Boletín Oficial de la República Argentina del 08/04/2021 - Segunda Sección

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BOLETÍN OFICIAL Nº 34.626 - Segunda Sección
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Jueves 8 de abril de 2021

o análoga que directamente se vincule con ese objeto, cualquier otro rubro de la rama gastronómica y toda clase de artículos y productos alimenticios, para venta al público. c Explotación de franquicias y/o concesiones nacionales e internacionales de heladerías, restaurantes, cafetería, sandwichería; compraventa de artículos de despensa y/o distribución y/o consignación de comestibles, helados o similares, bebidas, tanto al por mayor como al por menor. d Fabricación, venta y distribución de cremas y postres helados, refrescos y cualquier otro tipo de postre y/o comidas frías y productos frescos, envasados y/o elaborados, que directamente se relacionen con el objeto principal.- Importación y exportación.- Las actividades que así lo requieran serán llevadas a cabo por profesionales habilitados al efecto, Capital $ 100.000 representados por 10.000 ACCIONES ORDINARIAS, NOMINATIVAS NO ENDOSABLES, de valor nominal $10 cada una, con derecho a UN VOTO, por acción; Cierre de ejercicio: 31/12; PRESIDENTE: Monica Rosana Lanieri y DIRECTOR SUPLENTE: Tomas Gonzalo Lovera ambos con domicilio especial en la sede; Sede: Llavallol 3751, CABA. Autorizado según instrumento público Esc. Nº11
de fecha 30/03/2021 Reg. Nº1731
Gerardo Daniel Ricoso - T: 95 F: 2 C.P.A.C.F.

e. 08/04/2021 N20990/21 v. 08/04/2021

MANUFACTURAS DECARNES VACUNASS.A.

CUIT: 30-69778818-9. Por acta del 18/10/19 se designan Presidente: Daniel Eduardo Mastromano, Director: Pablo Daniel Mastromano y Director Suplente: Salvador Ruocco, fijan domicilio especial en Julián Alvarez 2710, piso 2, Departamento B, Capital Federal. Por acta del 17/03/20 se reforma el objeto social: construcción y venta de edificios por el régimen de propiedad horizontal, inclusive por el sistema denominado o conocido por compraventa al costo, en lotes de terreno de propiedad de la sociedad o en el de terceros, y en general, la construcción y compraventa de todo tipo de inmuebles, estructuras metálicas o de hormigón, obras civiles y todo tipo de obras de ingeniería o arquitectura de carácter público o privado, como asimismo comercialización de las unidades que resulten de las mismas, intermediación en la compraventa, administración y explotación de bienes inmuebles propios o de terceros. Se reforma el artículo 3. Autorizado según instrumento público Esc. Nº 15 de fecha 01/03/2021 Reg. Nº113
Maximiliano Stegmann - T: 68 F: 594 C.P.A.C.F.

e. 08/04/2021 N21108/21 v. 08/04/2021

MORIXE HERMANOSS.A.C.I.

CUIT 30-52534638-9 Por Asamblea General Extraordinaria del 23.12.2020 se reformó el art. 24 del estatuto social, autorizándose la celebración de asambleas a distancia mediante canales de comunicación que permitan la transmisión simultánea de sonido, imágenes y palabras, y demás requerimientos que pudiera establecer la Comisión Nacional de Valores. Autorizado según instrumento privado Acta de Asamblea de fecha 23/12/2020
JOSE MARIA ARANGUREN - T: 105 F: 815 C.P.A.C.F.

e. 08/04/2021 N21172/21 v. 08/04/2021

OCEAN NETWORK EXPRESS ARGENTINAS.A.

I.G.J N1918308; CUIT 30-71581518-0 Comunica que, por Reunión de Directorio y Asamblea General Ordinaria y Especiales de los Accionistas Clase A, B y C, todas ellas del 07/08/2020, se resolvió: a modificar el artículo 9
del Estatuto Social, el cual quedó redactado de la siguiente manera: ARTÍCULO 9: Cada Director Titular tendrá derecho a un voto. El Directorio funciona con la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros, pudiendo los mismos encontrarse presentes en el lugar de la reunión o a distancia -sea en el país o en el extranjerocomunicados entre sí por medios de transmisión simultánea de audio y video, en todos los casos de acuerdo con las regulaciones en vigencia y garantizándose: i la libre accesibilidad de todos los participantes a las reuniones; ii la participación con voz y voto de todos los miembros del Directorio y del órgano de fiscalización en su caso. Las resoluciones se adoptarán por mayoría de votos presentes, ya sea que el quórum requerido se encuentre constituido físicamente y/o a distancia comunicados a través de los medios de transmisión referidos en este artículo, excepto en los casos establecidos en el artículo 12 de este estatuto, respecto de los que se requerirá una mayoría calificada para su aprobación, pudiendo en esos casos los directores también sesionar presencialmente o a distancia siguiendo los lineamientos estipulados en este artículo. Si las reuniones se celebraran con la participación de miembros a distancia, la convocatoria a dicha reunión deberá informar de manera clara y sencilla cuál es el medio de comunicación elegido y cuál es el modo de acceso a los efectos de permitir la debida participación de los asistentes y se dejará constancia en el Acta respectiva de los nombres de los participantes, sus manifestaciones y votos con relación a cada resolución adoptada. Asimismo, corresponderá que la reunión celebrada a distancia sea grabada en soporte digital y que el representante conserve una copia en soporte digital de la reunión por el término de cinco

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Boletín Oficial de la República Argentina del 08/04/2021 - Segunda Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

PaeseArgentina

Data08/04/2021

Conteggio pagine121

Numero di edizioni9340

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione24/05/2024

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