Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 4/9/2024

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Teruel

BOP TE Número 170

4 de septiembre de 2024

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Núm. 2024-2943
EXCMO. AYUNTAMIENTO DE TERUEL
Intervención De conformidad con lo determinado en el artículo 177.2, en relación con el 169.3, del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, se publica a continuación el RESUMEN por Capítulos del Expediente número 8/2024 de Modificación de Créditos al vigente Presupuesto General por "Transferencias de crédito entre diferentes áreas de gasto Expte.
4025/2024/TE, aprobado en sesión plenaria de 29 de julio de 2024.
RESUMEN
TRANSFERENCIA POSITIVA
CAPÍTULO VI

TRANSFERENCIA NEGATIVA

199.377,38 €

CAPÍTULO V

199.377,38 €

TOTAL EXPTE. 8/24 M.C.
199.377,38 €
199.377,38 €
Teruel, 28 de agosto de 2024.
La Concejala Delegada del Area de Economía y Hacienda, Fdo.- Carmen Romero Górriz.

Núm. 2024-2953
EXCMO. AYUNTAMIENTO DE TERUEL
CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES EN MATERIA DE AYUDAS AL FOMENTO
DEL EMPRENDIMIENTO PARA AUTÓNOMOS Y MICROPYMES. AÑO 2024
BDNS: Identif.:778372
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones https www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/778372
Primero. Beneficiarios Podrán acogerse a estas ayudas los solicitantes que sean trabajadores autónomos y micropymes, de menos de diez trabajadores.
Tendrán la consideración de beneficiarios:
- Emprendedores que no hayan estado dados de alta en régimen de autónomos ni en la actividad propia en el último año.
- Relevistas empresariales, entendido como las personas que desarrollan su proyecto empresarial continuando la actividad económica de un negocio que es objeto de traspaso.
Segundo. Requisitos de los solicitantes Los solicitantes deberán acreditar el cumplimiento de los siguientes requisitos:
- Haber iniciado la actividad entre el 1 de noviembre 2023 hasta el 31 de octubre de 2024 o, en su caso, compromiso de iniciar la actividad en el plazo de 12 meses siguientes a contar desde la fecha de concesión de la subvención.
- Desarrollar la actividad objeto del proyecto a título propio.
- Tener el domicilio fiscal así como desarrollar la actividad profesional o empresarial en el municipio de Teruel.
- Que no concurra ninguna de las circunstancias a que hace referencia el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones, que impiden obtener la condición de beneficiario de la subvención.
- Que se encuentren al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias Agencia Estatal de Administración Tributaria y frente a la Seguridad Social Tesorería General de la Seguridad Social, así como de la ausencia de toda deuda pendiente de pago con la Hacienda de la Comunidad Autónoma órganos de la Administración Tributaria de la Comunidad Autónoma de Aragón, y asimismo no tener deuda pendiente de pago con el Ayuntamiento de Teruel.
Tercero. Finalidad La finalidad de esta subvención es promover el emprendimiento y el crecimiento económico en el municipio de Teruel.

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Boletín Oficial de la Provincia de Teruel del 4/9/2024

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Teruel

PaeseSpagna

Data04/09/2024

Conteggio pagine17

Numero di edizioni5863

Prima edizione02/01/2001

Ultima edizione05/12/2024

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