Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 28/5/2019

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Source: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

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B.O.P. DE CADIZ NUM. 99

Frontera durante el día 15 de mayo de 2019.

Procede en consecuencia resolver, por razones de ausencia, al respecto de la sustitución de las funciones de esta Alcaldía, debiéndolo ser a favor de la Primera Teniente de Alcalde, Doña Francisca Sánchez durante el día 15 de mayo de 2019.

CONSIDERANDO.- Lo dispuesto en el artículo 47.1 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, aprobado por Real Decreto 2.568/86, de 28 de noviembre, que dice: Corresponde a los Tenientes de Alcalde, en cuanto tales, sustituir en la totalidad de sus funciones y por el orden de su nombramiento, al Alcalde, en los casos de ausencia, enfermedad o impedimento que imposibilite a éste para el ejercicio de sus atribuciones.

CONSIDERANDO.- Lo dispuesto en los artículos 47.2 y 44.1 y 2 del mismo texto legal, por el presente
DECRETO:

PRIMERO.- DELEGAR EN LA PRIMERA TENIENTE DE ALCALDE
DOÑA FRANCISCA SÁNCHEZ GALVAN, a los efectos previstos en los citados preceptos, todas las funciones de esta Alcaldía el dia 15 de mayo de 2019.

SEGUNDO.- El presente Decreto surtirá efectos desde su adopción, sin perjuicio de su preceptiva publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

TERCERO.- Notifíquese por la Secretaría General el presente Decreto a DOÑA FRANCISCA SÁNCHEZ GALVÁN quien ejercerá las funciones propias de la Alcaldía como ALCALDESA ACCIDENTAL durante el día de la delegación efectuada en los términos que reglamentariamente se establecen en la normativa citada en la parte expositiva de la presente Resolución.

CUARTO.- Dese cuenta a los distintos Departamentos de este Ayuntamiento a los efectos consiguientes.

Lo que se hace público para general conocimiento. 14/5/2019. ELALCALDE.
Fdo.: José Ortiz Galván.
Nº 38.350


Ayuntamiento de Benalup-Casas Viejas
Por Resolución de Alcaldía n.º 387 de fecha 15 de mayo de 2019 se aprobó la Resolución cuya parte dispositiva se transcribe literalmente:

Visto que corresponde a los Tenientes de Alcalde, en cuanto tales, sustituir en la totalidad de sus funciones y por el orden de su nombramiento, a la Alcaldesa, en los casos de ausencia, enfermedad o impedimento que imposibilite a ésta para el ejercicio de sus atribuciones, así como desempeñar las funciones de la Alcaldía en los supuestos de vacante en la Alcaldía hasta que tome posesión el nuevo Alcalde.

Visto que la Sra. Alcaldesa ha presentado su baja por enfermedad común con fecha 15 de mayo.

Por todo ello, en virtud de lo dispuesto en los artículos 23.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de acuerdo con los artículos 44 y 47 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre,
RESUELVO

PRIMERO. Delegar en la segunda Tte. De Alcaldesa, D. M. José Tirado García, la totalidad de las funciones de la Alcaldía, en los términos del artículo 23.3
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, durante el periodo de duración de dicha baja.

SEGUNDO. La delegación comprende las facultades de dirección y de gestión, así como la de resolver los procedimientos administrativos oportunos mediante la adopción de actos administrativos que afecten a terceros.

TERCERO. El órgano delegado ha de informar a esta Alcaldía, a posteriori, y, en todo caso, cuando se le requiera para ello, de la gestión realizada y de las disposiciones dictadas en el período de referencia, y con carácter previo de aquellas decisiones de trascendencia, tal y como se prevé en al artículo 115 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.

CUARTO. La delegación conferida en el presente Decreto requerirá para su eficacia la aceptación del órgano delegado, entendiéndose ésta otorgada tácitamente si no se formula ante esta Alcaldía expresa manifestación de no aceptación de la delegación en el término de tres días hábiles contados desde el siguiente a aquel en que le sea notificada esta resolución.

QUINTO. La presente resolución será publicada en el Boletín Oficial de la Provincia, dándose cuenta de su contenido al Pleno de la Corporación en la primera sesión que esta celebre.

SEXTO. En lo no previsto expresamente en esta resolución se aplicarán directamente las previsiones de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, en cuanto a las reglas que para la delegación se establecen en dichas normas.

Contra este Decreto, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo que establece el artículo 52 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de acuerdo con lo que dispone el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, podrá interponerse, con carácter previo y potestativo, Recurso de Reposición ante la Alcaldía de este Ayuntamiento, en el término de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de su notificación, o bien directamente recurso contenciosoadministrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Cádiz, en el término de dos meses a contar desde el día siguiente a la recepción de su notificación.
No obstante, podrá interponer cualquier otro, si lo considera conveniente.

