Boletín Oficial de la Pcia. de Salta del 12/07/2021
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Salta
Edición N 21.027
Salta, lunes 12 de julio de 2021
Decreto Reglamentario N 571/2020 del 28/08/2020
RESOLUCIONES MINISTERIALES
SALTA, 06 de Julio de 2021
RESOLUCIÓN Nº 62
MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA
Expediente Nº 386-253544/18-56 Cpde. y agregados.
VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita la aprobación del proceso de Redeterminación de Precios Nº 3 de la Obra: OPTIMIZACIÓN PLANTA
POTABILIZADORA RÍO CONCHAS - LOCALIDAD METÁN - DPTO. METÁN - PROVINCIA DE
SALTA; y, CONSIDERANDO:
Que la mencionada obra fue adjudicada mediante Resolución Nº 107/2020 del Ministerio de Infraestructura a fs.134/137, a la Empresa JC SEGURA CONSTRUCCIONES SA, por la suma de $ 62.838.717,94 pesos sesenta y dos millones ochocientos treinta y ocho mil setecientos diecisiete con 94/100 IVA incluido a valores de octubre de 2020;
Que asimismo, mediante la Resolución Nº 35/21 del Ministerio de Infraestructura fs.103/107, se aprobó la Redeterminación de Precios Nº 2 para la obra de referencia, por la suma total de $ 70.210.012,81 pesos setenta millones doscientos diez mil doce con 81/100 IVA incluido, a valores correspondientes al mes de diciembre de 2020;
Que a fs. 110, el Inspector de Obra de la Dirección de Infraestructura Social y Productiva de la SOP, considera cumplidos los requisitos previstos por Decreto Nº 1.170/2003 y su modificatorio Nº 372/13 para dar curso a la solicitud de redeterminaciónes de precios;
Que a fs. 10 rola Nota de Pedido Nº 02 mediante la cual la contratista se adhiere expresamente a los términos del Decreto señalado y por consiguiente renuncia a todo reclamo por mayores costos, compensaciones, gastos improductivos o daños y perjuicios invocados con causa o motivo de la renegociación y asume la obligación de integrar la garantía de ejecución del contrato hasta el monto de la redeterminación artículo 3º Decreto Nº 3.721/13;
Que la Administración se encuentra facultada a proceder a la renegociación en virtud de lo establecido por el artículo 2º inciso e del Decreto Nº 1.170/03, modificado por Decreto Nº 3.721/13, cuando los costos hubieren adquirido un valor tal que reflejen una variación de esos precios superior al 5% del valor de contrato o precio surgido de la última redeterminación sobre el saldo pendiente de ejecución;
Que a fs. 116, mediante Actuación Nº 299/21 rola la intervención del Registro de Contratistas de Obras Públicas, a fs. 120/121 el Dictamen Nº 146/21 y a fs. 122 la conformidad de la Dirección General de la Unidad Central de Contrataciones, constatando la existencia de una variación equivalente al 9,29 % del valor del contrato y redeterminando el mismo, actualizándolo a valores correspondientes al mes de febrero/21;
Que a fs. 123/124, la Dirección de Infraestructura Social y Productiva, a través de ficha de Datos para Reporte - Decreto Nº 572/06, redetermina el monto contractual de la Redeterminación de Precios Nº 3 en la suma total de $ 74.154.039,23 pesos setenta y cuatro millones ciento cincuenta y cuatro mil treinta y nueve con 23/100, IVA incluido, a valores correspondientes al mes de febrero/21, comprensivo del monto contractual a valores correspondientes al mes de diciembre/2020 por la suma de $70.210.012,81 pesos setenta millones doscientos diez mil doce con 81/100 y de la actualización Nº 3 a valores correspondientes al mes de febrero/21, por la suma de $3.944.026,42 pesos tres millones
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