Boletín Oficial de la República Argentina del 16/01/2017 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Buenos Aires, lunes 16
de enero de 2017

Año CXXV
Número 33.545
Precio $ 20,00
Los documentos que aparecen en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA
ARGENTINA serán tenidos por auténticos y obligatorios por el efecto de esta publicación y por comunicados y suficientemente circulados dentro de todo el territorio nacional Decreto Nº 659/1947. La edición electrónica del Boletín Oficial produce idénticos efectos jurídicos que su edición impresa Decreto Nº 207/2016.

Sumario
Decretos Decretos

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Decreto 39/2017. Consejo Nacional para la Gestión Integral del Riesgo y la Protección Civil 1

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Decreto 39/2017

JUSTICIA
Decreto 40/2017. Acéptase renuncia 2

Consejo Nacional para la Gestión Integral del Riesgo y la Protección Civil.

MINISTERIO PÚBLICO
Decreto 41/2017. Acéptase renuncia 2

Ciudad de Buenos Aires, 13/01/2017

MINISTERIO DE FINANZAS
Decreto 36/2017. Desígnase Secretario de Finanzas 2

VISTO la Ley N 27.287, la Ley de Ministerios N 22.520 texto ordenado por Decreto N 438/92
y sus modificatorias y el Decreto N 15 de fecha 5 de enero del 2016, y CONSIDERANDO:

SECRETARÍA GENERAL
Decreto 38/2017. Desígnase Administrador General de la Residencia Presidencial de Olivos 3

Que por intermedio de la Ley N 27.287 se creó el SISTEMA NACIONAL PARA LA GESTIÓN INTEGRAL DEL RIESGO Y LA PROTECCIÓN CIVIL, cuyo objeto es integrar las acciones y articular el funcionamiento de los organismos del Gobierno Nacional, de los Gobiernos Provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y Municipales, las ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES y la Sociedad Civil, para fortalecer y optimizar las acciones destinadas a la reducción de riesgos, el manejo de la crisis y la recuperación.

Decisiones Administrativas
Que el Sistema mencionado está integrado por el CONSEJO NACIONAL PARA LA GESTIÓN
INTEGRAL DEL RIESGO Y LA PROTECCIÓN CIVIL y el CONSEJO FEDERAL PARA LA GESTIÓN
INTEGRAL DEL RIESGO Y LA PROTECCIÓN CIVIL.

MINISTERIO DEAMBIENTE YDESARROLLO SUSTENTABLE
Decisión Administrativa 24/2017. Desígnase Director de Ceremonial, Protocolo, Prensa y Difusión 3

Que el artículo 5 de la citada Ley, dispone que el CONSEJO NACIONAL PARA LA GESTIÓN
INTEGRAL DEL RIESGO Y LA PROTECCIÓN CIVIL es la instancia superior de decisión, articulación y coordinación de los recursos del Estado Nacional y tiene como finalidad diseñar, proponer e implementar las políticas públicas para la gestión integral del riesgo.

MINISTERIO DE FINANZAS
Decreto 37/2017. Desígnase Jefe de Gabinete de Asesores 2

MINISTERIO DEAMBIENTE YDESARROLLO SUSTENTABLE
Decisión Administrativa 26/2017. Prorrógase designación del Director General de Asuntos Jurídicos 4
MINISTERIO DEAMBIENTE YDESARROLLO SUSTENTABLE
Decisión Administrativa 27/2017. Desígnase Directora de Normativa Ambiental 4
MINISTERIO DEMODERNIZACIÓN
Decisión Administrativa 25/2017. Desígnase Director de Relaciones Institucionales 4

Resoluciones MINISTERIO DEENERGÍA YMINERÍA
Resolución 8 - E/2017. Autorización de Exportaciones. Aprobación 5

Disposiciones Administración Nacional deMedicamentos, Alimentos yTecnología Médica PRODUCTO GASTRONÓMICO YCOSMÉTICO
Disposición 327/2017. Prohibición de comercialización 7
Administración Nacional deMedicamentos, Alimentos yTecnología Médica PRODUCTOS COSMÉTICOS
Disposición 326/2017. Prohibición de uso y comercialización 7
Administración Nacional deMedicamentos, Alimentos yTecnología Médica PRODUCTOS DOMISANITARIOS
Disposición 329/2017. Prohibición de uso y comercialización 8
Continúa en página 2

