Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 3/4/2025

Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

BOLETIN
OFICIAL

ABRIL

PROVINCIA DE SANTA FE CUNA DE LA CONSTITUCION
Año CVII / Santa Fe, Jueves 3 de Abril de 2025 /

LEY PROVINCIAL

REGISTRADA BAJO EL N.º 14398

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY

ARTÍCULO 1..- Autorízase al Poder Ejecutivo a suscribir el "Convenio Marco de Colaboración entre YPF S.A. y la Provincia de Santa Fe", cuyo modelo obra como ANEXO ÚNICO de la presente.
ARTÍCULO 2.- Autorízase al Poder Ejecutivo a suscribir los convenios específicos que resulten necesarios para la puesta en marcha de las acciones de colaboración previstas en el "Convenio Marco de Colaboración entre YPF S.A. y la Provincia de Santa Fe", al que refiere el artículo 1.
ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS VEINTE DÍAS DEL MES DE MARZO DEL
AÑO DOS MIL VEINTICINCO.
CLARA GARCIA
PRESIDENTA
CÁMARA DE DIPUTADAS
Y DIPUTADOS
FELIPE MICHILIG
PRESIDENTE PROVISIONAL
CÁMARA DE SENADORES
MARÍA PAULA SALARI
SECRETARIA PARLAMENTARIA
CÁMARA DE DIPUTADAS
Y DIPUTADOS
AGUSTÍN C. LEMOS
SECRETARIO LEGISLATIVO
CÁMARA DE SENADORES

CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN ENTRE YPF S.A. Y LA
PROVINCIA DE SANTA FE
Entre la PROVINCIA DE SANTA FE, representada en este acto por con domicilio en la calle de la Ciudad de Provincia de Santa Fe en adelante, la "Provincia", por una parte, y, por la otra, YPF S.A. CUIT N 30-54668997-9, representada en este acto por . D.N.I. N.
9 con domicilio en la calle Macacha Gemes N 515 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en adelante, "YPF" y conjuntamente con la Provincia, las Partes", acuerdan celebrar el presente convenio marco de colaboración en adelante, el "Convenio", sujeto a los términos y condiciones que seguidamente se detallan:

CONSIDERANDO:
Que la Provincia de Santa Fe, situada en la región pampeana de Argentina, se caracteriza por su gran extensión territorial y su relevancia tanto geográfica como económica, Con 133.007 kilómetros cuadrados, representa el 4,7% de la superficie total del país. Esta provincia se destaca por su ubicación estratégica a Lo largo del Río Paraná, uno de los ríos más importantes de Sudamérica. Santa Fe tiene un rol fundamental en la economía de Argentina, ya que es uno de los motores productivos del país. Constituye uno de los principales polos agroindustriales de América Latina destacándose en sectores clave como la agroindustria, la producción láctea, la ganadería, la industria metalúrgica y también en los sectores logístico y de servicios. En términos de infraestructura vial, Santa Fe posee una extensa red de rutas nacionales, provinciales y caminos rurales que conectan a sus diferentes localidades y la vinculan con otras provincias y regiones del país.
Que YPF es una empresa líder en la República Argentina en el rubro de la energía y, en particular, en materia de explotación, industrialización y comercialización de hidrocarburos y sus derivados -directos e indirectos, incluyendo combustibles, lubricantes y productos petroquímicos, entre otros productos.

