Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 12/3/2018

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla

Lunes 12 de marzo de 2018

Número 58

JUNTA DE ANDALUCÍA

Consejería de Economía y Conocimiento - Consejería de Empleo, Empresa y Comercio
Delegación Territorial en Sevilla Convenio o acuerdo: Pepsico Foods AIE. Delegación de Sevilla.
Expediente: 41/01/0119/2017.
Fecha: 20 de diciembre de 2017.
Asunto: Resolución de inscripción y publicación.
Destinatario: Daniel Barrera Fernández Código: 41100171012013.
Visto el Convenio Colectivo de la Empresa Pepsico Foods AIE Delegación de Sevilla, Código 41100171012013, suscrito por la referida entidad y la representación legal de los trabajadores, con vigencia desde el 1 de enero de 2017 a 31 de diciembre de 2017.
Visto lo dispuesto en el art. 90.2 del Real Decreto Legislativo 2/2015 de 23 de octubre E.T., de acuerdo con el cual, los convenios deberán ser presentados ante la autoridad laboral, a los solos efectos de su registro.
Visto lo dispuesto en los arts. 2, 6 y 8 del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósitos de Convenios y Acuerdos Colectivos de trabajo, serán objeto de inscripción en los Registros de Convenios y Acuerdos colectivo de trabajo de las autoridades laborales los convenios elaborados conforme a lo establecido en el Título III del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores Real Decreto Legislativo 2/2015 de 23 de octubre, sus revisiones, modificaciones y/o prórrogas, acuerdos de comisiones paritarias, acuerdos de adhesión a un convenio en vigor, acuerdos de Planes de Igualdad y otros.
Visto lo dispuesto en los arts. 3, 6 y 8 del RD 713/2010 de 28 de mayo, Real Decreto 4043/82, de 29 de diciembre, sobre Traspaso de Funciones y Servicios de la Administración del Estado a la Junta de Andalucía en materia de Trabajo y el Decreto 342/2012
de 31 de julio, que regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía. Es competencia de esta Delegación Territorial dictar la presente resolución de conformidad con lo dispuesto en la disposición transitoria única del Decreto de la Presidenta 12/2015, de 17 de junio, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, en relación con el Decreto 210/2015, de 14 de julio, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio.
Esta Delegación Territorial, acuerda:
Primero.Registrar y ordenar el depósito del Convenio Colectivo Empresa Pepsico Foods AIE Delegación de Sevilla, Código 41100171012013, suscrito por la referida Entidad y la representación legal de los trabajadores, con vigencia desde el 1 de enero de 2017 a 31 de diciembre de 2017.
Segundo.Disponer su publicación gratuita en el Boletín Oficial de la provincia.
Sevilla a 20 de diciembre de 2017.El Delegado Territorial, Juan Borrego Romero.
CONVENIO COLECTIVO PEPSICO FOODS AIE. AÑO 2017.DELEGACIÓN DE SEVILLA

Capítulo I
Condiciones generales Artículo 1.Ámbito personal.
Este convenio se aplicará a la totalidad de los trabajadores y trabajadoras que presten sus servicios en el centro de trabajo indicado en el artículo siguiente y que tengan reconocida alguno de los grupos profesionales que se describen en el artículo 5.º del presente Convenio Colectivo.
Artículo 2.Ámbito territorial.
El presente convenio será de aplicación a la delegación de ventas que la empresa Pepsico Foods AIE tiene actualmente en Sevilla.
Artículo 3.Ámbito temporal.
El presente Convenio Colectivo se extenderá su vigencia desde el 1 de enero del 2017 hasta el 31 de diciembre de 2017.
Al término de su vigencia, cualquiera de las partes podrá denunciar a la otra mediante escrito. Dicha denuncia deberá efectuarse con una antelación mínima de un mes antes de la expiración del mismo, o de cualquiera de sus prórrogas.
A 31 de diciembre de 2017 el convenio colectivo quedará prorrogado tácitamente, según lo previsto en el mismo, continuándose su aplicación, salvo en materia de revisión salarial, hasta la firma de un nuevo convenio que lo sustituya.
Artículo 4.Unidad de convenio.
Las condiciones pactadas en el presente convenio constituyen un todo orgánico e indivisible. Por dicho motivo, el convenio será nulo y quedará sin efecto, en su totalidad, de ser anulado o modificado por resolución administrativa o judicial, cualquier pacto contenido en el mismo.
Capítulo II
Grupos profesionales Artículo 5.Grupos profesionales.
Con objeto de actualizar el anterior sistema de clasificación profesional y de dar cumplimiento a lo establecido en el art. 22.
1 del Estatuto de los Trabajadores, se acuerda establecer el siguiente sistema de clasificación profesional por grupos profesionales, existiendo 2 grupos Profesionales: Grupo 1 y Grupo 2, que a su vez englobará los niveles profesionales y salariales existentes. Los grupos profesionales proporcionan homogeneidad en cuanto al encuadramiento profesional agrupando una serie de descripciones de tareas, funciones y especialidades así como aptitudes, y contenidos generales de las prestaciones.

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Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 12/3/2018

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Sevilla

PaeseSpagna

Data12/03/2018

Conteggio pagine46

Numero di edizioni6939

Prima edizione02/11/1999

Ultima edizione30/11/2022

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