Boletín Oficial de la Pcia. de Salta del 30/06/2021
Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.
Source: Boletín Oficial de la Provincia de Salta
Edición N 21.019
Salta, miércoles 30 de junio de 2021
Decreto Reglamentario N 571/2020 del 28/08/2020
Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos, Trabajo y Justicia;
Por ello, en ejercicio de la competencia conferida por el artículo 4º de la Ley Nº 6.486, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Desígnase a la escribana ANA VALERIA BEZCHIÁN, DNI Nº 27.016.547, como titular del Registro Notarial Nº 15 con asiento en la Ciudad de Salta, en mérito a las razones precedentemente enunciadas.
ARTÍCULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Gobierno, Derechos Humanos, Trabajo y Justicia y por el señor Secretario General de la Gobernación.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
SÁENZ - Villada - Posadas Fechas de publicación: 30/06/2021
OP N: SA100038531
SALTA, 25 de Junio de 2021
DECRETO Nº 496
MINISTERIO DE GOBIERNO, DERECHOS HUMANOS, TRABAJO Y JUSTICIA
Expediente Nº 90-29696/2021 Cde. 1001
VISTO que el Senado de la Provincia, en sesión especial celebrada el día 10 de junio de 2021, ha prestado acuerdo para la designación del Dr. Guillermo Bernardino Matas, en el cargo de Defensor Oficial Civil Nº 1 del Distrito Judicial de Orán; y, CONSIDERANDO:
Que en virtud de lo establecido en el artículo 165 de la Constitución Provincial, correspondería al Poder Ejecutivo dictar el acto administrativo de nombramiento;
Por ello, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Desígnase al Dr. GUILLERMO BERNARDINO MATAS, DNI Nº 26.131.230, en el cargo de DEFENSOR OFICIAL CIVIL Nº 1 del Distrito Judicial de Orán, a partir de la fecha en que tome posesión de sus funciones.
ARTÍCULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Gobierno, Derechos Humanos, Trabajo y Justicia; y por el señor Secretario General de la Gobernación.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
SÁENZ - Villada - Posadas
Fechas de publicación: 30/06/2021
OP N: SA100038532
DECISIONES ADMINISTRATIVAS
Pág. N 8