Boletín Oficial de la Pcia. de Salta del 30/08/2021
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Salta
Edición N 21.061
Salta, lunes 30 de agosto de 2021
Decreto Reglamentario N 571/2020 del 28/08/2020
Que habiendo tomado intervención el Departamento Jurídico de la Subsecretaría de Personal de la Provincia, se expide por la viabilidad de lo solicitado;
Que por Decreto Nº 1.595/12, con arreglo a lo dispuesto en las Leyes Nros.
8.053/17 y 5.348/78 de Procedimientos Administrativos, el titular del Poder Ejecutivo delega al Secretario General de la Gobernación y Ministros de las respectivas carteras, la competencia referente a la aceptación de renuncias de los agentes de la Administración Pública Provincial;
Por ello, EL MINISTRO DE SALUD PÚBLICA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Aceptar con vigencia al 10 de Junio de 2021, la renuncia de la doctora LILIANA DEL VALLE ANDALORO, DNI Nº 12.875.857, al Cargo: Profesional Asistente, Agrupamiento: Profesional, Subgrupo: 1, Nº de Orden: 2, del Decreto Nº 623/06, dependiente del Hospital de Angastaco, afectada al Hospital "Esperanza B. de Aguirre de las Lajitas - Ministerio de Salud Pública.
ARTÍCULO 2º.- Dejar establecido que la doctora ANDALORO, no adjuntó el Certificado de Aptitud Psico-Físico de Egreso.
ARTÍCULO 3º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.
Esteban Fechas de publicación: 30/08/2021
OP N: SA100038970
SALTA, 24 de Agosto de 2021
RESOLUCIÓN DELEGADA Nº 438 D
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA
Expte. Nº 119851/21-código 179
VISTO la renuncia presentada por la doctora Patricia Susana Afranllie, DNI Nº 14.304.024, agente de Planta Permanente, dependiente del Hospital "Melchora F. de Cornejo de Rosario de la Frontera - Ministerio de Salud Pública, a partir del 06 de abril de 2021, por acogerse al beneficio jubilatorio; y, CONSIDERANDO:
Que la misma se fundamenta en la obtención del Beneficio Jubilatorio a través de la Resolución de Acuerdo Colectivo Nº 01302 de fecha 22 de marzo de 2021, de la Administración Nacional de Seguridad Social ANSES;
Que la citada agente no posee Bienes Patrimoniales del Estado a su cargo; ni registra Sumario Administrativo alguno fs. 07 y 09;
Que la agente incumplió con la presentación del examen psico-físico de egreso por su expresa negativa, fs. 06;
Que habiendo tomado intervención el Departamento Jurídico de la Subsecretaría de Personal de la Provincia, se expide por la viabilidad de lo solicitado;
Que por Decreto Nº 1.595/12, con arreglo a lo dispuesto en las Leyes Nros.
8.053/17 y 5.348/78 de Procedimientos Administrativos, el titular del Poder Ejecutivo delega al Secretario General de la Gobernación y Ministros de las respectivas carteras, la competencia referente a la aceptación de renuncias de los agentes de la Administración
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