Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 16/3/2020

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Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 62

Lunes 16 de marzo de 2020

DECRETO
Letrada de la Administración de Justicia D MANUELA DÍAZ GUERRA
En SEVILLA, a veinticinco de mayo de dos mil dieciocho ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- FUNDACION LABORAL DE LA CONSTRUCCION, presentó demanda de frente a INVERNADEROS JARDINES DE VIATOR SL
SEGUNDO.- La demanda ha sido turnada a este Juzgado y registrada con el número 482/2018.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO.- Examinados los requisitos formales de esta demanda y de conformidad con lo dispuesto en el art 82,1 de la L.R.J.S
procede su admisión a trámite y su señalamiento por la Sra. Secretaria Judicial.
Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación, PARTE DISPOSITIVA
DISPONGO:
- Admitir la demanda presentada.
- Señalar el día TREINTA Y UNO DE MARZO DE DOS MIL VEINTE A LAS 10:20 HORAS para la celebración del acto de juicio en la sala de vistas de este Juzgado sito en AVDA. DE LA BUHAIRA, S/N, EDIF. NOGA, 1. PLANTA, SALA DE VISTAS
Nº 8, - Citar para conciliación a celebrar el mismo día A LAS 9:50 HORAS EN LA 5. PLANTASECRETARÍA, para acreditación de las partes y de su representación procesal ante el/ la Secretario/a Judicial, conforme a lo dispuesto en el art. 89.7 de la Ley 36/2011
de RJS.
Artículo 83. 83. Suspensión de los actos de conciliación y juicio.
2. Si el actor, citado en forma, no compareciese ni alegase justa causa que motive la suspensión del acto de conciliación o del juicio, el secretario judicial en el primer caso y el juez o tribunal en el segundo, le tendrán por desistido de su demanda.
3. La incomparecencia injustificada del demandado no impedirá la celebración de los actos de conciliación y juicio, continuando éste sin necesidad de declarar su rebeldía.
- La Letrada de la Administración de Justicia no está presente en el acto de la vista, conforme al art. 89 de la Ley 36/2011 Reguladora de la Jurisdicción Social.
-Dar traslado a S.S de las actuaciones, a fin de que se pronuncie sobre la prueba propuesta por el actor en su escrito de demanda.
-Dar cuenta a S.S del señalamiento efectuado a los efectos del Art. 182 LEC.
- Tener por efectuada la manifestacion de la parte actora de comparecer a juicio asistido de Letrado -Notifíquese la presente resolución, a las partes MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.
LA LETRADA DE LA ADMINISTRACI ÓN DE JUSTICIA
PROVIDENCIA DE LA MAGISTRADA - JUEZ Dña. ALICIA MÓNICA SÁNCHEZ RIZALDOS
Dada cuenta; en relación a la prueba solicitada en el SEGUNDO OTROSÍ DIGO, apartado º de la Demanda de ,Interrogatorio al representante legal de la empresa demandada, se admite la misma, y se pone en conocimiento del demandado en el momento de su citación que el actor ha solicitado prueba de su interrogatorio en la persona de su legal representante, y que en caso de admitirse ésta por el Magistrado-Juez en el acto del juicio, se podrán tener por ciertos los hechos de la demanda en que hubiera intervenido personalmente y le resultaren en todo o en parte perjudiciales , y que en caso de que el interrogatorio no se refiera a hechos personales, se admitirá su respuesta por un tercero que conozca personalmente los hechos, si la parte así lo solicita y acepta la responsabilidad de la declaración.
En relación a la prueba solicitada en el SEGUNDO OTROSÍ DIGO de la demanda apartado 2 de Documental, se admite la misma recabando la información solicitada mediante acceso al Punto Neutro Judicial y apartado 3 de Más Documental, se admite la misma librándose oficio a la empresa demandada en los términos solicitados en la demanda Notifíquese a las partes.
Contra la presente resolución cabe recurso de REPOSICIÓN ante este Juzgado de lo Social, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de TRES DÍAS hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso.
Lo mandó y firma S.S. Ante mí. Doy fe.
DILIGENCIA.- Seguidamente se cumple lo mandado. Doy fe.
Y en cumplimiento de lo mandado, cito a Vd. para que en el día y horas expresadas comparezca ante este Juzgado para celebrar el acto de conciliación y en su caso el juicio con las advertencias que en la anterior resolución se expresan.
En SEVILLA, a veinticinco de mayo de dos mil dieciocho LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
FUNDACION LABORAL DE LA CONSTRUCCION y INVERNADEROS JARDINES DE VIATOR SL
Y para que sirva de notificación al demandado INVERNADEROS JARDINES DE VIATOR SL actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Sevilla a 11 de febrero de 2020.La Letrada de la Administración de Justicia, María Belén Pascual Hernando.
8W-1164

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TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Sevilla

PaeseSpagna

Data16/03/2020

Conteggio pagine26

Numero di edizioni6939

Prima edizione02/11/1999

Ultima edizione30/11/2022

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