Boletín Oficial de la Pcia. de Salta del 02/03/2021
Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.
Source: Boletín Oficial de la Provincia de Salta
Edición N 20.936
Salta, martes 2 de marzo de 2021
Decreto Reglamentario N 571/2020 del 28/08/2020
de 2020;
Que ante la imposibilidad de reintegrarse en la citada fecha, la Sra. Dahut solicitó hacer uso del artículo 77º - Capítulo IV - Justificaciones del Decreto Nº 4.118/1997 Fuerza Mayor, a partir del día 16/10/2020, por encontrársela misma en Australia y no haber podido regresar por las restricciones implementadas a nivel mundial por la Pandemia COVID-19;
Que por Resolución Delegada Nº 455/2020 se le concedió a la presentante una nueva licencia con similar encuadre a la vencida, en forma excepcional, por el término de treinta 30 días, para permitirle el retorno al país sin que hiciera abandono de servicio;
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos de este Ministerio, en su dictamen sobre el particular, señala que no pudiendo desconocer un hecho público y notorio, que obligó -aún en contra de su voluntada mucha gente a mantenerse inmovilizada en el lugar que fuere, del país o el exterior, sea por permanecer en estado de cuarentena, cancelaciones de vuelos o por cierre de fronteras, por sesgo humanitario, compasivo y de justicia social, más allá de lo estrictamente formal, propiciar, a manera también de excepción, la aplicación de la fuerza mayor en el presente caso, por aplicación del artículo 21º del Decreto Necesidad y Urgencia Nacional Nº 260/2020, en cuanto prevé que las medidas sanitarias adoptadas por la emergencia sanitaria será lo menos restrictiva posible y asegurados sus derechos.
Que de allí surge que la ausencia por el plazo que corre entre el día 16-10-2020
y su reintegro al servicio puede tenerse como justificada;
Que en virtud de lo expuesto y atento a las conclusiones arribadas por la Dirección General de Asuntos Jurídicos de este Ministerio mediante Dictamen Nº 113/2021, procede se modifique la Resolución Delegada Nº 455/2020, justificando la ausencia de la Sra. Estela Adelaida Dahut, en base a lo preceptuado por el artículo 77º del Decreto Nº 4.118/1997;
Por ello, EL MINISTRO DE SEGURIDAD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Modificar parcialmente el artículo 1º de la Resolución Delegada Nº 455/2020, dejando establecido que la Licencia Extraordinaria otorgada a la Sra. ESTELA
ADELAIDA DAHUT, DNI Nº 18.117.087, se encuadra en el artículo 77º del Decreto Nº 4.118/1997, en forma excepcional, en mérito a las razones expresadas en el considerando precedente.
ARTÍCULO 2º.- Notificar a la Subsecretaría de Personal, a la Subsecretaría de Sistema Integrado de Recursos Humanos de la Secretaría de Gestión de Recursos Humanos, a la Dirección de Recursos Humanos y Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Seguridad.
ARTÍCULO 3º.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.
Pulleiro
Fechas de publicación: 02/03/2021
OP N: SA100037530
RESOLUCIONES DE OTROS ORGANISMOS
Pág. N 12