Boletín Oficial de la Pcia. de Salta del 07/12/2021
Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.
Source: Boletín Oficial de la Provincia de Salta
Edición N 21.127
Salta, martes 7 de diciembre de 2021
Decreto Reglamentario N 571/2020 del 28/08/2020
RESOLUCIONES MINISTERIALES
SALTA, 29 de Noviembre de 2021
RESOLUCIÓN Nº 119
MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA
Expediente Nº 125 - 305.160/18 - 83 Cpde. y agregados.
VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita la aprobación del proceso de Redeterminación de Precios Nº 1 del Adicional Nº 1 de la Obra: MINISTERIO DE
EDUCACIÓN 1a ETAPA - SALTA - CAPITAL; y, CONSIDERANDO:
Que la mencionada obra fue adjudicada mediante Resolución Nº 41/19 del entonces Ministerio de Infraestructura, Tierra y Vivienda fs. 50/51 a la Empresa JMG
CONSTRUCCIONES S.R.L., suscribiéndose el Contrato de Obra Pública por la suma de $
45.504.257,91 pesos cuarenta y cinco millones quinientos cuatro mil doscientos cincuenta y siete con 91/100 IVA incluido, a valores correspondiente al mes de Marzo de 2.019;
Que posteriormente, mediante Resolución Nº 26/2.020 del Ministerio de Infraestructura fs. 52/53, se aprueba el Adicional Nº 1 por la suma de $ 6.579.749,54
pesos seis millones quinientos setenta y nueve mil setecientos cuarenta y nueve con 54/100 IVA incluido, a valores correspondiente al mes de Marzo de 2.019 fs. 16/17;
Que a fs. 11, el Inspector de Obra de la Dirección de Edificios Públicos y Casco Histórico de la S.O.P., considera cumplidos los requisitos previstos por Decreto Nº 1.170/2.003 y su modificatorio Nº 372/13 para dar curso a la solicitud de redeterminación de precios;
Que a fs. 15, rola Nota de Pedido Nº 02 mediante la cual la contratista se adhiere expresamente a los términos del Decreto señalado y por consiguiente renuncia a todo reclamo por mayores costos, compensaciones, gastos improductivos o daños y perjuicios invocados con causa o motivo de la renegociación y asume la obligación de integrar la garantía de ejecución del contrato hasta el monto de la redeterminación artículo 3º Decreto Nº 3.721/13;
Que la Administración se encuentra facultada a proceder a la renegociación en virtud de lo establecido por el artículo 2º inciso e del Decreto Nº 1.170/03, modificado por Decreto Nº 3.721/13, cuando los costos hubieren adquirido un valor tal que reflejen una variación de esos precios superior al 5% del valor de contrato o precio surgido de la última redeterminación sobre el saldo pendiente de ejecución;
Que a fs. 36, mediante Actuación Nº 185/21 rola la intervención del Registro de Contratistas de Obras Públicas, a fs. 37/38 el Dictamen Nº 150/21 y a fs. 39 la conformidad de la Dirección General de la Unidad Central de Contrataciones, constatando la existencia de una variación equivalente al 60,19 % del valor del contrato y redeterminando el mismo, actualizándolo a valores correspondientes al mes de Abril de 2.020;
Que a fs. 40, la Dirección de Edificios Públicos y Casco Histórico, a través de ficha de Datos para Reporte - Decreto Nº 572/06, procede a redeterminar el monto contractual en la suma total de $ 10.540.319,98 pesos diez millones quinientos cuarenta mil trescientos diecinueve con 98/100 IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Abril de 2.020, comprensivo del monto contractual del Adicional Nº 1 a valores correspondientes al mes de Marzo de 2.019 por la suma de $ 6.579.749.54 pesos seis millones quinientos setenta y nueve mil setecientos cuarenta y nueve con 54/100 y de la actualización Nº 1 a valores correspondientes al mes de Abril de 2.020 por la suma de $
Pág. N 9