Boletín Oficial de la República Argentina del 13/07/1999 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

BOLETIN OFICIAL Nº 29.185 1 Sección
Martes 13 de julio de 1999

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Que consultada la autoridad provincial acerca de los alcances del Decreto de la Provincia de SAN
LUIS Nº 1467/88 informa que este último decreto sólo modifica el objeto.

Que con fecha 27 de agosto de 1998 la firma GASTROFAC S.A. presentó una impugnación a dicha preadjudicación.

Que la DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA con respecto al cumplimiento de la imputada a las disposiciones del Decreto Nº 2054 del 10 de noviembre de 1992, informa que no ha dado cumplimiento a los empadronamientos dispuestos por los Decretos Nros. 311 del 7 de marzo de 1989 y 1355 del 19 de julio de 1990, ni tampoco ha hecho uso de la desvinculación prevista por el Título II del Decreto Nº 2054/92.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos se expidió mediante Dictamen Nº 5102/98 fojas 373, proponiendo la desestimación de la impugnación formulada.

Que en consecuencia la imputada no goza de los beneficios del artículo 6º penúltimo párrafo del Decreto Nº 2054/92 y le corresponde la aplicación de las medidas del artículo 10, incisos a, b y c de igual decreto.
Que analizadas las actuaciones a la luz de las diligencias practicadas por la DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA entonces dependiente de la ex-SUBSECRETARIA DE FINANZAS PUBLICAS del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA, y los informes brindados por los organismos consultados, corresponde imponer la sanción de multa del CINCO POR CIENTO 5% del monto de la inversión actualizada al 1º de abril de 1991, conforme al artículo 17, inciso b de la Ley Nº 22.021.

Que a fojas 381 el entonces Vicepresidente Ejecutivo, consideró procedente solicitar la intervención del Consejo de Administración, el que luego de requerir nuevamente la opinión de la Dirección de Asuntos Jurídicos y de la Dirección de Servicios Administrativos y Financieros fojas 393 y 396, consideró conveniente se intimara a la firma ORRICO S.R.L. a presentar antecedentes técnicos, financieros y económicos de la empresa CONSTRUCTORA ORRICO S.R.L.
Que practicada dicha intimación, ORRICO S.R.L. no cumplimentó lo requerido, limitándose a poner en conocimiento que no realiza las construcciones directamente, sino que subcontrata a otras empresas constructoras fojas 399/400.
Que en mérito a los nuevos elementos de juicio incorporados, la Comisión de Preadjudicaciones a fojas 403 aconsejó dejar sin efecto la presente licitación.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y
OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS ha tomado la intervención que le compete conforme al artículo 7º, inciso d de la Ley Nº 19.549.

Que el Pliego de Bases y Condiciones establece que el Organismo se reserva el derecho de dejar sin efecto la Licitación en cualquier estado del trámite, lo que encuentra sustento normativo en el inciso 77 del Reglamento de Contrataciones aprobado por el Decreto Nº 5720 del 28 de agosto de 1972.

Que el presente acto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº 435 del 4 de marzo de 1990, modificado por los Decretos Nros. 612 del 2 de abril de 1990, 850 del 3 de mayo de 1990 y 1340 del 13 de julio de 1990, y el Anexo II del Decreto Nº 660 del 24 de junio de 1996, modificado por el artículo 2º del Decreto Nº 1450 del 12 de diciembre de 1996 y la Resolución Conjunta del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS y la SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA, entonces dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACION, Nº 108 del 11 de noviembre de 1992.

Que atento a ello y por razones precedentemente invocadas, se entiende conveniente dejar sin efecto el presente llamado a licitación.
Que la medida se dicta, de conformidad con las facultades conferidas por el artículo 8º, inciso m del Decreto Nº 1585 del 19 de diciembre de 1996.
Por ello,
Por ello, EL SECRETARIO
DE HACIENDA
RESUELVE:
ARTICULO 1º Impónese a la firma LAMINADORA FORTIN LAS PULGAS SOCIEDAD ANONIMA Decreto de la Provincia de SAN LUIS Nº 3092 de fecha 29 de setiembre de 1986 , el decaimiento de pleno derecho de los beneficios promocionales, el pago inmediato de los tributos no ingresados con motivo de la promoción acordada con más su actualización e intereses, el pago inmediato de los impuestos diferidos por la empresa y/o sus inversionistas y el reintegro actualizado al balance impositivo de las sumas desgravadas en el Impuesto a las Ganancias por sus inversionistas, conforme el artículo 10 incisos a, b y c del Decreto Nº 2054/92.
ARTICULO 2º Impónese a la firma LAMINADORA FORTIN LAS PULGAS SOCIEDAD ANONIMA, el pago de una multa de PESOS SESENTA MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y SIETE $ 60.957, en virtud de lo dispuesto por el artículo 17 inciso b de la Ley Nº 22.021.
ARTICULO 3º El pago de la multa deberá efectuarse en el plazo de DIEZ 10 días hábiles contados a partir del día siguiente de la notificación, debiéndose hacer efectivo, ante la DIRECCION
GENERAL DE ADMINISTRACION del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS. El solo vencimiento del plazo establecido producirá la mora de pleno derecho sin necesidad de requerimiento o interpelación alguna por parte del Fisco conforme el artículo 25 del Anexo I del Decreto Nº 805/88.
ARTICULO 4º Sirva el presente acto de suficiente título ejecutivo para el cobro de la suma establecida en el ARTICULO 2º mediante el correspondiente procedimiento de ejecución fiscal establecido en el CODIGO PROCESAL CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACION, conforme el artículo 25 del Anexo I del Decreto Nº 805/88.
ARTICULO 5º Hágase saber a la DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA y a la DIRECCION
GENERAL DE ADUANAS, ambas dependientes de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS
PUBLICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS y al Gobierno de la Provincia de SAN LUIS, a los efectos del Registro de Beneficiarios de la Ley Nº 22.021 y su modificatoria Nº 22.702.
ARTICULO 6º Notifíquese a la empresa LAMINADORA FORTIN LAS PULGAS SOCIEDAD
ANONIMA.
ARTICULO 7º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. PABLO E. GUIDOTTI, Secretario de Hacienda.
e. 13/7 Nº 283.764 v. 13/7/99

MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
Resolución Nº 695/99
Bs. As., 29/6/99
VISTO el expediente Nº 7737/98 del registro del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, y
EL PRESIDENTE DEL SERVICIO NACIONAL
DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:
ARTICULO 1º Déjase sin efecto la Licitación Pública Nº 2/98, realizada para la instalación de un comedor en la Sede Central del Organismo y la concesión del servicio de gastronomía del mismo.
ARTICULO 2º Procédase a efectuar un nuevo llamado, atento lo contemplado en el inciso 77
del Reglamento de Contrataciones aprobado por Decreto Nº 5720 del 28 de agosto de 1972.
ARTICULO 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Dr. LUIS O. BARCOS, Presidente.
e. 13/7 Nº 283.805 v. 13/7/99

MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
SUBDIRECCION GENERAL DE RECURSOS HUMANOS
Disposición Nº 323/99
Contador Público D. Luis Antonio PAROLIN - S/suspensión de los efectos de acto administrativo.
Bs. As., 6/7/99
VISTO el oficio librado con fecha 28 de junio de 1999 en los autos caratulados PAROLIN Luis A.
C/AFIP S/NULIDAD ACTO ADMINISTRATIVO - MED. NO INNOVAR. Expte. Nro. 78.269, en trámite por ante el Juzgado Federal de Primera Instancia Nro. 1 de Rosario a cargo de la Dra. Liliana ARRIBILLAGA, Secretaría Civil y Comercial, y CONSIDERANDO:
Que en dicha causa, la Jueza interviniente resolvió hacer lugar a la medida cautelar requerida por el actor suspendiendo los efectos de la Disposición Nº 463 emitida por esta Subdirección General con fecha 24 de noviembre de 1998 y las dictadas en su consecuencia.
Que asimismo, la Magistrada actuante ordenó la restitución del Contador Público D. Luis Antonio PAROLIN al cargo de Jefe Titular de la ex - División Fiscalización Externa Nº 3 actual División Fiscalización e Investigación 3 de la Región Rosario, hasta tanto se dicte sentencia firme en los autos de que se trata.
Que el cumplimiento de la referida medida judicial implica la finalización de las funciones de los Contadores Públicos D. Oscar Roberto RIOS y Da. Delia Ester ETEROVICH, quienes se vienen desempeñando en el carácter de Jefe Titular de la ex - División Fiscalización Externa Nº 3 actual División Fiscalización e Investigación 3 y de la Jefa Interina de la ex - División Fiscalización Externa Nº 1
actual División Fiscalización e Investigación 1 de la Región Rosario, respectivamente, en virtud de las designaciones efectuadas por la Disposición Nº 463/98 SGRH.
Que por otra parte, atendiendo a lo expresado por la Sra. Jueza interviniente en el penúltimo párrafo del segundo considerando del pronunciamiento de fecha 24 de junio ppdo., corresponde disponer la suspensión de las tramitaciones inherentes al llamado a concurso para la cobertura del cargo de Jefe de la ex - División Fiscalización Externa Nº 1 de la Región Rosario actual División Fiscalización e Investigación 1 instrumentado por Disposición Nº 192/99 D.P..
Que cabe introducir las modificaciones que tal situación implica.

CONSIDERANDO:
Que en el referido expediente tramita la Licitación Pública Nº 2/98 realizada para la instalación de un comedor en la Sede Central del Organismo y la concesión del servicio de gastronomía del mismo.

Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por las Disposiciones Nros. 114/97 y 122/97 AFIP, procede disponer en consecuencia.
Por ello,
Que el acto de apertura de ofertas se llevó a cabo el 15 de julio de 1998, recibiéndose DOS 2
ofertas válidas.
Que la contratación fue aprobada por unanimidad por el Consejo de Administración en la sesión del 11 de agosto de 1998.
Que como resultado de ello, la Comisión de Preadjudicaciones en su dictamen de fecha 19 de agosto de 1998 sugirió preadjudicar a la firma ORRICO S.R.L., sita en la Avenida Del Barco Centenera Nº 1436 Capital Federal, en virtud de considerar su oferta como la más conveniente.

LA SUBDIRECTORA GENERAL DE LA
SUBDIRECCION GENERAL DE RECURSOS HUMANOS
DISPONE:
ARTICULO 1º Suspender la ejecutoriedad de la Disposición Nº 463/98 SGRH, restituyendo al Contador Público D. Luis Antonio PAROLIN Legajo Nº 28.966/41 a las funciones de Jefe Titular de la División Fiscalización e Investigación 3 de la Región Rosario, en cumplimiento de lo ordenado por el Juzgado Federal de Primera Instancia Nro. 1 Secretaría Civil y Comercial de Rosario, en los autos de

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Boletín Oficial de la República Argentina del 13/07/1999 - Primera Sección

TitoloBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaeseArgentina

Data13/07/1999

Conteggio pagine32

Numero di edizioni9349

Prima edizione02/01/1989

Ultima edizione28/05/2024

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