Boletín Oficial de la Pcia. de Salta del 24/08/2021
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Salta
Edición N 21.057
Salta, martes 24 de agosto de 2021
Decreto Reglamentario N 571/2020 del 28/08/2020
Resolución Nº 584/2021 del Ministerio de Seguridad, debidamente notificada al beneficiario;
Que, la Cláusula Octava del Convenio de Transferencia del Sistema Previsional de la Provincia de Salta al Estado Nacional, aprobado mediante la Ley Nº 6.818, establece que el retiro del Personal de Seguridad debe disponerse por Decreto del Poder Ejecutivo Provincial, previo uso de todas las licencias anuales reglamentarias y/o compensatorias que el agente tuviere pendiente de usufructuar, y que a la fecha no hubieran caducado, de conformidad con lo establecido en el artículo 2º inciso j del Decreto Nº 515/2000 y los artículos 71 y 72
del Decreto Nº 1.950/1977 modificados por el artículo 1º del Decreto Nº 2.875/1997, debiendo cesar, al finalizar estas, el pago de sus haberes;
Que es necesario dejar expresamente establecido que, al pasar a retiro voluntario el Suboficial Mayor Gallardo, quedará fuera del fraccionamiento normado en el artículo 8º inciso c, del Decreto Nº 248/1975; como así también de la aplicación del artículo 21 del Decreto Nº 1.950/1977;
Que, por lo expresado y atento al Dictamen Nº 915/2021 de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Seguridad, es procedente el dictado del acto administrativo correspondiente;
Por ello, y de conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nº 5.519, Nº 6.818 y Nº 8.128, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Dispónese el pase a situación de Retiro Voluntario del Suboficial Mayor de la Policía de la Provincia de Salta, ELIO FERNANDO GALLARDO, DNI Nº 22.553.682, Clase 1972, Legajo Personal Nº 11.366, Cuerpo Seguridad -Escalafón Generalen mérito a las razones enunciadas en el considerando del presente Decreto.
ARTÍCULO 2º.- Déjase establecido que en forma previa a hacerse efectivo el pase a retiro del agente, deberá hacer uso de las licencias anuales reglamentarias y/o compensatorias que tuviese pendiente de usufructuar, y que a la fecha no hubieran caducado, de conformidad con lo establecido en el artículo 2º inciso j del Decreto Nº 515/2000 y los artículos 71 y 72
del Decreto Nº 1.950/1977, modificados por el artículo 1º del Decreto Nº 2.875/1997.
ARTÍCULO 3º.- Déjase aclarado que, cuyo pase a retiro voluntario del Suboficial Mayor de la Policía de la Provincia, Elio Fernando Gallardo, DNI Nº 22.553.682, Clase 1972, Legajo Personal Nº 11.366, cuyo pase a retiro voluntario se dispone en el artículo 1º del presente, quedará fuera del fraccionamiento normado en el artículo 8º inciso c, del Decreto Nº 248/1975, como así también de la aplicación del artículo 21 del Decreto Nº 1.950/1977.
ARTÍCULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Seguridad y por el señor Secretario General de la Gobernación.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
SÁENZ -Pulleiro -Villada I
Fechas de publicación: 24/08/2021
OP N: SA100038918
SALTA, 18 de Agosto de 2021
DECRETO Nº 589
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