Boletín Oficial de la Pcia. de Salta del 30/03/2021
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Salta
Edición N 20.956
Salta, martes 30 de marzo de 2021
Decreto Reglamentario N 571/2020 del 28/08/2020
de celebración del contrato, hubiesen adquirido un valor tal que reflejen una variación de esos precios superior al 5 % del valor del contrato o precio surgido de la última redeterminación sobre el saldo pendiente de ejecución, según corresponda, a solicitud de la Contratista";
Que en las presentes actuaciones se evidencia el cumplimiento de las exigencias de las previsiones del Decreto Nº 1.170/2003, que justifican la viabilidad de las Redeterminaciones de Precios Nº 2, 3, 4 y 5;
Que a fs. 154/156 obra dictamen del Área Legal de la Secretaría de Financiamiento y Planificación Financiera, y a fs. 158, la Unidad de Sindicatura Interna de la Secretaria de Obras Públicas del Ministerio de Infraestructura emitió dictamen al respecto sin formular observaciones;
Que la competencia del Ministerio de Economía y Servicios Públicos para el dictado del presente instrumento surge de lo dispuesto por el Decreto Nº 752/2020;
Que las actuaciones cuentan con los respectivos análisis de legalidad de los organismos que han intervenido, resultando procedente el dictado del instrumento a administrativo respectivo;
Por ello, EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y SERVICIOS PÚBLICOS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Aprobar el procedimiento de Redeterminaciones de Precios Nº 2, 3, 4 y 5 de la obra "PLAZA GEMES EN EL MUNICIPIO DE CHICOANA", en el marco del Decreto Nº 1.170/2003, ejecutada por la empresa JUAN PEDRO GARIN CONSTRUCCIONES.
ARTÍCULO 2º.- Establecer el nuevo valor total del contrato en la suma de AR $47.680.026,13
pesos argentinos cuarenta y siete millones seiscientos ochenta mil veintiséis con 13/100, IVA incluido, al mes de julio del año 2020.
ARTÍCULO 3º.- Autorizar a la Sra. Secretaria de Financiamiento y Planificación Financiera a suscribir con la firma contratista la Adenda Nº 3 al contrato de obra correspondiente a las Redeterminaciones de Precios Nº 2, 3, 4 y 5.
ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente deberá imputarse a las siguientes partidas presupuestarias: Sesenta por ciento 60 % aporte BID:
551012001401.123121
y Cuarenta por ciento 40
%
aporte local:
551012001405.123121. Ejercicio 2021.
ARTÍCULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.
Dib Ashur Fechas de publicación: 30/03/2021
OP N: SA100037772
SALTA, 19 de Marzo de 2021
RESOLUCIÓN Nº 45
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y SERVICIOS PÚBLICOS
SECRETARÍA DE FINANCIAMIENTO Y PLANIFICACIÓN FINANCIERA
Expte. Nº 272-24353/2019-17 y Cpde. 25
VISTO las presentes actuaciones en las cuales se tramita la aprobación de las Redeterminaciones de Precios Nº 2, 3, 4 y 5 de la Obra: "PARQUE RIBEREÑO DE SAN ANTONIO
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