Boletín Oficial de la Pcia. de Salta del 20/07/2021
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Salta
Edición N 21.033
Salta, martes 20 de julio de 2021
Decreto Reglamentario N 571/2020 del 28/08/2020
artículos 71 y 72 del Decreto Nº 1.950/1977, modificados por el artículo 1º del Decreto Nº 2.875/1997.
ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Seguridad y por el señor Secretario General de la Gobernación.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese en el boletín Oficial y archívese.
SÁENZ - Pulleiro - Posadas Fechas de publicación: 20/07/2021
OP N: SA100038719
SALTA, 14 de Julio de 2021
DECRETO Nº 542
MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA
Expediente Nº 171-13763/2020
VISTO el subsidio que se gestiona a favor del paciente Ángel Gabriel Araya; y, CONSIDERANDO:
Que de acuerdo al diagnóstico acompañado en las presentes actuaciones, deviene necesario cubrir el costo de medicamentos, para el mencionado paciente;
Que el Gobierno de la Provincia, dentro de la política saritaria implementada en el área de salud, trata de brindar soluciones inmediatas a personas carentes de recursos, mediante el otorgamiento de subsidios para afrontar su efectiva y eficiente atención;
Que la salud, en tanto bien social, es un derecho inherente a la vida y su preservación constituye un deber de cada persona y del Estado, pues éste debe asegurar igualdad de prestaciones ante idénticas necesidades, estableciendo las prioridades con criterio de justicia y utilización racional de los recursos cf. artículos 41 y 42 de la Constitución Provincial;
Que de las constancias de autos surge que el señor Araya ha cumplido con los requisitos necesarios para la viabilidad del subsidio, acreditándose la objetiva razonabilidad para su otorgamiento;
Que la Dirección de Asistencia Médica, la Unidad de Sindicatura interna y la Subsecretaría de Abastecimiento y Mantenimiento del Ministerio de Salud Pública, tomaron la intervención de su competencia;
Por ello, en ejercicio de las potestades conferidas por el artículo 140 segundo párrafo, de la Constitución Provincial y con arreglo a lo dispuesto por el artículo 1º de la Ley Nº 6.583, sus modificatorias y sucesivas prórrogas, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Otórgase subsidio al paciente ÁNGEL GABRIEL ARAYA, DNI Nº 49.035.092, por la suma de pesos ciento cincuenta y tres mil seiscientos $ 153.600,00, para cubrir el costo de medicamentos, con posterior intervención de la Unidad de Sindicatura interna del Ministerio de Salud Pública para auditar el destino del mismo.
ARTÍCULO 2º.- La erogación resultante deberá imputarse al Curso de Acción:
081013000300, Gestión de Pacientes, Cuenta Objeto: 415123, Auxiliar: 1004.
ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Salud Pública y el señor Secretario General de la Gobernación.
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