Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 16/7/2024

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Source: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

Página 12

B.O. P. DE CADIZ NUM. 136

Durante dicho periodo no se han presentado alegaciones, considerándose definitivamente adoptado el acuerdo, hasta entonces provisional, sin necesidad de acuerdo plenario art. 17.3 TRLRHL. En todo caso el acuerdo definitivo y el texto íntegro de las ordenanzas o sus modificaciones se incluyen como anexo se publicarán en el boletín oficial de la provincia, sin que entren en vigor hasta que se haya llevado a cabo dicha publicación art. 17.4 TRLRHL
Todo lo cual se hace público para su general conocimiento, en Sanlúcar de Barrameda en la fecha indicada al pie del presente anuncio. EL JEFE DE LA OGSP DEL
ÁREA DE ECONOMÍA y HACIENDA. Fdo. Isaac Bobillo Dorado. EL TENIENTE
DE ALCALDESA DELEGADO MUNICIPAL DE ECONOMÍA, HACIENDA E
INFRAESTRUCTURA. Fdo.: David González Barbé.
ANEXO.
Aprobar para el Ejercicio de 2024, la Modificación del artículo 7.4 y Disposición Final de la ORDENANZA FISCAL NÚMERO 305. IMPUESTO SOBRE
EL INCREMENTO DE VALOR DE LOS TERRENOS DE NATURALEZA URBANA
que quedaría con la siguiente redacción:
ARTICULO 7. Base Imponible.
4. El periodo de generación del incremento de valor será el número de años a lo largo de los cuales se haya puesto de manifiesto dicho incremento.
En los supuestos de no sujeción, salvo que por ley se indique otra cosa, para el cálculo del periodo de generación del incremento de valor puesto de manifiesto en una posterior transmisión del terreno, se tomará como fecha de adquisición, a los efectos de lo dispuesto en el párrafo anterior, aquella en la que se produjo el anterior devengo del impuesto.
En el cómputo del número de años transcurridos se tomarán años completos, es decir, sin tener en cuenta las fracciones de año. En el caso de que el periodo de generación sea inferior a un año, se prorrateará el coeficiente anual teniendo en cuenta el número de meses completos, es decir, sin tener en cuenta las fracciones de mes.
El coeficiente a aplicar sobre el valor del terreno en el momento del devengo, calculado conforme a lo dispuesto en los apartados anteriores, será el que corresponda de los aprobados por el ayuntamiento según el periodo de generación del incremento de valor:
Periodo de generación Inferior a 1 año.
1 año.
2 años.
3 años.
4 años 5 años.
6 años.
7 años.
8 años.
9 años.
10 años.
11 años.
12 años.
13 años.
14 años.
15 años.
16 años.
17 años 18 años.
19 años.
Igual o superior a 20 años.

Coeficiente 0,15
0,15
0,14
0,14
0,16
0,18
0,19
0,20
0,19
0,15
0,12
0,10
0,09
0,09
0,09
0,09
0,10
0,13
0,17
0,23
0,40

Estos coeficientes máximos serán actualizados anualmente mediante norma con rango legal, pudiendo llevarse a cabo dicha actualización mediante las leyes de presupuestos generales del Estado Si, como consecuencia de la actualización referida en el párrafo anterior, alguno de los coeficientes aprobados por la vigente ordenanza fiscal resultara ser superior al correspondiente nuevo máximo legal, se aplicará este directamente hasta que entre en vigor la nueva ordenanza fiscal que corrija dicho exceso.
DISPOSICIÓN FINAL
La presente Ordenanza entrará en vigor y comenzará a aplicarse el día de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresas.
Nº 116.293


AYUNTAMIENTO DE SANLUCAR DE BARRAMEDA
ANUNCIO APROBACIÓN DEFINITIVA MODIFICACIÓN
PRESUPUESTARIA NÚMERO 26 DE SUPLEMENTO DE CRÉDITO
Acuerdo de aprobación definitiva del expediente de MODIFICACIÓN
PRESUPUESTARIA NÚMERO 26/2024 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de SUPLEMENTO DE CRÉDITO, financiado con cargo a bajas del crédito de otras aplicaciones presupuestarias.
En cumplimiento del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, ha quedado automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario de aprobación inicial de este Ayuntamiento, adoptado en fecha 27.05.24, de MODIFICACION PRESUPUETARIA MEDIANTE SUPLEMENTO DE CRÉDITO, en los siguientes términos:

16 de julio de 2024

PARTIDAS DONDE SE PRACTICA BAJA PARTIDAS ORIGEN:
IMPORTE
ORG PROG ECON
DESCRIPCION
BAJA
10002 9290 50000 Fondo de contingencia 300.000,00
SUBVENCION ENTIDADES.
23000 4190 47900
100.000,00
FENÓMENO METEOROLOGICO
OBRAS FONTANERIAYSANEAMIENTO
17200 4590 61902
7.263,29
FERIA
SIST INTELIGENTE GESTION TRAFICO
31000 4910 64103
52.000,00
Y FLUJOS TURISTICOS
Total 459.263,29
PARTIDAS QUE RECIBEN CREDITO PARTIDAS DESTINO:
IMPORTE CON
ORG PROG ECO
DESCRIPCION
QUE SE DOTA
SEGURIDAD SOCIAL DEL PERSONAL
10002 9200 16000
459.263,29
LABORAL
Total 459.263,29
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171
del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
9 de julio de 2024. COTEJADO, EL JEFE DE LA OFICINA DE GESTION Y
SEGUIMIENTO DEL PRESUPUESTO Fdo.: Isaac Bobillo Dorado. LA SECRETARIA
GENERAL Fdo.: Alicia Bernardo Fernández.
Nº 116.300


AYUNTAMIENTO DE BORNOS
ANUNCIO
El Pleno del Ayuntamiento de Bornos, en sesión extraordinaria celebrada el día 11 de Julio de 2024, acordó la aprobación inicial del expediente nº Crédito Extraordinario 01/2024, de modificación de créditos para concesión de Créditos Extraordinarios.
Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1 por remisión del 179.4 del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a información pública por el plazo de quince días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia y tablón de anuncios del Ayuntamiento, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Si transcurrido dicho plazo, no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho Acuerdo.
En Bornos, a 11/07/2023. El Alcalde. Fdo.: Hugo Palomares Beltrán.
Nº 117.023


AYUNTAMIENTO DE BORNOS
ANUNCIO
El Pleno del Ayuntamiento de Bornos, en sesión extraordinaria celebrada el día 11 de Julio de 2024, acordó la aprobación inicial del expediente nº Supl. Crédito 01/2024, de modificación de créditos para concesión de Suplemento de Crédito.
Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1 por remisión del 179.4 del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a información pública por el plazo de quince días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia y tablón de anuncios del Ayuntamiento, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Si transcurrido dicho plazo, no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho Acuerdo.
En Bornos, a 11/07/2024. El Alcalde. Fdo.: Hugo Palomares Beltrán.
Nº 117.039

.
P .

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O .
B

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Carácter tarifa urgente: 0,212 euros IVA no incluido.
PUBLICACION: de lunes a viernes hábiles.
Depósito Legal: CAI - 1959

Riguardo a questa edizione

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 16/7/2024

TitoloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaeseSpagna

Data16/07/2024

Conteggio pagine11

Numero di edizioni6135

Prima edizione02/01/2001

Ultima edizione11/12/2024

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