Boletín Oficial de la Pcia. de Salta del 22/07/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Salta

Edición N 21.035
Salta, jueves 22 de julio de 2021

Decreto Reglamentario N 571/2020 del 28/08/2020

ARTÍCULO 3º.- El gasto que demande lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción 092001000300 - Ejercicio Vigente 2021.
ARTÍCULO 4º.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.
De La Fuente Valor al cobro: 0012 - 00002970
Fechas de publicación: 22/07/2021
Importe: $ 1,047.80
OP N: 100086892

DISPOSICIONES
DISPOSICIÓN Nº 3/2021
DIRECCIÓN GENERAL DE MEDIACIÓN, CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE
Expte. Nº 0080235-58698/2021
VISTO los Decretos Nacionales de Necesidad y Urgencia N 260, N 297/2020, N
325/2020 y N 355/2020 y los Decretos Provinciales Nros. 245/2020 y 250/2020, Resolución Ministerial N 228/2020 y Ley N 7.324/04 y sus Decretos Reglamentarios en particular Decreto N 4.901/08 y;
CONSIDERANDO
Que en la provincia de Salta, por medio de la Ley N 7.324 se estableció la mediación obligatoria previa a todo juicio, como método participativo de resolución de conflictos;
Que con el fin de contener a una grave emergencia social que podría haber llevado a que una parte de la población se viera inmersa en una problemática aún más conflictiva Que se hizo necesario mantener la operatividad del Sistema de Mediación que de no hacerse podría haber generado graves conflictos sociales.
Que en virtud de la Resolución N 228/2020 del Ministerio de Gobierno, DD HH, Trabajo y Justicia, se autorizó la utilización de medios tecnológicos para la realización de mediaciones virtuales.
Que por Resolución Ministerial N 414/2020 se resolvió autorizar la posibilidad de celebrar audiencias de manera virtual, cuando las partes así lo requieran, o el mediador lo estime conveniente, en forma y modalidad que especifique la autoridad de aplicación.
Que habiendo la Dirección General de Mediación, Conciliación y Arbitraje dispuesto las Disposiciones Nros. 1/2020, 2/2020 y 3/2020 donde los Centros de Mediación Comunitarios y Privados inscriptos en la Dirección General de la Provincia, pudieran realizar audiencias de manera virtual, en la forma y modalidad que ésta especifique.
Que dicha modalidad ha sido receptada con gran satisfacción por los mediadores privados y la comunidad en general, teniendo a la fecha un alto porcentaje de utilización.
Que siendo la Dirección General de Mediación, Conciliación y Arbitraje autoridad de aplicación según la Ley de Mediación Nº 7.324 y Decreto N 3.456/09
LA DIRECTORA GENERAL DE MEDIACIÓN,
Pág. N 9

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Boletín Oficial de la Pcia. de Salta del 22/07/2021

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Salta

PaeseArgentina

Data22/07/2021

Conteggio pagine34

Numero di edizioni2483

Prima edizione04/01/2016

Ultima edizione19/06/2026

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