Boletín Oficial de la Pcia. de Salta del 20/08/2021
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Salta
Edición N 21.055
Salta, viernes 20 de agosto de 2021
Decreto Reglamentario N 571/2020 del 28/08/2020
SALTA, 13 de Agosto de 2021
DECISIÓN ADMINISTRATIVA Nº 362
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL
Expediente Nº 234-152662/2021-Corresponde 1.
VISTO las Decisiones Administrativa Nros. 110/21, 111/21, 112/21, 231/21, 332/21, 347/21, 352/21 y 353/21; y, CONSIDERANDO:
Que mediante los citados instrumentos se aprobaron las contrataciones de servicios de diversas personas, para desempeñar tareas en los Dispositivos y Centros de Protección dependientes de la Secretaría de Primera Infancia, Niñez y Familia y de la Secretaría de Políticas Sociales, en el ámbito del Ministerio de Desarrollo Social;
Que se dispuso un incremento de los montos a percibir en concepto de honorarios correspondientes a los servicios prestados, establecidos primigeniamente para cada contrato de servicio, el que asciende al 15% quince por siento, y tiene vigencia a partir del 01 de julio del 2021;
Que los organismos competentes han tomado la debida intervención para la emisión del presente acto administrativo;
Por ello, con arreglo a lo dispuesto por la Ley Nº 8.171, lo establecido por el artículo 2º, inciso 2, del Decreto Nº 13/2019, y la Ley Nº 8.072 y su Decreto Reglamentario Nº 1.319/2018, EL COORDINADOR ADMINISTRATIVO DE LA GOBERNACIÓN
DECIDE:
ARTÍCULO 1º.- Autorizar un incremento del 15% quince por ciento de los montos a percibir en concepto de honorarios establecidos en las contrataciones de servicios aprobadas mediante Decisiones Administrativas Nros. 110/21, 111/21, 112/21, 231/21, 332/21, 347/21, 352/21 y 353/21, que como Anexo forman parte integrante de la presente, y con vigencia a partir del 01 de julio del 2021.
ARTÍCULO 2º.- Dejar establecido que la erogación resultante de lo dispuesto precedentemente será atendida con las partidas presupuestarias y los cursos de acción correspondientes al Ministerio de Desarrollo Social, Ejercicio vigente.
ARTÍCULO 3º.- El presente acto administrativo será refrendado por la señora Ministra de Desarrollo Social y por el señor Secretario General de la Gobernación.
ARTÍCULO 4º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.
Demitrópulos - Figueroa - Villada I
VER ANEXO
Fechas de publicación: 20/08/2021
OP N: SA100038901
RESOLUCIONES DELEGADAS
SALTA, 09 de Agosto de 2021
RESOLUCIÓN DELEGADA Nº 405 D
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