Boletín Oficial de la República Argentina del 13/10/1999 - Primera Sección

Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.

Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN

OFICIAL

DE LA REPUBLICA ARGENTINA
BUENOS AIRES, MIERCOLES 13 DE OCTUBRE DE 1999

AÑO CVII

$ 0,70
Los documentos que aparecen en el BOLETIN OFICIAL

Nº 29.249
MINISTERIO DE JUSTICIA
DR. RAUL E. GRANILLO OCAMPO
MINISTRO

SECRETARIA DE ASUNTOS
TECNICOS Y LEGISLATIVOS
DR. GUSTAVO A. NAVEIRA
SECRETARIO

DIRECCION NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL
DR. RUBEN A. SOSA
DIRECTOR NACIONAL
Domicilio legal: Suipacha 767
1008 - Capital Federal Tel. y Fax 4322-3788/3949/
3960/4055/4056/4164/4485

http www.jus.gov.ar/servi/boletin/
Sumario 1 Sección Síntesis Legislativa

e-mail: boletin@jus.gov.ar Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 955.470

LEYES

1

LEGISLACION
Y AVISOS OFICIALES

Ley 25.168
Transfiérense a favor del municipio de San Carlos de Bariloche, provincia de Río Negro, los inmuebles pertenecientes a la Administración de Parques Nacionales que integran el conjunto arquitectónico denominado Centro Cívico.
Ratifícanse la Resolución Nº 1250/87 de la Secretaría de Cultura y el Decreto Nº 325/89, que declaran monumento y lugar histórico nacional al mencionado Centro Cívico.

palidad de la Ciudad de San Carlos de Bariloche de fecha 26 de mayo de 1987, ratificado por la ordenanza 087-C-88 de la Municipalidad de San Carlos de Bariloche, provincia de Río Negro de fecha 10 de agosto de 1988.
ARTICULO 2º Ratifíquese en todos sus términos los actos legislativos del Poder Ejecutivo nacional resolución 1250/87 de la Secretaría de Cultura de la Nación y decreto 325/89, ratificatorio del anterior que declaran monumento y lugar histórico nacional, al conjunto formado por el Centro Cívico de San Carlos de Bariloche y la Intendencia de Parques Nacionales en la provincia de Río Negro.
ARTICULO 3º La transferencia a que hace referencia el artículo 1º de esa ley, se hará con cargo de que la municipalidad mencionada conserve y preserve a perpetuidad, tanto en su aspecto exterior como interior, los edificios así como los terrenos y plazas que integran el Centro Cívico, respetando a los efectos de su nuevo uso y destino, las características del diseño arquitectónico y paisajístico; no pudiendo, en consecuencia, realizarse obras, acciones, innovaciones o mejoras individuales o de conjunto que afecten o alteren su concepción, materialización y aspecto original. En caso contrario, deberá restituirse este conjunto monumental al Estado nacional.
ARTICULO 4º La Comisión Nacional de Museos y de Monumentos y Lugares Históricos tendrá a su cargo la aplicación de la presente ley, a cuyo efecto deberá adoptar los recaudos necesarios para la observancia estricta de sus disposiciones.
ARTICULO 5º El Poder Ejecutivo nacional deberá disponer, en un plazo no mayor de sesenta días, a partir de la publicación de esta ley, la forma y el modo en que se hará efectiva la citada transferencia.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS
QUINCE DIAS DEL MES DE SETIEMBRE DEL
AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE.
REGISTRADA BAJO EL Nº 25.168
ALBERTO R. PIERRI. EDUARDO MENEM.
Esther H. Pereyra Arandía de Pérez Pardo.
Juan C. Oyarzún.

DECRETOS

Sancionada: Septiembre 15 de 1999.
Promulgada de Hecho: Octubre 6 de 1999.
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de Ley:
ARTICULO 1º Transfiérese, a título gratuito, a favor del municipio de la ciudad de San Carlos de Bariloche, provincia de Río Negro, los inmuebles del Estado nacional, pertenecientes a la Administración de Parques Nacionales, que integran el conjunto arquitectónico denominado Centro Cívico, identificables en el distrito catastral 19, circunscripción 2, sección D, manzana 306a., lote 1; manzana 306b, lote 1; manzana 307a, lote 1; manzana 307b, lote 1; manzana 308, lote 1 y manzana 309, lote 1 de la provincia de Río Negro, de conformidad al convenio suscrito entre la Administración de Parques Nacionales y la Munici-

auténticos y obligatorios por el efecto de esta publicación y por comunicados y suficientemente circulados dentro de todo el territorio nacional Decreto Nº 659/1947

ARTICULO 6º Comuníquese al Poder Ejecutivo.

