Boletín Oficial de la Pcia. de Salta del 03/02/2021
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Salta
Edición N 20.919
Salta, miércoles 3 de febrero de 2021
Decreto Reglamentario N 571/2020 del 28/08/2020
Que considerando el compromiso de esta Dirección General con la mejora continua y la necesidad de implementar acciones desde la gestión de calidad que contribuyan a la modernización del Estado, resulta oportuno aprobar la implementación de un procedimiento mediante el cual los referidos depósitos puedan ser completados y remitidos vía web a esta Dirección General;
Que el nuevo aplicativo garantiza la integridad y seguridad de los datos remitidos a esta Dirección General, reconociendo su eficacia jurídica;
Que el Programa Jurídico de esta Dirección ha tomado intervención, emitiendo el dictamen correspondiente;
Que el presente acto se dicta en uso de las facultades otorgadas por las normas nacionales y provinciales mencionadas;
Por ello;
EL DIRECTOR GENERAL DE RECURSOS
ENERGÉTICOS Y MINEROS
DE LA PROVINCIA DE SALTA, RESUELVE:
ARTÍCULO 1.- Aprobar el aplicativo web denominado "Sistema de Control de Regalías Hidrocarburíferas de la Provincia de SaltaMódulo Control de Depósitos, que deberán utilizar los permisionarios y concesionarios de áreas hidrocarburíferas productivas de la Provincia de Salta, para informar los depósitos efectuados en concepto de regalías y de canon extraordinario, hasta el día hábil 17 de cada mes.
ARTÍCULO 2.- Aprobar el formulario Solicitud clave de acceso y usuario, cuyo modelo se adjunta y forma parte de la presente como Anexo I, que deberá ser completado y presentado por los responsables ante la Dirección General de Recursos Energéticos y Mineros, previo al uso del aplicativo aprobado en el artículo 1.
ARTÍCULO 3.- Aprobar los formularios "Acuse de Recibo Vía Web y Manual de Usuario del Módulo de control de depósitos Web", cuyos modelos se adjuntan y forman parte de la presente como Anexos II y III de la presente resolución.
ARTÍCULO 4.- La información suministrada revestirá el carácter de Declaración Jurada. El incumplimiento en tiempo y forma de las obligaciones establecidas en la presente Resolución dará lugar a la aplicación de las sanciones previstas en el artículo 87 de la Ley N
17.319, conforme a los valores previstos por el Decreto N 448/2020 o el que en el futuro lo remplace.
ARTÍCULO 5.- Establecer el uso obligatorio del aplicativo aprobado en el artículo 1 a partir del 1 de febrero de 2021.
ARTÍCULO 6.- Derogar la Resolución Nº 15/16 de la Dirección General de Recursos Energéticos y Mineros de fecha 30 de mayo de 2016.
ARTÍCULO 7.- Remitir copia de la presente a conocimiento de la Secretaría de Ingresos Públicos del Ministerio de Economía y Servicios Públicos.
ARTÍCULO 8.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
Madariaga VER ANEXO
Recibo sin cargo: 100010155
Fechas de publicación: 03/02/2021
Sin cargo OP N: 100083529
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