Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe del 5/8/2024
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe
BOLETIN OFICIAL / LUNES 5 DE AGOSTO DE 2024
bién será prorrogada como corresponda. El Licitante podrá negarse a la solicitud sin por ello perder su Garantía de Mantenimiento de la Oferta. No se pedirá a los Licitantes que accedan a la prórroga, ni que modifiquen su oferta ni se les autorizará para hacerlo.
ART. 9.- ACEPTACION DE LAS PROPUESTAS: Las sumas propuestas no serán el único criterio a tener en cuenta para la adjudicación, la Comuna se reserva el derecho de aceptar la oferta que considere más conveniente a sus intereses o rechazarlas a todas sin lugar a reclamo alguno, o hacer uso de la facultad estipulada en el ART.11º.
ART. 10.- IMPUGNACIONES: Los oferentes tendrán derecho a tomar vista de lo actuado en los actos licitatorios en que hubieren formulado propuesta durante el día siguiente hábil a la apertura de la licitación, concurriendo para tal fin a la dependencia municipal donde se hubiere realizado el acto pudiendo dentro de los 2 dos días hábiles siguientes al vencimiento del término anterior, presentar las impugnaciones que estimare procedentes, las que serán resueltas por el área Legal Comunal.
Las impugnaciones deberán ser presentadas cada una de ellas por escrito en papel sellado por la Comuna, exponiendo las razones de hecho y de derecho en que se funden.
Los escritos serán presentados en la Mesa General de Entrada de la Comuna.
Las impugnaciones a las propuestas de terceros o a los actos licitatorios no fundadas o carentes de importancia que a juicio del Departamento Ejecutivo hayan tenido el propósito de entorpecer el trámite de la adjudicación, harán pasible a quien la haya formulado de la pérdida del depósito en garantía de su oferta, sin perjuicio de disponerse su suspensión por hasta doce 12 meses en el Padrón Comunal de Proveedores. El papel sellado se solicita en la Administración de la Comuna de Cañada Rosquín, sita en Simón de Iriondo Nº 786 C.P. 2454 Cañada Rosquín Santa Fe.
ART. 11.- COMPARACIÓN DE OFERTAS: Si entre las propuestas presentadas y admisibles hubiera dos o más igualmente ventajosas y convenientes que las demás a criterio de la Comuna de Cañada Rosquín, se podrá llamar a mejora de precios en propuesta cerrada entre esos proponentes exclusivamente.
ART. 12.- INTERPRETACIÓN Y APLICACIÓN: En caso en que en el pliego de condiciones particulares se fijen cláusulas que se contradigan con las especificaciones del pliego de condiciones generales, prevalecerán las estipuladas en el primero de los nombrados.
ART. 13.- PERDIDA DEL DEPOSITO EN GARANTIA: Si antes de resolverse la adjudicación y dentro del plazo de mantenimiento de las propuestas éstas fueren retiradas, el oferente perderá el depósito en garantía.
En caso de incumplimiento del o los oferentes, y/o adjudicatarios, o retiro indebido de las ofertas, el Depósito en Garantía se tomará como pago parcial y a cuenta de los daños y perjuicios definitivos que sufra la administración.
La garantía se exige para proteger al Comprador contra el riesgo de incumplimiento por parte del licitante.
ART. 14.- DEVOLUCION DE LOS DEPOSITOS: Una vez resuelta la licitación, se devolverá la garantía a aquellos proponentes cuyas ofertas no hayan sido aceptadas, sin que éstos tengan derecho a reclamar indemnización alguna por la no adjudicación. Dichos depósitos deberán ser retirados dentro del plazo máximo de tres meses contados desde la resolución de la adjudicación, transcurrido dicho término, caducará administrativamente todo derecho, procediéndose a la apropiación de fondos cuando corresponda según la forma de constitución del depósito. En caso de reclamo dentro de los términos fijados por la ley común para la prescripción, la devolución se afectará al cálculo de recursos.
Cumplida la entrega de lo adjudicado y demás responsabilidades emergentes de la contratación, a pedido del adjudicatario y con autorización de la repartición solicitante, la Comuna de Cañada Rosquín procederá a la devolución del depósito en garantía, con intervención de la Secretaría correspondiente.
ART. 15.- DOMICILIO DE LOS OFERENTES: Las cuestiones emergentes del presente pliego de condiciones y/o de la ejecución del contrato de provisión y suministro de bienes serán sometidas en todos los casos a la jurisdicción de los tribunales competentes de la ciudad de San Jorge, con exclusión de todo otro fuero, incluso el federal, que pudiera corresponder.
ART. 16.- CUENTA CORRIENTE BANCARIA O CAJA DE AHORRO: El adjudicatario deberá declarar una cuenta corriente o caja de ahorro, que se encuentre abierta en un Banco, o bien declarar que en caso de corresponder se remitirá a la Administración Comunal, sita en calle Simón de Iriondo Nº 786 C.P. 2454 Cañada Rosquín Santa Fe a los fines de recibir los pagos por parte del comprador.
ART. 17.- FORMA DE PAGO, PLAZO Y CONDICIONES DE ENTREGA: La Secretaría de Hacienda realizará los pagos únicamente mediante cheque o transferencia bancaria en la cuenta del adjudicado, efectivizando el único o primer pago a partir de los 15 días de la fecha de entrega de lo adjudicado o fecha de la factura, no pudiendo ser esta anterior a la primera.
