Boletín Oficial de la Pcia. de Salta del 09/02/2021
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Salta
Edición N 20.923
Salta, martes 9 de febrero de 2021
Decreto Reglamentario N 571/2020 del 28/08/2020
La Dra. Fernanda Aré Wayar, Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de 11a Nominación, de los Tribunales Ordinarios de la provincia de Salta, Distrito Judicial Centro, Secretaría a cargo de la Dra. Maria Pía Molina, en autos caratulados: ALEM
ISA; JARSUN NAYIBE POR SUCESORIO - EXPTE. N 620570/18, cita y emplaza a todos los que se consideren con derecho a los bienes a la sucesión de los Sres. Isa Alem DNI N
18.020835 y Jarsun Nayibe DNI N 3.809143, ya sea como herederos o acreedores, para que dentro del término de 30 días de la última publicación comparezcan a hacerlos valer bajo apercibimiento de ley. Publicación por tres 3 días en el Boletín Oficial y en un diario de circulación comercial masiva. Firmado: Dra. Fernanda Aré Wayar, Jueza. Dra. Maria Pía Molina. Secretaria.
SALTA, 01 de Diciembre de 2020.
Dra. María Pía Molina, SECRETARIA
Factura de contado: 0013 - 00000902
Fechas de publicación: 05/02/2021, 08/02/2021, 09/02/2021
Importe: $ 735.00
OP N: 400015210
EDICTOS DE QUIEBRAS
El Dr. Pablo Muiños, Juez del Juzgado de 1a Instancia de Concursos, Quiebras y Sociedades de 1a Nominación, Secretaría de la Dra. Claudina Xamena, en autos caratulados: "PARRÓN, JULIO ERNESTO POR QUIEBRA INDIRECTA, EXPTE. N EXP - 723111/20, ordena la publicación de edictos, por el término de cinco días en el Boletín Oficial y un Diario de circulación comercial, a los siguientes efectos: 1. DECLARAR en estado de quiebra al Sr.
JULIO ERNESTO PARRÓN, DNI N 12.958.497, con domicilio real en calle Pueyrredón Nº 1073, 1º piso, y con domicilio procesal constituido a todos los efectos legales en Avenida Reyes Católicos Nº 1330, Galeria Posto 20, Oficina 261, ambos de esta ciudad de Salta. 2
Ordenar que el la fallido haga entrega al Síndico de todos sus bienes, tanto de los que se encuentren en su poder como en el de terceros, con inventario detallado de los mismos, como así también la documentación y comprobantes del giro comercial. 3 DISPONER la prohibición de hacer pagos a la fallida bajo apercibimiento a los que se hicieran de no quedar liberados por los mismos por ineficaces art. 88 inc. 5o, LCQ. 4 FIJAR el día 10 de marzo de 2021 o el siguiente día hábil si este fuere feriado para que los acreedores se presenten a verificar sus créditos por ante el Síndico designado en autos. 5 FIJAR el día 27
de abril de 2021 como límite para que la Sindicatura presente el Informe Individual de créditos art. 14 inc. 9, 35 y concs. LCQ. 6 DEJAR ESTABLECIDO que Sindicatura deberá presentar el Informe General de créditos hasta el día 10 de junio de 2021 art. 39 y concs.
LCQ.
SALTA, 1 de Febrero de 2021.
Dr. Pablo Muiños, JUEZ - Dra. Claudina Xamena, SECRETARIA
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