Boletín Oficial de la Pcia. de Salta del 31/08/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Salta

Edición N 21.062
Salta, martes 31 de agosto de 2021

Decreto Reglamentario N 571/2020 del 28/08/2020

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Modifícase parcialmente la estructura del Ministerio de Turismo y Deportes, aprobada por el Decreto Nº 138/2020, conforme al Anexo I, que se acompaña y forma parte del presente.
ARTÍCULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Turismo y Deportes, y por el señor Secretario General de la Gobernación.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
SÁENZ - Peña - Villada I
VER ANEXO
Fechas de publicación: 31/08/2021
OP N: SA100039007

SALTA, 27 de Agosto de 2021
DECRETO Nº 669
MINISTERIO DE GOBIERNO, DERECHOS HUMANOS, TRABAJO Y JUSTICIA
Expte. Nº 30231-142389/20
VISTO el Convenio de Cooperación y Delegación de Facultades suscripto entre el Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos, Trabajo y Justicia, la Secretaría de Defensa del Consumidor, y el Municipio de Tartagal; y, CONSIDERANDO:
Que el citado Convenio fue celebrado con el objeto de proteger los derechos de los consumidores, y facilitar el acceso de los mismos a los procedimientos establecidos por la legislación para su defensa;
Que, en ese marco, la Secretaría de Defensa del Consumidor, delega al Municipio de Tartagal, las facultades previstas en el Capítulo III de la Ley Nº 7.402 relativo al Procedimiento Conciliatorio, y el ejercicio del control y vigilancia sobre el cumplimiento de la Ley Nº 22.802 de Lealtad Comercial, con respecto a les hechos cometidos en sus jurisdicciones y que afecten exclusivamente al comercio local;
Que el artículo 2º de la Ley Nº 7.402, y el artículo 13 de la Ley Nº 22.802, autorizan expresamente a delegar tales facultades que son propias de dicha Secretaría;
Por ello, y conforme a lo dispuesto por el artículo 144 de la Constitución de la Provincia de Salta, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Convenio de Cooperación y Delegación de Facultades suscripto entre el Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos, Trabajo y Justicia, la Secretaría de Defensa del Consumidor, y el Municipio de Tartagal, el que como Anexo forma parte del presente instrumento.
ARTÍCULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Gobierno, Derechos Humanos, Trabajo y Justicia y por el señor Secretario General de la Gobernación.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
SÁENZ - Villada I
VER ANEXO

Pág. N 14

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Salta del 31/08/2021

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Salta

PaeseArgentina

Data31/08/2021

Conteggio pagine72

Numero di edizioni2486

Prima edizione04/01/2016

Ultima edizione24/06/2026

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