Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 28/4/2000

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla

Viernes 28 de abril de 2000

Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla. Número 97

de Servicios, no dedica la referida vivienda a domicilio habitual y permanente, incurriendo por ello en la causa de desahucio establecida en el art. 138.6, del Reglamento citado anteriormente.La Instructora de Actuaciones, María del Mar Gutiérrez Rodríguez.

Delegación Provincial de Sevilla Expediente de desahucio núm. 139/99
De las resultas de diligencias previas incoadas contra don Juan José Coca del Barrio, por la vivienda denunciada en las actuaciones de referencia y en virtud de atribuciones que me confieren los capítulos VI y VII del Decreto 2.114/68, de 24 de julio, aprobatorios del Reglamento de Viviendas de Protección Oficial, Decreto 1.929/76, de 2 de abril, Decreto 2.960/76, de 12 de noviembre, aprobatorio del Texto Refundido de Legislación de Viviendas de Protección Oficial, Ley 24/77, de 1 de abril e instrucción núm.
47 D.G.V., todo ello en relación con el Decreto 3.481/83 de 29 de diciembre, sobre transferencias de Servicios a la Junta de Andalucía, se notifica a don Juan José Coca del Barrio que como consecuencia de tales hechos, he acordado la incoación del expediente de desahucio, bajo la nomenclatura V/P-x-SE-139/99, por infracción al régimen legal de viviendas de protección oficial.
He designado respectivamente, Instructora y Secretaria del expediente a doña María del Mar Gutiérrez Rodríguez y doña María del Carmen Araujo Gómez.El Delegado Provincial, José Jurado Marcelo.
Pliego de cargos Que como consecuencia del expediente de desahucio núm. 139/99, se formula pliego de cargos contra don Juan José Coca del Barrio, conforme a lo regulado en el art. 142
del Reglamento de V.P.O. de 24 de julio de 1968, bajo apercibimiento de que si no es contestado en el plazo de cuatro días hábiles a partir del siguiente al de su notificación, se dará por evacuado el trámite siguiendo su curso el expediente, conforme a la O.M. de 19 de enero de 1978, que establece el trámite de urgencias en estos expedientes.
Cargo: Que como titular de la vivienda sita en barriada El Chorreadero, c/ Meridiana núm. 6 de Puebla de Cazalla Sevilla, promovida por la Consejería de Obras Públicas, según Decreto 3481/83, de 29 de diciembre, sobre transferencia de servicios, no dedica la referida vivienda a domicilio habitual y permanente, incurriendo por ello en la causa de desahucio establecida en el art. 138.6 del Reglamento citado anteriormente.La Instructora de Actuaciones, María del Mar Gutiérrez Rodríguez.
43-N. 821

4455

forme a lo establecido en el Título III del referido Estatuto, sus revisiones y los acuerdos de adhesión a un convenio en vigor.
Esta Delegación Provincial de la Consejería de Trabajo e Industria de la Junta de Andalucía, acuerda:
Primero.Registrar el Convenio Colectivo para el Personal Laboral del Excmo. Ayuntamiento de Bormujos.
Segundo.Remitir el mencionado Convenio al CMAC
para su depósito.
Tercero.Comunicar este acuerdo a las representaciones económica y social de la Comisión Negociadora, en cumplimiento del artículo 3 del Real Decreto 1040/81, de 22 de mayo.
Cuarto.Disponer su publicación gratuita en el Boletín Oficial de la provincia.
Sevilla, 28 de septiembre de 1999.La Delegada Provincial, María José Fernández Muñoz.
ACTA FINAL DEL CONVENIO COLECTIVO ENTRE EL AYUNTAMIENTO
DE BORMUJOS Y SU PERSONAL LABORAL PARA 1998-1999
Reunidos en Bormujos a 3 de diciembre de 1998, los componentes de la Comisión Negociadora que a continuación se relacionan:
POR EL AYUNTAMIENTO:
- D. Baldomero Gaviño Campos Alcalde, que actúa como Presidente de dicha Comisión.
- D. Joaquín Domínguez Ruiz, en su condición de Concejal Delegado de Personal.
Asesor:
- D. José Antonio Montaño Rodríguez.
Representantes de los trabajadores:
- D. José Antonio Tellado Librero CC.OO..
- D. Isidoro Acevedo Gordillo CC.OO..
- D. Jesús Franco Vázquez CC.OO..
Las partes tomaron los siguientes acuerdos:
- Incremento del 1,8% de todos los conceptos retributivos para el año 1999.
- Aprobar el texto definitivo del Convenio Colectivo para el Personal Laboral del Ayuntamiento.
- Remitir el texto al Pleno Municipal, para su aprobación.
Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, firman la presente acta, en el lugar y fecha anteriormente indicados. Siguen las firmas.
CONVENIO COLECTIVO DEL PERSONAL LABORAL
DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE BORMUJOS

Consejería de Trabajo e Industria
Delegación Provincial de Sevilla Visto el Convenio Colectivo para el Personal Laboral del Excmo. Ayuntamiento de Bormujos Código: 4103422, suscrito por la empresa y la representación legal de sus trabajadores, con vigencia desde el 1-1-98 al 31-12-99.
Visto lo dispuesto en el art. 90 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, en relación con el Real Decreto 1040/81, de 22 de mayo, los convenios deberán ser presentados ante la autoridad laboral a los solos efectos de su registro, publicación en el Boletín Oficial de la provincia y remisión, para su depósito, al Centro de Mediación, Arbitraje y Conciliación CMAC.
Visto lo dispuesto en el art. 2.b del Real Decreto 1040/81, de 22 de mayo, que dispone que serán objeto de inscripción en los Registros de Convenios de cada una de las Delegaciones de Trabajo los convenios elaborados con-

CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Art. 1.- Objeto.
El presente acuerdo establece y regula las condiciones de trabajo y normas sociales para el personal laboral al servicio del Ayuntamiento de Bormujos.
Art. 2.- Ámbito personal.
1.- Las normas contenidas en el presente convenio son de aplicación a todos los trabajadores/as tantos fijos, eventuales y de temporada vinculados con el Ayuntamiento por un contrato de trabajo.
No estarán afectados por el presente texto los trabajadores contratados con cargo al P.E.R., Monitores de Curso de Formación, y otros trabajadores cuyos contratos se deriven de subvenciones de otras Administraciones Públicas.
2.- Los acuerdos, disposiciones, decretos y normas municipales, en tanto no contradigan lo establecidos en el presente convenio, serán de aplicación a los trabajadores en lo que sea más favorable.

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla del 28/4/2000

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Sevilla

PaeseSpagna

Data28/04/2000

Conteggio pagine64

Numero di edizioni6939

Prima edizione02/11/1999

Ultima edizione30/11/2022

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