Boletín Oficial de la Provincia de Palencia del 07/12/2012
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Palencia
B.O.P. de Palencia
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Viernes, 7 de diciembre de 2012 Núm. 147
Relación de notificación de percepción indebida de Prestaciones de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 30/92
Interesado: García Gracia Bernardino.
N.I.F.: 13.286.339-K.
Expediente: 34201200000373.
Importe: 1.704 euros.
Periodo: 01/01/2012 - 30/04/2012.
Motivo: Colocación por cuenta ajena.
Palencia, 20 de noviembre de 2012 - El Jefe de Sección de Prestaciones, Francisco Javier Ballesteros Amor.
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Contra la presente resolución, conforme a lo previsto en el art. 71 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social, podrá interponer ante esta Dirección Provincial, reclamación previa a la vía jurisdiccional social, dentro del plazo de treinta días desde la notificación de la presente resolución.
De acuerdo con lo dispuesto en el art. 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los expedientes reseñados, estarán de manifiesto por el mencionado plazo de treinta días en la Dirección Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal.
Relación de resolución de percepción indebida de Prestaciones, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 30/92
Interesado: Marcos de Aza Ángel Carlos.
N.I.F.: 71.941.171-T.
MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Expediente: 34201200000308.
IMPORTE
SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL
REMISIÓN DE RESOLUCIÓN DE PERCEPCIÓN INDEBIDA
DEL SUBSIDIO POR DESEMPLEO
Por esta Dirección Provincial se han dictado resoluciones en expedientes para el reintegro de la protección por desempleo, arriba indicada, declarando la obligación de los interesados que se relacionan, de devolver las cantidades percibidas indebidamente, por los motivos y períodos que igualmente se citan. Se ha intentado la notificación sin poderse practicar.
Lo que se notifica por medio de la presente, de conformidad con lo establecido en el art. 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, advirtiéndoles que de conformidad con lo establecido en el número 2, del art. 33 del Real Decreto 625/1985, de 2 de abril dispone de treinta días para reintegrar dicha cantidad, que podrá efectuar en la cuenta núm. 0049 5103 71
2516550943 del Sanco Santander, a nombre del Servicio Público de Empleo Estatal.
También podrá solicitar, el pago aplazado o fraccionado de la cantidad requerida, cuya concesión conllevará el correspondiente devengo del interés legal del dinero establecido anualmente en la Ley de Presupuestos Generales del Estado, En el supuesto de que no realizase el reintegro y fuese en algún momento beneficiario de prestaciones, se procederá a realizar su compensación con la prestación, según se establece en el art. 34 del. Real Decreto 625/1985.
Transcurridos los treinta días sin que se haya producido el reintegro ni se haya compensado a deuda, se emitirá la correspondiente certificación de descubierto por la que se iniciará la vía de apremio, según lo dispuesto en el núm. 2, del art. 33 del Real Decreto 625/1985.
Si el reintegro, la compensación o la solicitud de fraccionamiento o aplazamiento se realizase con posterioridad a la finalización del plazo de treinta días reglamentarios, la cantidad adeudada se incrementará, a partir del primer mes posterior al periodo del pago reglamentario, con un recargo según lo establecido en el núm. 2, del art. 27 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
28,40 €
TIPO
RECARGO
IMPORTE
CON RECARGO
3%
29,25 €
5%
29,82 €
10%
31,24 €
20%
34,08 €
Período: 29/04/2012 - 30/04/2012.
Motivo: Colocación por cuenta ajena.
Palencia, 19 de noviembre de 2012. - La Subdirectora Provincial, Teresa Roca Roca.
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MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL
REMISIÓN DE RESOLUCIÓN DE PERCEPCIÓN INDEBIDA
DEL SUBSIDIO POR DESEMPLEO
Por esta Dirección Provincial se han dictado resoluciones en expedientes para el reintegro de la protección por desempleo, arriba indicada, declarando la obligación de los interesados que se relacionan, de devolver las cantidades percibidas indebidamente, por los motivos y períodos que igualmente se citan. Se ha intentado la notificación sin poderse practicar.
Lo que se notifica por medio de la presente, de conformidad con lo establecido en el art. 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, advirtiéndoles que de conformidad con lo establecido en el número 2, del art. 33 del Real Decreto 625/1985, de 2 de abril dispone de treinta días para reintegrar dicha cantidad, que podrá efectuar en la cuenta núm. 0049 5103 71
2516550943 del Sanco Santander, a nombre del Servicio Público de Empleo Estatal.
También podrá solicitar, el pago aplazado o fraccionado de la cantidad requerida, cuya concesión conllevará el correspondiente devengo del interés legal del dinero establecido anualmente en la Ley de Presupuestos Generales del Estado.