Boletín Oficial de la Pcia. de Salta del 01/12/2021
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Salta
Edición N 21.123
Salta, miércoles 1 de diciembre de 2021
Decreto Reglamentario N 571/2020 del 28/08/2020
De los Ríos Plaza VER ANEXO
Fechas de publicación: 01/12/2021
OP N: SA100039940
RESOLUCIONES DE OTROS ORGANISMOS
SALTA, 25 de Noviembre de 2021
RESOLUCIÓN N 686
SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS
Expediente N 125 - 30.658/21 - 0 y agregados.
VISTO la Resolución S.O.P. N 331/21; y, CONSIDERANDO:
Que mediante el instrumento legal mencionado, se declara fracasado el procedimiento de Adjudicación Simple para la ejecución de la obra SUMINISTRO DE ENERGÍA
ELÉCTRICA - LOTEO AMPLIACIÓN B GARCÍA BÁSALO - DPTO. CAPITAL - PROVINCIA DE
SALTA, con un presupuesto oficial de $ 11.178.026,87 pesos once millones ciento setenta y ocho mil veintiséis con 87/100 IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Enero de 2.021, un plazo de ejecución de 90 noventa días corridos, con la modalidad de ajuste alzado y se autoriza a la Dirección de Infraestructura, Social y Productiva de la S.O.P. a contratar de manera directa la misma, en el marco de lo dispuesto por el art. 14 último párrafo de la Ley N 8.072 fs. 215/216;
Que tal como lo establece el artículo 14 último párrafo de la Ley N 8.072, cuando el procedimiento de Adjudicación Simple no hubiese logrado su finalidad, la contratación podrá efectuarse de manera directa siempre que el precio ofertado no exceda el cinco por ciento 5 % del precio testigo que informe la Unidad Central de Contrataciones;
Que en ese marco a fs. 218/220 se efectuaron invitaciones a cotizar la ejecución de la obra mencionada;
Que conforme el Acta de Apertura de Sobres, de fecha 14 de Octubre de 2.021 fs.
222, presentaron sus ofertas 03 tres empresas O.I.E.L. S.R.L., ELECTRICIDAD R-D S.R.L.
e IPM S.R.L., por el monto y en las condiciones allí detalladas;
Que de las actuaciones cumplidas surge que el procedimiento de contratación se ha llevado a cabo en un todo de acuerdo con las disposiciones aplicables del régimen de contrataciones de la Provincia;
Que a fs. 320/321, rola el informe de la Comisión Evaluadora, la cual entiende que las ofertas de las empresas: O.I.E.L. S.R.L., ELECTRICIDAD R-D S.R.L. e IPM S.R.L., cumplen con los requisitos formales establecidos en el Pliego de Condiciones Particulares, pasando al análisis de los criterios de conveniencia dispuestos por el artículo 14 del citado pliego;
Que al respecto, la Comisión Evaluadora entiende que todas las ofertas admisibles presentan sus análisis de precios razonables, planes de trabajo y metodologías coherentes, equipamientos suficientes, las cotizaciones de los salarios de la mano de obra prevista se condicen con los valores vigentes al momento de la apertura de sobres y que verifican técnicamente con lo solicitado en los pliegos, estando en condiciones de cumplir con el objeto del llamado;
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