Boletín Oficial del Registro Mercantil del Estado del 24/7/2020 - Anuncios y Avisos Legales

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Source: Boletín Oficial del Registro Mercantil del Estado - Anuncios y Avisos Legales

BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Núm. 142

Viernes 24 de julio de 2020

Pág. 4732

i Realizar trabajos de consultoría tecnológica y sistemas de información, así como la prestación de servicios de soporte, mantenimiento y soluciones integrales de hardware y software. Englobadas en el objeto social de la mercantil, se encuentran cualesquiera otras actividades auxiliares relacionadas con la prestación de los servicios mencionados, incluyéndose expresamente la compra, toma de arriendo, venta, cesión en subarriendo, importación y exportación de material informático, código C.N.A.E. 6209.
j La gestión y administración de valores representativos de los fondos propios de entidades no residentes en territorio español, mediante la correspondiente organización de medios materiales y personales, código C.N.A.E. 6612.
k Crear, mantener y explotar páginas y portales de internet; ofrecer servicios de hospedaje y mantenimiento de páginas y portales, de intermediación en el registro de dominios y de correo electrónico y de comunicación mediante internet; y las actividades de los ramos de diseño convencional y tecnológico y de publicidad y la intermediación comercial en estos ramos de actividad, código C.N.A.E. 6311.
l Impartición de formación en materias económicas y financieras, código C.N.A.E. 8559
Dichas actividades podrán ser desarrolladas por la Sociedad, total o parcialmente, de modo indirecto, mediante la titularidad de acciones o participaciones en sociedades de idéntico o análogo objeto social.
Si las disposiciones legales exigieran para el ejercicio de algunas de las actividades comprendidas en el objeto social alguna titulación o autorización administrativa, o la inscripción en algún Registro Público, dichas actividades habrán de realizarse por persona que e la requerida titulación y, en su caso, no podrán iniciarse hasta que se hayan cumplido los requisitos legales exigidos.
Si como consecuencia de que alguna de las actividades pudiera tener el carácter de profesional, deberá entenderse que el objeto de esta Sociedad consiste en la mera mediación o intermediación en la prestación de dichos servicios profesionales."
Por consiguiente, y de acuerdo con lo previsto en el artículo 346 de la Ley de Sociedades de Capital, se informa de que los accionistas de la Sociedad que en la referida junta no votaron a favor del acuerdo de modificación del objeto social, tienen el derecho a separarse de la Sociedad en los términos establecidos en la Ley, siempre que se ejercite dentro del plazo legal.
Madrid, 12 de junio de 2020.- El Presidente del Consejo de Administración, Manuel Narciso Vega Béjar.
cve: BORME-C-2020-3809
Verificable en https www.boe.es
ID: A200031384-1

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BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL

D.L.: M-5188/1990 - ISSN: 0214-9958

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial del Registro Mercantil del Estado del 24/7/2020 - Anuncios y Avisos Legales

TitoloBoletín Oficial del Registro Mercantil del Estado - Anuncios y Avisos Legales

PaeseSpagna

Data24/07/2020

Conteggio pagine69

Numero di edizioni3299

Prima edizione03/01/2011

Ultima edizione14/05/2024

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