Boletín Oficial de la Pcia. de Salta del 09/08/2021
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Salta
Edición N 21.047
Salta, lunes 9 de agosto de 2021
Decreto Reglamentario N 571/2020 del 28/08/2020
ejecución de 90 noventa días corridos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado.
ARTÍCULO 2º.- Desestimar la oferta de la empresa BMI S.A., por incumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 10º del Pliego de Condiciones Particulares, conforme a los motivos expresados en los considerandos de la presente.
ARTÍCULO 3º.- Declarar fracasado el proceso selectivo de Adjudicación Simple Nº 34/21, mencionado en el articulo 1º de la presente Resolución.
ARTÍCULO 4º.- Autorizar a la Dirección de Infraestructura Social y Productiva a realizar los tramites para contratar de manera directa la presente contratación, en el marco de lo dispuesto por el artículo 14, último párrafo de la Ley Nº 8.072.
ARTÍCULO 5º.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.
De la Fuente Fechas de publicación: 09/08/2021
OP N: SA100038806
ACORDADAS
ACORDADA N 13.447
CORTE DE JUSTICIA DE SALTA
En la ciudad de Salta, a los 05 días del mes de agosto del año dos mil veintiuno, reunidos en el Salón de Acuerdos de la Corte de Justicia el señor Presidente, las señoras Juezas y los señores Jueces de Corte que firman la presente, DIJERON:
Que por Ley Provincial n 8.158 B.O. n 20.586 del 18/09/2019 se creó el Juzgado de Primera Instancia de Violencia Familiar y de Género de Tercera Nominación en el Distrito Judicial del Centro, en los términos de la Ley Provincial n 7.857, con jurisdicción y competencia conforme lo determinan la Ley Nacional n 26.485 y las Leyes Provinciales nros.
7.403 y 7.888.
Que mediante Acordada 11.882 se dispuso la puesta en funcionamiento de los Juzgados de Violencia Familiar y de Género creados por Ley Provincial n 7.857, que comenzaron a funcionar el 31/07/2015, reglamentándose las condiciones de funcionamiento.
Que la Acordada 11.935 aprobó el cronograma de turnos quincenales y el correspondiente a las ferias judiciales para los Juzgados de Violencia Familiar y de Género del Distrito Judicial del Centro.
Que en consecuencia corresponde dictar las normas necesarias para la puesta en funcionamiento del nuevo Juzgado de Violencia Familiar y de Género, y modificar el diagrama de turnos que fuera aprobado por Acordada 11.935, estableciendo un período de transición de turnos, luego del cual se implementará el cronograma definitivo.
Que por otra parte mediante Acordadas 13.225, 13.247 y complementarias esta Corte dispuso la implementación gradual y progresiva del sistema de expediente digital, añadiendo paulatinamente diversos tribunales y juzgados al proceso de despapelización. En este contexto resulta conveniente que el nuevo Juzgado inicie su funcionamiento con el sistema del expediente digital.
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