Boletín Oficial de la Pcia. de Salta del 25/08/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Salta

Edición N 21.058
Salta, miércoles 25 de agosto de 2021

Decreto Reglamentario N 571/2020 del 28/08/2020

DECRETOS
SALTA, 18 de Agosto de 2021
DECRETO Nº 595
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA
Expte. Nº 0100089-307500/2020
VISTO el subsidio que se gestiona a favor del paciente Juan Carlos Rivainera; y, CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo al diagnóstico acompañado en las presentes actuaciones, deviene necesario cubrir el costo de material quirúrgico para el mencionado paciente;
Que el Gobierno de la Provincia, dentro de la política sanitaria implementada en el área de salud, trata de brindar soluciones inmediatas a personas carentes de recursos, mediante el otorgamiento de subsidios para su efectiva y eficiente atención;
Que la salud, en tanto bien social, es un derecho inherente a la vida y su preservación constituye un deber de cada persona y del Estado, pues éste debe asegurar igualdad de prestaciones ante idénticas necesidades, estableciendo las prioridades con criterio de justicia y utilización racional de los recursos cf. artículos 41 y 42 de la Constitución Provincial;
Que, de las constancias de autos surge que el paciente Rivainera ha cumplido con los requisitos necesarios para la viabilidad del subsidio, acreditándose la objetiva razonabilidad para su otorgamiento;
Que la Subsecretaría de Abastecimiento y Mantenimiento y la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Salud Pública tomaron la intervención previa de su competencia;
Por ello, en ejercicio de las potestades conferidas por el artículo 140 segundo párrafo, de la Constitución Provincial y con arreglo a lo dispuesto por el artículo 1º de la Ley Nº 6.583, sus modificatorias y sucesivas prórrogas, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Otórgase subsidio al paciente JUAN CARLOS RIVAINERA, DNI Nº 18.624.681, por la suma de pesos ciento treinta y dos mil quinientos $ 132.500,00, destinado a cubrir el costo de material quirúrgico, con posterior intervención de la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Salud Pública para auditar el destino del mismo.
ARTÍCULO 2º.- El gasto que demande lo dispuesto precedentemente, deberá imputarse al Curso de Acción: 081013000300 Gestión de Pacientes, Cuenta: 415123, Auxiliar: 1004.
ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Salud Pública y por el señor Secretario General de la Gobernación.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
SÁENZ - Esteban - Villada I

Fechas de publicación: 25/08/2021
OP N: SA100038908

Pág. N 7

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Salta del 25/08/2021

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Salta

PaeseArgentina

Data25/08/2021

Conteggio pagine66

Numero di edizioni2482

Prima edizione04/01/2016

Ultima edizione18/06/2026

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