Lo que remito se publica, a los efectos oportunos, de acuerdo con lo previsto en el artículo 44.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.

Benalup-Casas Viejas, a 15 de mayo de 2019. LA SECRETARIA GENERAL.
Pilar Beatriz Navea Tejerina. Firmado.
Nº 38.646

28 de mayo de 2019

Ayuntamiento de La LInea de la ConcepciOn EDICTO
NOTIFICACIÓN COLECTIVA

Por resolución del Sr. Alcalde de este Excmo. Ayuntamiento de fecha 7 de mayo de 2019, han sido aprobadas las liquidaciones periódicas comprendidas en los padrones para el ejercicio 2019 que a continuación se indican:
Padrón Municipal de Tasas por entrada y salida de vehículos a través del acerado en vías públicas vados.
Padrón Municipal de Tasas por reserva de vía pública.
Padrón Municipal del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de naturaleza Urbana.
Padrón Municipal del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de naturaleza Rústica.
Padrón Municipal del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Características Especiales BICE.
Padrón Municipal del Impuesto sobre Actividades Económicas.

Las personas interesadas podrán examinar las listas de cobro en las oficinas del Servicio de Gestión Tributaria del Excmo. Ayuntamiento de la Línea de la Concepción, sitas en Av. España, 1, de lunes a viernes, en horario de 10 a 13 horas.

Contra dichas liquidaciones podrá formularse, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de publicación de este Edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, el recurso de reposición a que se refiere el artículo 14.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre General Tributaria Reguladora de las Haciendas Locales, previo al contencioso-administrativo, ante este Excmo. Ayuntamiento.
ANUNCIO DE COBRANZA

En cumplimiento del artículo 102.3 de la Ley 58/2003 General Tributaria, el presente edicto se publica para advertir que las liquidaciones por el tributo y ejercicio referenciados se notifican colectivamente, entendiéndose realizadas las notificaciones el día en que termine la exposición al público de los referidos padrones.

Medios y lugares de pago: El pago se efectuará a través de la Excma.
Diputación de Cádiz, por medio de las Entidades Colaboradoras de la Recaudación de la misma, en todo el territorio nacional.

Lo que antecede se hace público para conocimiento de todos los contribuyentes. La Línea de la Concepción a 8 de mayo de 2019. EL ALCALDE.
Firmado.
Nº 38.824

ADMINISTRACION DE JUSTICIA
Juzgado de lo Social Nº 1
Algeciras EDICTO

D. ALFONSO MENESES DOMINGUEZ, LETRADO DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 1 DE
ALGECIRAS.

HACE SABER: Que en los autos de Ejecución nº 361/16, seguidos en este Juzgado a instancia de D. MARIA JOSEFA DIAZ CARRASCO contra LIMPIBOR
SEVILLA, SL sobre Cantidad, se ha dictado Decreto con esta misma fecha, cuya parte dispositiva, es del tenor literal siguiente:

PARTE DISPOSITIVA.- Declarar a la parte ejecutada LIMPIBOR
SEVILLA, SL en situación de insolvencia con carácter provisional por importe de 3.133,80 euros de principal, más 940 euros que provisionalmente se presupuestan para intereses legales y costas del procedimiento, sin perjuicio de su ulterior tasación.Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de REVISIÓN ante este Juzgado de lo Social, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de TRES DÍAS hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso Art. 187 y 188 de la LRJS.- Si no manifiestan alegación alguna se procederá al Archivo provisional de las actuaciones.- Así por este Decreto, lo acuerdo, mando y firmo, D. ALFONSO MENESES DOMÍNGUEZ, LETRADO
DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA del JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.
UNO DE ALGECIRAS. Doy fe.- EL LETRADO DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA.-

Y para que sirva de notificación al demandado LIMPIBOR SEVILLA, SL
actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

En Algeciras, a doce de abril de dos mil diecinueve. EL LETRADO DE
LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. ALFONSO MENESES DOMINGUEZ.
Firmado.

"La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda. Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes."
Nº 38.389


Juzgado de lo Social Nº 3
Cadiz EDICTO

D/D MARIA DOLORES MORENO ROMERO, LETRADO/A DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 3

Riguardo a questa edizione

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 28/5/2019

TitoloDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaeseSpagna

Data28/05/2019

Conteggio pagine7

Numero di edizioni6017

Prima edizione02/01/2001

Ultima edizione15/05/2024

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