Boletín Oficial de la Pcia. de Salta del 18/01/2021
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Salta
Edición N 20.907
Salta, lunes 18 de enero de 2021
Decreto Reglamentario N 571/2020 del 28/08/2020
redundará en beneficio de la comunidad.
ARTÍCULO 3º.- Aféctese el inmueble identificado como matrícula catastral Nº 12.332 del Departamento Cerrillos, al Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, para el funcionamiento de la Escuela Infantil Nº 4.836 de La Merced - Departamento Cerrillos.
ARTÍCULO 4º.- Dése intervención a la Dirección General de Inmuebles para que proceda a registrar el dominio de la misma a favor de la Provincia de Salta, en los términos del artículo Nº 1.553 del Código Civil y Comercial; a la Dirección de Tierras Fiscales y Bienes del Estado para su registro y control; y a la Contaduría General de la Provincia para su registro, de acuerdo a lo establecido en artículo 60 del Decreto Ley Nº 705/1957.
ARTÍCULO 5º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología y el señor Secretario General de la Gobernación.
ARTÍCULO 6º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
SÁENZ - Cánepa - Posadas
Fechas de publicación: 18/01/2021
OP N: SA100037143
RESOLUCIONES DE OTROS ORGANISMOS
SALTA, 06 de Enero de 2021
RESOLUCIÓN Nº 03
SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS
Expediente Nº 125-180332/19 - Cpde. 37 y agregados.
VISTO la documentación técnica y la ejecución de los trabajos correspondientes al Adicional Nº 1, surgidos en la obra REFACCIONES VARIAS EN COLEGIO Nº 5.095 GENERAL MANUEL BELGRANO - ESCUELA Nº 4.703 1º ETAPA - SALTA - CAPITAL; y, CONSIDERANDO:
Que la mencionada obra fue adjudicada mediante Resolución S.O.P. Nº 03/2020
a la empresa NORTE ARIDOS SRL, por la suma de $13.627.352,81 pesos trece millones seiscientos veintisiete mil trescientos cincuenta y dos con 81/100 IVA incluido, a valores correspondientes al mes de noviembre de 2019;
Que a fs. 01/02, la Inspección de Obra elevó el Adicional Nº 1 de la citada obra, solicitando a la contratista la evaluación económica de las tareas que conforman el mismo;
Que las tareas adicionales consisten en: Recambio de cañerías de agua, gas, y desages cloacales, reposición y reubicación de los tanques de agua haciendo la conexión directamente a la red cloacal, pintura de todos los muros que colindan con los patios implicados en la obra de refacción para lograr un completo acabado de la misma, los cuales no se habían previsto en la obra básica;
Que a fs. 62/73 la contratista presentó, análisis de precios, cómputo y presupuesto de las prestaciones adicionales solicitadas;
Que a fs. 87/97, mediante Actuación Nº 307/20 rola la intervención del Registro de Contratistas de Obras Públicas, a fs. 98/99 el Dictamen Nº 295/20 y a fs. 100 la Dirección General de la Unidad Central de Contrataciones, constatando la razonabilidad de las prestaciones adicionales con una variación equivalente al 25,944 % del valor del contrato;
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