INMUEBLES

DE LA REPUBLICA ARGENTINA serán tenidos por
ADMINISTRACION DE PARQUES
NACIONALES
Decreto 1118/99
Autorízase al citado organismo autárquico a efectuar un llamado a licitación pública para adjudicar la concesión para la construcción y explotación de un campamento turístico, en jurisdicción del Parque Nacional Lanín.
Bs. As., 6/10/99
VISTO el Expediente Nº 594/98 del registro de la ADMINISTRACION DE PARQUES NACIO-

NALES, Organismo autárquico dependiente de la SECRETARIA DE RECURSOS NATURALES Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la PRESIDENCIA DE LA NACION, por el que se propicia la correspondiente autorización para construir un campamento destinado a la atención del visitante en el área del lago Quillén, en jurisdicción del Parque Nacional Lanín, y
área del lago Quillén de únicamente servicios para campamento.
Que ello permitirá incentivar modalidades turísticas más afines con el carácter de un área protegida, a la vez que se reducen los volúmenes de construcción minimizando de esta manera el impacto que producen los mismos.

Que mediante Decreto Nº 79 del 15 de enero de 1986, se autorizó la construcción y explotación en la citada área de una hostería y un campamento recreativo, afectando para ello una superficie de CUATRO 4 hectáreas.

Que las razones que justificaron el dictado del Decreto ya mencionado continúan teniendo vigencia, toda vez que el área en cuestión alejada de la Reserva Nacional registra una importante y creciente demanda, careciendo de servicios para atenderla, situación ésta que repercute negativamente sobre el medio natural.

Que, teniendo en cuenta la evolución del turismo en los últimos años, así como el desarrollo de infraestructura hotelera en zonas aledañas, se considera conveniente ajustar los servicios originalmente proyectos, dotando al
Que, por otra parte, la infraestructura proyectada no provoca alteraciones significativas en el ecosistema, sino que por el contrario contribuye a minimizar el impacto provocado por la presencia humana.

CONSIDERANDO:

SUMARIO
Pág.
ADMINISTRACION DE PARQUES
NACIONALES
Decreto 1118/99
Autorízase al citado organismo autárquico a efectuar un llamado a licitación pública para adjudicar la concesión para la construcción y explotación de un campamento turístico, en jurisdicción del Parque Nacional Lanín.

1

COMERCIO EXTERIOR
Resolución 699/99-SICYM
Tipifícanse mercaderías, a los efectos de la percepción de reintegros en concepto de Draw-Back.

5

CONDECORACIONES
Decreto 1109/99
Apruébase un Acta mediante la cual se acuerda una condecoración al Líder del Gobierno de la Cámara de Diputados de la República Federativa del Brasil.

2

CONVENIOS
Decreto 1121/99
Apruébase el Convenio celebrado el 11 de diciembre de 1996, entre el Estado Nacional y la Provincia de La Rioja, por el cual se otorgó asistencia financiera a dicha provincia en forma anual y permanente.
CONVENIOS DE PRESTAMO
Decreto 1119/99
Apruébase el modelo de Convenio de Préstamo para la realización del Proyecto de Energías Renovables en Mercados Rurales, a financiarse parcialmente con recursos del préstamo otorgado por el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento.
FONDO NACIONAL
DE INCENTIVO DOCENTE
Decreto 1125/99
Modificación de la reglamentación de los artículos 12 inciso c y 13 de la Ley N 25.053, aprobada por el Decreto Nº 878/99.
INMUEBLES
Ley 25.168
Transfiérense a favor del municipio de San Carlos de Bariloche, provincia de Río Negro, los inmuebles pertenecientes a la Administración de Parques Nacionales que integran el conjunto arquitectónico denomi-

2

Pág.
nado Centro Cívico. Ratifícanse la Resolución Nº 1250/87 de la Secretaría de Cultura y el Decreto Nº 325/89, que declaran monumento y lugar histórico nacional al mencionado Centro Cívico.

1

POLICIA FEDERAL ARGENTINA
Decreto 1112/99
Promoción.

4

PRESUPUESTO
Decreto 1117/99
Facúltase al Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos a incluir en la garantía a ser otorgada por la operación de financiamiento del Proyecto Complejo Los Caracoles-Punta Negra Aprovechamiento Hídrico del Río San Juan cláusulas que establezcan la prórroga de jurisdicción a los tribunales federales y estaduales de la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América.

3

RADIODIFUSION
Decreto 1111/99
Autorízanse ingresos en Telenueva S.A.C.P.
de Radio y Televisión, titular de la licencia de LU80 TV Canal 9 de la ciudad de Bahía Blanca, provincia de Buenos Aires.

2

SERVICIOS POSTALES
Resolución 2105/99-CNC
Mantiénese inscripta a la firma Base Uno S.R.L. en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales.

4

3
CONCURSOS OFICIALES
Nuevos
13

Anteriores
14

2

AVISOS OFICIALES
Nuevos
13

Anteriores
14

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la República Argentina del 13/10/1999 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data13/10/1999

Conteggio pagine28

Numero di edizioni9350

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione29/05/2024

Scarica questa edizione

Altre edizioni

<<<Octubre 1999>>>
DLMMJVS
12
3456789
10111213141516
17181920212223
24252627282930
31