Boletín Oficial de la República Argentina del 19/06/2015 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Buenos Aires, viernes 19
de junio de 2015

Año CXXIII
Número 33.154
Precio $ 5,00

Sumario
LEYES

Pág.

LEYES

INTERÉS NACIONAL
Ley 27142
Declárese de interés nacional la promoción, fomento, desarrollo de la producción, comercialización e investigación de la stevia Stevia Rebaudiana Bertoni. 1

INTERÉS NACIONAL

f Asegurar un sistema de control de calidad;

Ley 27142

g Incluir los productos de la stevia en los planes nacionales alimentarios;

Declárese de interés nacional la promoción, fomento, desarrollo de la producción, comercialización e investigación de la stevia Stevia Rebaudiana Bertoni.
Sancionada: Mayo 27 de 2015
Promulgada: Junio 15 de 2015

DECRETOS
INTERÉS NACIONAL
Decreto 1119/2015
Promúlgase la Ley N27.142 2
MINISTERIO DECULTURA
Decreto 1106/2015
Designación en el Teatro Nacional Cervantes 2
MINISTERIO DEDEFENSA
Decreto 1108/2015
Dase por prorrogada designación de la Directora General de Instituto Universitario de las Fuerzas Armadas 3
MINISTERIO DEECONOMÍA YFINANZAS PÚBLICAS
Decreto 1109/2015
Danse por prorrogadas designaciones en la Unidad de Auditoría Interna 3
MINISTERIO DEECONOMÍA YFINANZAS PÚBLICAS
Decreto 1103/2015
Designación 4
MINISTERIO DEJUSTICIA YDERECHOS HUMANOS
Decreto 1111/2015
Inspección General de Justicia. Designaciones. 4

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc.
sancionan con fuerza de Ley:
ARTÍCULO 1 Declárese de interés nacional la promoción, fomento, desarrollo de la producción, comercialización e investigación de la stevia Stevia Rebaudiana Bertoni.
ARTÍCULO 2 Créase en el ámbito del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca, el Programa Nacional para el Estudio, Promoción y Desarrollo de la Stevia.
ARTÍCULO 3 El Programa Nacional para el Estudio, Promoción y Desarrollo de la Stevia tendrá por objetivos:
a Promover las características y beneficios de la stevia;
b Asesorar en materia económica y tecnológica para mejorar y diversificar la producción a escala industrial y artesanal;

h Difundir e informar a nivel institucional, al público en general y a los mercados nacionales e internacionales sobre los avances y desarrollos de la cadena de valor de stevia que se están cumplimentando en la República Argentina, por los distintos medios de difusión o a través de campañas organizadas al efecto;
i Coordinar con las autoridades jurisdiccionales las normas y recomendaciones fitosanitarias y de bioseguridad que se requieran para el cuidado y seguridad de personas, de los ecosistemas y del medio ambiente con relación a estos cultivos;
j Impulsar alianzas estratégicas con industrias agroalimentarias, fundaciones y otros, así también establecer convenios de cooperación con entidades públicas y privadas nacionales e internacionales;
k Desarrollar estrategias para la comercialización nacional e internacional para productores de stevia;
l Establecer convenios de cooperación con entidades públicas y privadas nacionales e internacionales.
ARTÍCULO 4 El Programa Nacional para el Estudio, Promoción y Desarrollo de la Stevia tendrá como responsable directo de la administración a un/a director/a, asistido por cinco áreas técnicas profesionales:

MINISTERIO DEJUSTICIA YDERECHOS HUMANOS
Decreto 1105/2015
Designación en la Unidad de Información Financiera 5

c Promover la participación de pequeñas y medianas empresas y de entidades cooperativas en el desarrollo de emprendimientos productivos a través del empleo de stevia como materia prima;

a Biotecnología;

MINISTERIO DEJUSTICIA YDERECHOS HUMANOS
Decreto 1110/2015
Designación en la Dirección Nacional del Registro Nacional de Tierras Rurales 5

d Conservar la diversidad, genética original de la especie Stevia Rebaudiana Bertoni en los cultivares que difunda el programa;

d Formación, capacitación y difusión;

MINISTERIO DELINTERIOR YTRANSPORTE
Decreto 1107/2015
Danse por prorrogadas designaciones en la Dirección Nacional de Migraciones. 6

e Generar mayor valor agregado en el proceso de producción de la stevia con tecnología apropiada;

MINISTERIO DETRABAJO, EMPLEO YSEGURIDAD SOCIAL
Decreto 1112/2015
Designación en la Dirección Nacional de Relaciones Federales 6
MINISTERIO DEAGRICULTURA, GANADERÍA YPESCA
Decreto 1104/2015
Danse por prorrogadas designaciones en la Secretaría de Coordinación Político-Institucional y Emergencia Agropecuaria 7
PRESIDENCIA DELANACIÓN
Decreto 1158/2015
Acéptase renuncia 7
Continúa en página 2

PRESIDENCIA
DE LA NACION
SecretarIa Legal y TEcnica
Dr. Carlos Alberto Zannini Secretario DirecciOn Nacional del Registro Oficial
DR. Jorge Eduardo FeijoÓ
Director Nacional
b Tecnología agrícola;
c Industrialización y comercialización;

e Conservación de la biodiversidad.
ARTÍCULO 5 El Banco de la Nación Argentina otorgará líneas de crédito para el estímulo, la producción, el desarrollo, el fortale-

www.boletinoficial.gob.ar e-mail: dnro@boletinoficial.gob.ar Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº5.218.874
Domicilio legal Suipacha 767-C1008AAO
Ciudad Autónoma de Buenos Aires Tel. y Fax 5218-8400 y líneas rotativas

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 19/06/2015 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data19/06/2015

Conteggio pagine168

Numero di edizioni9349

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione28/05/2024

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