PRESIDENCIA DE LA NACIÓN
SecretarÍa Legal y TÉcnica: Dr. PABLO CLUSELLAS - Secretario DirecciÓn Nacional del Registro Oficial: LIC. RICARDO SARINELlI - Director Nacional
Que el artículo 7 de la Ley N 27.287 prevé que la Presidencia del CONSEJO NACIONAL PARA
LA GESTIÓN INTEGRAL DEL RIESGO Y LA PROTECCIÓN CIVIL será ejercida por el PODER
EJECUTIVO NACIONAL.
Que en ese sentido, conforme las atribuciones constitucionales y las establecidas por el artículo 16, inciso 5, de la Ley de Ministerios N 22.520 texto ordenado por Decreto N 438/92 y sus modificatorias, es atribución del Jefe de Gabinete de Ministros Coordinar y controlar las actividades de los Ministerios y de las distintas áreas a su cargo realizando su programación y control estratégico, a fin de obtener coherencia en el accionar de la administración e incrementar su eficacia.
Que la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS resulta el ámbito más conveniente para coordinar la programación y ejecución de estas políticas públicas para la gestión integral del riesgo, correspondiendo a este organismo ser quien presida el CONSEJO NACIONAL PARA LA GESTIÓN INTEGRAL DEL RIESGO Y LA PROTECCIÓN CIVIL.
Que a los efectos señalados, es indispensable constituir un Gabinete del CONSEJO NACIONAL PARA LA GESTIÓN INTEGRAL DEL RIESGO Y LA PROTECCIÓN CIVIL dependiente de la Presidencia del Consejo para lograr una acción coordinada y eficiente en el diseño, desarrollo e implementación de las políticas públicas para la gestión integral del riesgo. Dicho Gabinete estará integrado por los Ministros de Seguridad, Defensa, Desarrollo Social, Salud, Ambiente y Desarrollo Sustentable y del Interior, Obras Públicas y Vivienda que por su competencia, tienen responsabilidad directa en la materia.
Que conforme la Ley de Seguridad Interior N 24.059 y sus modificatorias y la Ley de Ministerios N 22.520 texto ordenado por Decreto N 438/92 y sus modificatorias, compete al MINISTERIO
DE SEGURIDAD la preservación de la libertad, la vida y el patrimonio de los habitantes, sus derechos y garantías constitucionales, así como asistir al Presidente de la Nación y al Jefe de Gabinete de Ministros, en orden a sus competencias, en todo lo concerniente a la seguridad interior.
Que desde el dictado del Decreto N 1.250 de fecha 28 de octubre de 1999, actualmente derogado por el artículo 21 de la Ley N 27.287, que creó el SISTEMA FEDERAL DE EMERGENCIAS
SIFEM con la finalidad de prevenir y gerenciar eficientemente la atención de las emergencias o desastres naturales o antrópicos, las competencias específicas en relación al abordaje de la misma, ha sido planteado como un esquema de articulación entre los organismos públicos competentes del Estado Nacional, y su accionar con las provincias, el Gobierno de la CIUDAD
AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y los Municipios.
Que a través del Decreto N 15/16, se aprobó la conformación organizativa del MINISTERIO DE
SEGURIDAD, estableciéndose las funciones de la SECRETARÍA DE PROTECCIÓN CIVIL Y ABORDAJE INTEGRAL DE EMERGENCIAS Y CASTÁSTROFES de dicho Ministerio, consistentes en
e-mail: dnro@boletinoficial.gob.ar Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº5.218.874
Domicilio legal: Suipacha 767-C1008AAO - Ciudad Autónoma de Buenos Aires Tel. y Fax 5218-8400 y líneas rotativas

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 16/01/2017 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data16/01/2017

Conteggio pagine20

Numero di edizioni9344

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione23/05/2024

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