Boletín Oficial de la Pcia. de Salta del 08/09/2021
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Salta
Edición N 21.068
Salta, miércoles 8 de septiembre de 2021
Decreto Reglamentario N 571/2020 del 28/08/2020
Que además, el Máximo Tribunal local ha manifestado lo siguiente: el derecho disciplinario que la administración tiene sobre sus agentes, constituye una manifestación de su propia y específica actividad que se orienta a satisfacer el bien común, regulada por normas de derecho administrativo, sea en sus aspectos sustanciales como procesales. En tal sentido, el fundamento del ius puniendi, en materia de empleo público, no es otro que una particular manifestación del poder de la administración pública para lograr la ejecución y el cumplimiento del contrato administrativo de función o empleos, públicos, pues no hay que olvidar que, en definitiva, la potestad disciplinaria es un complemento de la potestad imperativa o de mando Fiorini, Bartolomé A., Derecho Administrativo, Abeledo Perrot, 1976, pág. 846; Marienhoff, Tratado de Derecho Administrativo", Abeledo Perrot, 1994, Tomo IIIB, pág. 417 conf. CJS, Tomo 234:751/764;
Que en virtud de lo establecido en el artículo 8º, inciso a, apartado 5, de la Ley Nº 6.831, se ha dado la intervención pertinente a Fiscalía de Estado conf. Dictamen Nº 34/2021, quien concluyó que correspondería aplicar la correspondiente sanción expulsiva;
Que de conformidad a lo dispuesto en el artículo 82, inciso d, de la Ley Nº 5.639 Orgánica del Servicio Penitenciarioy en el artículo 1º, Letra D, segundo párrafo del Decreto Nº 360/1970, la sanción de baja debe ser dispuesta por Decreto del Poder Ejecutivo;
Por ello, en uso de las potestades conferidas en el artículo 144, inciso 2, de la Constitución Provincial, y en las competencias atribuidas en el artículo 2º de la Ley Nº 8.171;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Dispónese la baja del agente del Cabo 1º del Servicio Penitenciario de la Provincia de Salta, FEDERICO DANIEL DUPLATT, DNI Nº 29.892.960, Clase 1982, Legajo Personal Nº 2929, de conformidad con lo establecido en el artículo 82, inciso d, de la Ley Nº 5.639 y en el artículo 1º, Letra D, segundo párrafo del Decreto Nº 360/1970 -Régimen Disciplinario para el Personal Penitenciario de la Provincia de Salta-, por haber incurrido en la infracción prevista en el artículo 1º, Letra I, del mismo Decreto, dejándose establecido que la medida disciplinaria se configura para todos los efectos legales y administrativos desde el día 5 de enero de 2017, conforme a los fundamentos expresados en el considerando precedente.
ARTÍCULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Seguridad y por el señor Secretario General de la Gobernación.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
SÁENZ - Pulleiro - Villada I
Fechas de publicación: 08/09/2021
OP N: SA100039073
SALTA, 31 de Agosto de 2021
DECRETO Nº 705
MINISTERIO DE SEGURIDAD
Expediente Nº 0080050-181868/2016-0
VISTO las actuaciones sumariales obrantes en el expediente de referencia, relativas a la situación del agente del Servicio Penitenciario de la Provincia de Salta SPPS, Sergio Darío Barreto, LP Nº 2409; y,
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