Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 28/10/2019

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Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 250

Lunes 28 de octubre de 2019

AUTO GENERAL DE EJECUCION
PARTE DISPOSITIVA
S.S. Iltma. DIJO: Procédase a la ejecución frente a la Empresa SOLIS MANTENIMIENTO INTEGRAL SLU con CIF Nº B-91509828, en favor del ejecutante FUNDACION LABORAL DE LA CONSTRUCCION con CIF Nº G-80468416 en cuantía de 475,28 euros de principal y en concepto de intereses y costas, se presupuestan provisionalmente 158,43 euros.
Notifíquese esta resolución a las partes, con la advertencia de que contra la misma CABE RECURSO DE REPOSICIÓN ante este Juzgado de lo Social, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de TRES DIAS HABILES contados desde el siguiente de la notificación, conforme lo preceptuado en el Art. 239.4 de la Ley 36/2011 de 10 de Octubre reguladora de la Jurisdicción Social, en el que además de alegar las infracciones en que hubiera incurrir la resolución y el cumplimiento o incumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos, podrá deducirse la oposición a la ejecución despachada aduciendo pago o cumplimiento documentalmente justificado, prescripción de la acción ejecutiva u otros hechos impeditivos, extintivos o excluyentes de la responsabilidad que se pretenda ejecutar siempre que hubieren acaecido con posterioridad a su constitución del título, no siendo la compensación de deudas admisible como causa de oposición a la ejecución.
Para la admisión del recurso deberá previamente acreditarse constitución de depósito en cuantía de 25 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado abierta en Banco Santander nº 4022-0000-64-120214, utilizando para ello el modelo oficial, debiendo indicar en el campo Concepto que se trata de un recurso seguido del código 30 y Social-Reposición, de conformidad con lo establecido en la Disposición adicional Decimoquinta de la L.O 6/1985 del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma y quienes tengan reconocido el derecho de asistencia jurídica gratuita.
Si el ingreso se efectuare por transferencia bancaria habrá de hacerse en la cuenta del Banco Santander nº ES55-0049-3569920005001274, debiendo indicar el beneficiario, Juzgado de lo Social nº Tres de Sevilla y en Observaciones se consignarán los 16 dígitos de la cuenta que componen la cuenta-expediente judicial, indicando después de estos 16 dígitos separados por un espacio el código 30 y Social-Reposición Así por este Auto, lo acuerda, manda y firma el Ilmo. Sr. MAGISTRADO-JUEZ del JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO
3 DE SEVILLA. Doy fe.
EL MAGISTRADO-JUEZ.LA LETRADA DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA
DECRETO DE EJECUCION
PARTE DISPOSITIVA
Habiéndose dictado orden general de ejecución y despacho de la misma en el que su parte dispositiva se acuerda despachar ejecución frente a la empresa SOLIS MANTENIMIENTO INTEGRAL SLU con CIF Nº B-91509828, en favor del ejecutante FUNDACION LABORAL DE LA CONSTRUCCION con CIF Nº G-80468416 en cuantía de 475,28 euros de principal y en concepto de intereses y costas, se presupuestan provisionalmente 158,43 euros, y no pudiéndose practicar diligencia de embargo, al encontrarse la ejecutada en paradero desconocido, requiérase a la parte ejecutante a fin de que, en el plazo de diez días, señale bienes, derechos y acciones propiedad de la ejecutada que puedan ser objeto de embargo.
Practíquese averiguación patrimonial integral de la ejecutada SOLIS MANTENIMIENTO INTEGRAL SLU con CIF Nº B-91509828 mediante la aplicación informática del Juzgado y consulta al Servicio de Indices CORPME a través del Punto Neutro.
Practíquese embargo mediante el Punto Neutro Judicial de cualquier saldo favorable de cuentas corrientes a la vista de cuyo titular resulte la ejecutada SOLIS MANTENIMIENTO INTEGRAL SLU con CIF Nº B-91509828 como consecuencia de la averiguación patrimonial integral practicada.
Igualmente, se acuerda el embargo mediante la aplicación informática respecto a la ejecutada SOLIS MANTENIMIENTO
INTEGRAL SLU con CIF Nº B-91509828 sobre cualquier devolución de IVA u otra cantidad pendiente de ser abonada a la ejecutada por la Agencia Tributaria, debiéndose transferir la cantidad resultante del embargo a la cuenta de este Juzgado.
Requiérase a la parte ejecutada SOLIS MANTENIMIENTO INTEGRAL SLU con CIF Nº B-91509828, para que en el plazo de diez días designen bienes suficientes para hacer frente a la presente ejecución, con expresión, en su caso, de cargas gravámenes, así como en el caso de bienes inmuebles, si están ocupados, porque personas y con que título, bajo el apercibimiento de poder imponer multas coercitivas de no responder al presente requerimiento.
Hágase saber a las partes que, de conformidad con lo establecido en el artículo 155.5 de la LEC, si cambiasen su domicilio, número de teléfono, fax, dirección de correo electrónico o similares siempre que estos últimos esté siendo utilizados como instrumentos de comunicación con la oficina judicial durante la sustanciación del proceso, lo comunicarán inmediatamente a la misma Notifíquese esta resolución junto con el Auto de orden general de ejecución a la empresa ejecutada SOLIS MANTENIMIENTO INTEGRAL SLU con CIF Nº B-91509828 mediante Edicto que se publicará en el BOP de Sevilla, advirtiéndole que tiene a su disposición en la Secretaría del Juzgado la documentación relativa a la presente ejecución a los efectos legales oportunos.
Procédase, a la anotación de la ejecución despachada en el Registro Público Concursal, una vez se disponga de la aplicación informática necesaria de conformidad con lo establecido en el Art. 551 de la L.E.C.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra esta resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse en el plazo de TRES DIAS Art. 188 de la Ley 36/2011, reguladora de la Jurisdicción Social hábiles, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente y, deberá constituir y acreditar al tiempo de la interposición el DEPÓSITO para recurrir de VEINTICINCO EUROS, mediante su ingreso en la Cuenta de Consignaciones de este Juzgado en el Banco Santander Nº 4022-0000-64-120214 para la salvo que el recurrente sea: Beneficiario de justicia gratuita, el Ministerio Fiscal, el Estado, Comunidad Autónoma, entidad local u organismo autónomo dependiente. Sin cuyos requisitos NO SE ADMITIRÁ A TRÁMITE el recurso, y todo ello conforme a lo dispuesto en los arts. 451, 452 y concordantes LEC y la Disposición Adicional Decimoquinta de la LOPJ.
Así lo acuerdo y firmo.
LA LETRADA DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA
Y para que sirva de notificación al demandado SOLIS MANTENIMIENTO INTEGRAL SLU actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE SEVILLA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Sevilla a 20 de mayo de 2019.La Letrada de la Administración de Justicia, María Auxiliadora Ariza Fernández.
34W-7454

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Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 28/10/2019

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Sevilla

PaeseSpagna

Data28/10/2019

Conteggio pagine38

Numero di edizioni6939

Prima edizione02/11/1999

Ultima edizione30/11/2022

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