El oferente deberá retener a disposición de la Comuna los materiales adjudicados, por un plazo de hasta 6 meses, contados a partir del certificado de inicio de obra y replanteo de obra, los que serán entregados
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según requerimiento de la Comuna, el que podrá ser por todo o parte. La entrega será con envíos parciales y descarga en obra, debiendo considerarse por cada descarga de Hormigón elaborado de 20 m3, un tiempo de 1.5 a 2 horas. Aquellas ofertas que no contemplen la forma de entrega de los bienes según lo detallado precedentemente serán consideradas en segunda instancia.
ART. 18.- LUGAR DE ENTREGA: La entrega de los materiales adjudicados deberá efectuarse en el lugar que oportunamente indique la COMUNA DE CAÑADA ROSQUIN corriendo por parte del adjudicatario el flete, acarreo, descarga, seguro y demás gastos que origine el traslado de los mismos.
ART. 19.- OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO: La falta de cumplimiento de las presentes cláusulas por parte del adjudicatario, lo hará pasible de la sanción que establezca la Comisión Comunal, que podrá llegar a la pérdida total del depósito en garantía, importe éste que sin demora ingresará a la Receptoría Comunal.
ART. 20.- DE LA LEY ORGANICA DE LAS COMUNAS N 2439:
Cuando la Comuna fuere condenada al pago de una deuda cualquiera, la corporación arbitrará dentro de los 6 seis meses siguientes a la notificación de la sentencia respectiva, la forma de verificar el pago. Esta prescripción formará parte integrante, bajo pena de nulidad, de todo acto o contrato que las autoridades comunales celebren en representación del municipio y deberá ser trascripto en toda escritura pública o contrato que se celebre con particulares ART. 21.- DECLARACIÓN JURADA: El oferente deberá agregar en su oferta una declaración jurada en la cual declare que no se encuentra en las siguientes situaciones:
Haber sido declarado en quiebra mediante al auto judicial respectivo.
Encontrarse en concurso preventivo.
Pertenecer a la planta del personal comunal, en cualquiera de sus formas de contratación, dentro del término de 2 años después de haber cesado en funciones.
Estar inhibido.
Estar condenado por delito contra la fe pública.
Pertenecer al directorio, socios comanditados, y socios gerentes respectivamente de Sociedades Anónimas, Sociedades En Comandita por Acciones y Sociedades de Responsabilidad Limitada, de empresas sancionadas en el Padrón de Proveedores.
CAÑADA ROSQUÍN, Departamento San Martín, Provincia de Santa Fe, a los veintitrés días del mes de Julio del año dos mil veinticuatro.
$ 24.000 524495 Ago. 01 Ago. 14
MUNICIPALIDAD DE PUEBLO ESTHER
LICITACIÓN PÚBLICA 04/2024
OBJETO: Pliego de bases y condiciones de contratación de seguros.
Apertura: Viernes 16 de Agosto de 2024, a las 09.00 horas, en el Centro Cultural - España 1181, de la ciudad de Pueblo Esther.
Recepción de ofertas: Viernes 16 de Junio de 2024 hasta las 08.00
horas, en el Edificio Municipal - Juan Domingo Perón 1835, Pueblo Esther.Valor del Pliego: $20.000 pesos veinte mil.Recepción de la Oferta: Hasta 1 una hora antes de la apertura.Informes: Teléfono: 03402-499049 interno 261 contacto@puebloesther.gob.ar $ 500
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Jul. 31 Ag. 13
COMUNA DE MATILDE
LICITACION PÚBLICA N 02/2024
Ordenanza N 748/2024
OBJETO: Dispóngase la venta de 5 Cinco inmuebles de propiedad comunal 1. Lote N 1: 09-36-00 095711/0001-4 - Manz 0009 -00007- Medidas:
11.50 mts. frente calle Córdoba x 30,00 mts. fondo - U$D 10.000,00.2. Lote N 2: 09-36-00 095711/0002-3 - Manz 0009 - 00008 - Medidas:
11.50 mts. frente calle Córdoba x 30,00 mts. fondo - U$D 10.000,00.3. Lote N 3: 09-36-00 095711/0003-2 - Manz 0009 - 00009 - Medidas:
12.00 mts. frente calle Córdoba x 30,00 mts. fondo calle Ecuador - U$D
10.000,00.4. Lote N 4: 09-36-00 09571110004-1 - Manz 0009 - 00010 - Medidas:
10.00 mts. frente calle Ecuador x 35,00 mts. fondo - U$D 10.000,00.5. Lote N 4: 09-36-00 09571110005-0 - Manz 0009 - 00011 - Medidas:
10.00 mts. frente calle Ecuador x 35,00 mts. fondoU$D 10.000,00.VENTA DE PLIEGOS: en la Comuna de Matilde a partir del día 29 de Julio de 2024 hasta el día 14 de Agosto de 2024 a las 09.00 hs.
RECEPCIÓN DE LAS OFERTAS: hasta las 09.30 hs. del día 14 de Agosto de 2024.APERTURA DE LAS PROPUESTAS: 10 hs. del 14 de Agosto de 2024.LUGAR: Comuna de MATILDE, sita en calle SANTA FE 616 de la localidad de MATILDE. CONSULTAS: Sede administrativa Comuna de MA-