Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 6/12/2024

Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

BOLETIN
OFICIAL

DICIEMBRE

PROVINCIA DE SANTA FE CUNA DE LA CONSTITUCION
Año CVI / Santa Fe, Viernes 6 de Diciembre de 2024 /

LEY PROVINCIAL

REGISTRADA BAJO EL N.º 14304

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:

ARTÍCULO 1.- Objeto. Institúyese el día 26 de agosto como el "Día de la Constitución Provincial", en virtud de la aprobación del Estatuto Provisional de 1819, primera Constitución Provincial del país.
ARTÍCULO 2.- Actividades educativas. Incorpórase la conmemoración del "Día de la Constitución Provincial" en todos los niveles de educación pública y privada de la Provincia, así como la implementación de actividades educativas tendientes a promover la importancia del Estatuto de 1819.
ARTÍCULO 3.- Actividades turísticas. Inclúyese en los circuitos turísticos de carácter histórico elaborados por la Provincia la difusión y concientización de la sanción del Estatuto.
ARTÍCULO 4.- Autoridad de Aplicación. Es autoridad de aplicación el Ministerio de Gobierno e Innovación Pública o el organismo que en un futuro lo reemplace.
ARTÍCULO 5.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DELA PROVINCIA DE SANTA FE, EL DÍA VEINTIUNO DEL MES DENOVIEMBRE
DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO.
CLARA GARCIA
PRESIDENTA
CÁMARA DE DIPUTADAS
Y DIPUTADOS

MARIA PAULA SALARI
SECRETARIA PARLAMENTARIA
CÁMARA DE DIPUTADAS
Y DIPUTADOS

GISELA SCAGLIA
PRESIDENTE
CÁMARA DE SENADORES

AGUSTÍN C. LEMOS
SECRETARIO LEGISLATIVO
CÁMARA DE SENADORES

SANTA FE, 05 DIC. 2024

La aprobación de la Ley que antecede Nº 14304 efectuada por la H. Legislatura;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:

Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General deLeyes con el sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por todos a quienescorresponde observarla y hacerla observar.

44784

RegistroNacional delaPropiedad IntelectualNº122358


Aparece los días hábiles
27643

EDICION DE 50 PAGINAS

REGISTRADA BAJO EL N.º 14305

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:

ARTÍCULO 1- Institúyese el día 17 de septiembre como el Día Provincial de la Seguridad del Paciente", en correspondencia con el Día Mundial de la Seguridad del Paciente, establecido en la 72º Asamblea Mundial de la Salud celebrada en el año 2019.
ARTÍCULO 2.- Dispónese la realización de campañas y actividades que contribuyan a la difusión, el intercambio y el fomento con el objetivo de promover una agenda que busque la cultura de la seguridad del paciente en el diseño y la prestación del servicio de salud. Se debe convocar la participación de sociedades científicas, instituciones académicas y de investigación, organizaciones, funcionarios, equipos de salud, personas usuarias y representantes de la comunidad, para compartir experiencias y lecciones aprendidas que hayan mejorado sistemas y prácticas asistenciales.
ARTÍCULO 3.- La autoridad de aplicación de la presente ley es el Ministerio de Salud de la provincia de Santa Fe o el organismo que en el futuro lo reemplace.
ARTÍCULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, EL DÍA VEINTIUNO DEL MES DE NOVIEMBRE
DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO.
CLARA GARCIA
PRESIDENTA
CÁMARA DE DIPUTADAS
Y DIPUTADOS

MARIA PAULA SALARI
SECRETARIA PARLAMENTARIA
CÁMARA DE DIPUTADAS
Y DIPUTADOS

GISELA SCAGLIA
PRESIDENTE
CÁMARA DE SENADORES

AGUSTÍN C. LEMOS
SECRETARIO LEGISLATIVO
CÁMARA DE SENADORES

DECRETO N.º 2553

DECRETO N.º 2552
VISTO:

LEYES DECRETOS
LICITACIONES
AVISOS OFICIALES

PULLARO
Bastía Fabián Lionell
SANTA FE, 05 DE DIC. 2024
VISTO:
La aprobación de la Ley que antecede Nº 14305 efectuada por la H. Legislatura;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:

Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.
PULLARO
Bastía Fabián Lionel 44785


REGISTRADA BAJO EL N.º 14306

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:

ARTÍCULO 1. - Objeto. Institúyese con carácter de Fiesta Provincial la "Fiesta de la Chopera", realizada anualmente en el mes de enero en la ciudad de Santa Fe, departamento La Capital.
ARTÍCULO 2. - Sede. Declárase a la ciudad de Santa Fe, departamento La Capital, como sede permanente de la Fiesta de la Chopera.
ARTÍCULO 3. - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Los documentos que se inserten en el Boletin Oficial serán tenidos como auténticos por el efecto de su publicación Artículo 8º / Ley 1799

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 6/12/2024

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Santa Fe

PaeseArgentina

Data06/12/2024

Conteggio pagine50

Numero di edizioni864

Prima edizione03/05/2002

Ultima edizione14/03/2025

Scarica questa edizione

Altre edizioni

<<<Diciembre 2024>>>
DLMMJVS
1234567
891011121314
15161718192021
22232425262728
293031