Boletín Oficial de la Pcia. de Salta del 09/06/2021
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Salta
Edición N 21.005
Salta, miércoles 9 de junio de 2021
Decreto Reglamentario N 571/2020 del 28/08/2020
LEYES
LEY Nº 8.252
Expte. 91-41.815/20
EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA SANCIONAN CON
FUERZA DE SALTA
LEY
Artículo 1º.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación una fracción del inmueble identificado con la Matrícula Nº 90.055, del departamento Capital, para ser destinada exclusivamente a la preservación de la Capilla y el Cementerio de la localidad La Quesera.
La fracción del inmueble mencionada, es la que tiene forma, tamaño y ubicación detallada en el croquis que como Anexo forma parte de la presente.
Art. 2º.- La Dirección General de Inmuebles efectuará, por si o por terceros, la mensura, desmembramiento y parcelación del inmueble detallado en el artículo 1º, una vez efectivizada la toma de posesión por la Provincia.
Art. 3º.- Autorícese al Poder Ejecutivo a otorgar en comodato por el término de veinte 20 años la fracción del inmueble objeto de la presente, a favor del Centro de Residentes y ex Residentes de La Quesera, Las Higuerillas y Finca La Cruz, Personería Jurídica Nº 107/02, con cargo al desarrollo de las actividades que le son propias según su Estatuto y al mantenimiento de las instalaciones existentes, o a realizar las construcciones necesarias para tales fines, debiendo efectivizarse en el plazo de un 1 año a partir de la toma de posesión.
Art. 4º.- La formalización del presente comodato se efectuará a través de Escribanía de Gobierno, y quedará exento de todo honorario, impuesto, tasa o contribución.
Art. 5º.- En caso de disolución de la entidad beneficiaría o de incumplimiento del cargo dispuesto en la presente, el comodato quedará sin efecto, restituyéndose la posesión del bien a la Provincia, con todas las mejoras incorporadas y sin derecho a indemnización alguna.
Art 6º.- El gasto que demande el cumplimiento, de la presente Ley, se imputará a la partida correspondiente del Presupuesto General de la Provincia, Ejercicio vigente.
Art 7º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la provincia de Salta, en Sesión del día once del mes de mayo del año dos mil veintiuno.
Antonio Marocco Jorge Ignacio Jarsun Lamónaca PRESIDENTE
VICEPRESIDENTE 1
CÁMARA DE SENADORES - SALTA
CÁMARA DE DIPUTADOS
en ejercicio de la Presidencia Dr. Luis Guillermo López Mirau SECRETARIO LEGISLATIVO
CÁMARA DE SENADORES - SALTA
Dr. Raúl Romeo Medina SECRETARIO LEGISLATIVO
CÁMARA DE DIPUTADOS
SALTA, 08 de Junio de 2021
DECRETO Nº 438
SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN
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