalucía, donde podrá accederse a la documentación presentada para su examen, y por el mismo periodo a través del siguiente enlace buscando por el número de expediente:
https juntadeandalucia.es/servicios/participacion/todos-documentos.html Asimismo, la presente publicación se realiza de conformidad con lo dispuesto en el artículo 83 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y a los efectos de notificación previstos en el artículo 45 del antedicho Cuerpo legal.
Veinte de junio de dos mil veinticuatro. LA DELEGADA TERRITORIAL.
FIRMADO: INMACULADA OLIVERO CORRAL.
Nº 117.019

DIPUTACION PROVINCIAL DE CADIZ
AREA DE PRESIDENCIA
SECRETARIA GENERAL
EDICTO
Visto que con fecha 18 de julio de 2024 se ha publicado en el BOP de
2 de agosto de 2024

Cádiz n.º 138, anuncio nº 117.509, relativo a la aprobación definitiva de modificación del Reglamento regulador del Servicio de Asistencia a las Entidades Locales de la Diputación Provincial de Cádiz.
Visto que en dicho anuncio, se procede a la publicación íntegra del texto de la modificación de dicho Reglamento, aprobado inicialmente en sesión plenaria celebrada el día 22 de mayo de 2024.
Advertido error en el texto de la modificación publicado en el mismo, omitiéndose las modificaciones producidas tanto en el artículo 92 como en el artículo 101 letra k, así como las adiciones del artículo 105 bis y de la Disposición Transitoria Cuarta.
Visto lo anterior, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, se procede a rectificar dicho error, quedando el Anexo de Modificación del Reglamento del Servicio de Asistencia a las Entidades Locales de la Diputación de Cádiz de la siguiente manera:
Modificación del Reglamento regulador del Servicio de Asistencia a las Entidades Locales de la Diputación Provincial de Cádiz.
Art. 40.1 Segundo párrafo:
1. ..
Salvo para las entidades locales incluidas en el grupo primero, las asistencias a las que se refieren los artículos 38 y 39.1 letras a y e punto 2º, tendrán carácter concertado.
Art. 48.1 e.
e Corresponderá a la entidad local asistida abonar al personal empleado público de la Diputación Provincial de Cádiz las asistencias que se devenguen a consecuencia de su participación en el órgano de selección en los términos previstos en la normativa específica de aplicación, salvo para las entidades locales integradas en el grupo I, así como en el grupo II cuando su población no sea superior a 10.000 habitantes, en cuyo caso tales asistencias serán abonadas por la Diputación Provincial de Cádiz con cargo a su propio presupuesto.
Art. 65.2
2. Si en el plazo de tres meses desde que la entidad local solicitante reciba la comunicación de la propuesta de nombramiento de instructor no hubiese tenido lugar la incoación del correspondiente procedimiento administrativo, con notificación al instructor propuesto, se iniciará procedimiento dirigido a la revocación de la asistencia.
Art. 71.
Artículo 71. Presupuestos para el otorgamiento de comisiones circunstanciales.
1. Las comisiones circunstanciales se otorgarán por el tiempo imprescindible hasta la provisión del puesto reservado por alguno de los demás sistemas prioritarios de cobertura previstos en la normativa de aplicación, esto es:
a por personal funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional, ya sea con carácter definitivo o mediante nombramiento provisional, comisión de servicios o acumulación.
b mediante nombramiento accidental a favor del personal funcionario propio de la entidad local solicitante con la preparación técnica adecuada.
c mediante nombramiento de personal funcionario interino, otorgado por el órgano competente de la Comunidad Autónoma de Andalucía a favor de persona previamente seleccionada con respeto a los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad.
2. La entidad local asistida deberá realizar, desde el mismo momento en que se otorgue la comisión circunstancial, las actuaciones precisas para la provisión reglamentaria del puesto de trabajo mediante los sistemas prioritarios citados en el apartado anterior, a cuyo efecto estará obligada:
a en todo caso y con carácter inmediato, a solicitar al Colegio Oficinal de Secretarios, Interventores y Tesoreros de la provincia de Cádiz que publique anuncio para la cobertura del puesto por funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, así como a publicar anuncio con la misma finalidad en su propio tablón de edictos y anuncios. El periodo mínimo de exposición pública será de diez días hábiles.
b si únicamente fuese posible la provisión mediante personal funcionario interino, a convocar el correspondiente procedimiento selectivo, o en caso de que exista bolsa de interinidad, ya sea gestionada por la Junta de Andalucía o por la Diputación Provincial de Cádiz, a solicitar a la administración correspondiente el inicio de los trámites oportunos para que se realice el nombramiento.
c en el caso de vacancia del puesto, a convocar concurso ordinario para la provisión definitiva del puesto por funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional o, en su caso, a solicitar la inclusión del puesto de trabajo en el siguiente concurso unitario que se convoque por la administración competente para ello.
3. Lo dispuesto en el apartado anterior no será de aplicación en los siguientes supuestos:
a cuando la suplencia venga motivada por enfermedad o ausencia de la persona titular del puesto y se prevea que esta circunstancia no tendrá una duración superior a quince días hábiles.
Si transcurrido el citado plazo no hubiese finalizado la causa que motivó el otorgamiento de la comisión circunstancial, se ampliará la misma hasta la provisión reglamentaria del puesto, estando la entidad local asistida obligada a realizar las actuaciones necesarias para ello en los términos previstos en el apartado anterior.
No obstante, en el caso previsto en el artículo 72.4.b, el transcurso del citado plazo sin que hubiese finalizado la causa que motivó el otorgamiento de la comisión circunstancial dará lugar a la su revocación.
b cuando la suplencia venga motivada por la abstención de la persona titular del puesto o de quien legalmente la sustituya.
Art. 72.
Artículo 72. Límites de las comisiones circunstanciales.
1. Las comisiones circunstanciales se otorgarán de acuerdo los medios personales de los que disponga el Servicio de Asistencia en cada momento.
2. No será posible suplir las funciones reservadas en dos entidades locales simultáneamente desde un mismo puesto de secretaría-intervención SAT, salvo que atendiendo al tamaño de las entidades las mismas pudieran ser susceptibles de agrupación, o la comisión tenga por objeto un cometido concreto.

Riguardo a questa edizione

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 2/8/2024

TitoloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaeseSpagna

Data02/08/2024

Conteggio pagine27

Numero di edizioni6074

Prima edizione02/01/2001

Ultima edizione06/09/2024

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