LEYES DECRETOS
LICITACIONES
AVISOS OFICIALES

RegistroNacional delaPropiedad IntelectualNº122358
27719


Aparece los días hábiles
EDICION DE 68 PAGINAS

Que ambas Partes han identificado múltiples oportunidades de trabajo conjunto mediante el desarrollo de proyectos de mutuo interés en el ámbito territorial de la Provincia, aprovechando las sinergias en base a sus respectivas capacidades e intereses, y con el propósito de alcanzar objetivos de bien común para los habitantes de la misma.
POR CONSIGUIENTE, LAS PARTES ACUERDAN LO SIGUIENTE: ARTICULO 1:
El presente Convenio tiene como objetivo establecer los parámetros y condiciones generales que regirán la colaboración entre las Partes para el desarrollo de proyectos de interés mutuo, orientados a brindar, directa o indirectamente, un servicio a la comunidad dentro del territorio de la Provincia.
En este contexto, las Partes se comprometen a brindarse apoyo mutuo para alcanzar los objetivos establecidos en el Convenio, sin que esto implique la obligación de celebrar uno o más acuerdos específicos.
La colaboración prevista en el presente Convenio podrá incluir el eventual asesoramiento y transferencia de información técnica y de negocio que cada Parte estuviera dispuesta a compartir con la otra. A tales efectos, las Partes podrán, de común acuerdo, realizar análisis de factibilidad y conveniencia y, eventualmente, desarrollar otros proyectos que pudieran ser identificados como de interés de las Partes durante a vigencia del presente Convenio.
ARTÍCULO II:
Las áreas comprendidas bajo el presente Convenio, en cuyo marco las Partes acuerdan realizar análisis de factibilidad y conveniencia y, eventualmente, desarrollar proyectos de mutuo interés son las siguientes:
i Abastecimiento, gestión y control de flotas vehiculares pertenecientes a los distintos Ministerios y organismos públicos de la Provincia a través de una plataforma tecnológica diseñada al electo;
ii Provisión de asfaltos y/u otros insumos necesarios para la realización de tareas de conservación y mantenimiento de los tramos de rutas para el desarrollo de las actividades productivas de la Provincia;
iii Asesoramiento para el desarrollo y tratamiento superficial de caminos rurales previamente estabilizados, incluyendo trazas secundarias y terciarias, mediante la provisión de emulsiones en condiciones preferenciales, con el fin del desarrollo productivo de las diferentes localidades de la Provincia;
iv Continuar el vínculo de explotación comercial de las Áreas de Servicios ubicadas en los kilómetros 29 y 101 de la Autopista AP-01 Santa Fe - Rosario "Brigadier General Estanislao López" en adelante, las "Áreas de Servicios", comprometiéndose el concesionario a llevar a cabo una renovación integral de las infraestructuras existentes, con el fin de adecuarías a las normativas vigentes y mejorar la calidad de los servicios prestados a los usuarios.
iv Construcción y posterior puesta en operación de una tercera área de servicios en el km 5 de la Autopista AP-01 Santa Fe Rosario Brigadier General Estanislao López. La construcción de esta nueva área podrá iniciarse una vez iniciada la ejecución del tercer carril de la autopista, desde el km O hasta la ciudad de San Lorenzo, lo que podría generar un importante impacto en la movilidad de vehículos livianos.
Una vez concluido este tramo, se dará inicio a la construcción de la tercera área de servicios, destinada a vehículos livianos y equipada con los combustibles necesarios para su correcto abastecimiento. Las características de esta nueva instalación serán similares a las existentes, aunque se adaptarán a las necesidades del mercado en cuanto a la oferta de combustibles.
En este proceso, se tendrán en cuenta factores clave, como la conveniencia de su ubicación y los posibles impactos que podría generar una disminución en el consumo de combustible en las áreas de servicio ya existente sobre la traza, debido a la apertura de esta nueva estación. La nueva área de servicios se ubicará en un terreno de la provincia de Santa Fe, en el km 5 de la mencionada autopista.
v Provisión de combustibles líquidos, lubricantes, fertilizantes y agroquímicos destinados a la explotación agrícola y/o industrial en zonas productivas de la Provincia, lo que también pueden incluir el
Los documentos que se inserten en el Boletin Oficial serán tenidos como auténticos por el efecto de su publicación Artículo 8º / Ley 1799

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 3/4/2025

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

PaeseArgentina

Data03/04/2025

Conteggio pagine68

Numero di edizioni919

Prima edizione03/05/2002

Ultima edizione11/07/2025

Scarica questa edizione

Altre edizioni

<<<Abril 2025>>>
DLMMJVS
12345
6789101112
13141516171819
20212223242526
27282930