Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 26/7/2016

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

BOLETIN OFICIAL
corresponda, dése al Boletín Oficial y cumplido, ARCHIVESE.C.P. LUCIANA ALTOBELO
Directora Ejecutiva Agencia Santacruceña de Ingresos Públicos _______

DIPOSICIONES
S.E.M.
DISPOSICION Nº 207
RIO GALLEGOS, 12 de Julio de 2016.VISTO:
El Expediente Nº 408.669/SAMA/08, caratulado:
ROBERTO SAMA Y SANTIAGO SAMA, en el cual se tramita una Mina de Oro y Plata, denominada:
TAJAMAR, Lote: 19, Fracción: C, Zona de San Julián, Departamento: Magallanes de la Provincia de Santa Cruz y;
CONSIDERANDO:
Que mediante Escritura Número Veintiséis de fecha 27 de Mayo del año 2015 se realizó el Registro de Manifestación de Oro y Plata denominado TAJAMAR a favor de ROBERTO SAMA Y SANTIAGO
SAMA.Que a fs. 96 y ss. con fecha 24 de Junio de 2015 el titular de la empresa presentó Labor Legal.
Que a fs. 104 con fecha 15 de Julio de 2015, los titulares fueron notificados por treinta 30 días hábiles, para brindar la información técnica bajo apercibimiento de aplicar lo estipulado en el Artículo Nº 71 del Código Minero.Que a fs. 107 los titulares solicitan una prórroga de 100 días para presentar un nuevo Informe de Labor Legal.Que a fs. 109 se les concede a los titulares los 100
días de la prórroga solicitada y que se han vencido los plazos previstos en el Art. 71º del Código de Minería.Que ante este incumplimiento el Código prevé que la Autoridad declare caducos los derechos del descubridor y las minas pedidas por el serán registradas en calidad de Vacante según lo establecido en el Artículo 71º del Código de Minería.POR ELLO:
EL SECRETARIO DE ESTADO DE
MINERIA AUTORIDAD MINERA
EN PRIMERA INSTANCIA
D I S P O N E:
Artículo 1º.- TÉNGASE por CADUCO la concesión de la Mina TAJAMAR, que ROBERTO SAMA
Y SANTIAGO SAMA, gestionan bajo Expediente N408.669/SAMA/08.Artículo 2º.-INSCRÍBASE en el Padrón Minero de esta Provincia como VACANTE la mina de referencia.Artículo 3º.-ANÓTESE por marginal la vacancia de la mina: Nº 408.669/SAMA/08 TAJAMAR, en el Registro correspondiente.Artículo 4º.-PUBLIQUESE por el término de un 1 día en el Boletín Oficial y por cinco 05 días hábiles en pizarra la presente Disposición.Artículo 5.-REGÍSTRESE Protocolícese, tómese nota por Dirección Provincial de Escribanía de Minas Registro Protocolar, gírese a la Dirección Provincial de Gestión Ambiental y a la Dirección General de Catastro Minero a sus efectos, notifíquese a los interesados, dése copia a Fiscalía de Estado, cumplido ARCHÍVESE.GUILLERMO BILARDO
Secretario de Estado de Minería Autoridad Minera en Primera Instancia Provincia de Santa Cruz Registrado hoy doce de julio del año dos mil dieciséis bajo el número doscientos siete y protocolizado a la
ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
b.o. nº 5057 DE 10 PAGINAS

RIO GALLEGOS, 26 de Julio de 2016.fecha al folio número doscientos setenta y nueve y doscientos ochenta del presente Protocolo de Disposiciones.- CONSTE.
Esc. JAQUELINA EDITH SZACHRAJ
Directora Pcial. de Escribanía de Minas Secretaría de Estado de Minería Provincia de Santa Cruz ________
DISPOSICION Nº 168
RIO GALLEGOS, 02 de Junio de 2016.VISTO:
El Expediente 422.993/YP/12, cuyo titular es YACIMIENTOS PATAGONICOS S.A., en el cual se tramita una Mina de Oro y Plata, denominada:
MARTIN IX, Lotes Nº 17-16-28-29, Sección:
4, Departamento: Deseado, zona cabo blanco de la Provincia de Santa Cruz y;
CONSIDERANDO:
Que el Sr. Jorge Abbate apoderado del expediente de referencia ha formulado el desistimiento del presente con fecha 27 de Abril de 2016 y que obra en autos a fs. 83;
POR ELLO:
EL SECRETARIO DE ESTADO DE
MINERIA AUTORIDAD MINERA
EN PRIMERA INSTANCIA
D I S P O N E:
Artículo 1º.-: TÉNGASE por DESISTIDA la tramitación de la Mina: MARTIN IX, que la empresa YACIMIENTOS PATAGONICOS S.A., gestiona bajo Expediente N 422.993/YP/12.Artículo 2º.-: INSCRÍBASE en el Padrón Minero de esta Provincia como vacante la mina de referencia.Artículo 3º.-: ANÓTESE por marginal la vacancia de la mina: N 422.993/YP/12 MARTIN IX, en el Registro correspondiente.Artículo 4º.-: PUBLÍQUESE por el término de un 1 día en el Boletín Oficial y por cinco 05 días en pizarra la presente Disposición.Artículo 5º.-: REGÍSTRESE Protocolícese, tómese nota por Dirección Provincial de Escribanía de Minas Registro Protocolar, gírese a la Dirección Provincial de Gestión Ambiental y a la Dirección General de Catastro Minero a sus efectos, notifíquese al interesado, dése copia a Fiscalía de Estado, cumplido, ARCHÍVESE.GUILLERMO BILARDO
Secretario de Estado de Minería Autoridad Minera en Primera Instancia Provincia de Santa Cruz Registrado hoy dos de Junio del año dos mil dieciséis bajo el número ciento sesenta y ocho y protocolizado a la fecha al folio número doscientos veintidós del presente Protocolo de Disposiciones.- CONSTE.Esc. JAQUELINA EDITH SZACHRAJ
Escribana de Minas Provincia de Santa Cruz ________

DIPOSICIONES
D.P.R.H.
DISPOSICION Nº 011
RIO GALLEGOS, Marzo 13 de 2015.VISTO:
El Expediente N 488.430/2011 1ro. 2do. y 3er.
cuerpo, iniciado por la Dirección Provincial de
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Recursos Hídricos; y CONSIDERANDO:
Que mediante nota enviada por la Empresa Transportadora Gas del Sur S.A., solicita autorización para la renovación del permiso para captación de agua del pozo denominado PT 002, con fines de abastecimiento poblacional;
Que el pozo se encuentra ubicado en las coordenadas 463953,9 S, 675634,26 en la Planta Compresora Pico Truncado I;
Que obra en el expediente, estudio hidrogeológico, perfiles, diseño de pozo y ensayo de bombeo, referentes al punto de captación mencionado;
Que la dotación se ha fijado en un volumen de trece con veinticinco metros cúbicos por día 13,25 m3/día, en función de las personas afectadas al yacimiento, tareas de mantenimiento y riego, por un periodo de doce 12 meses;
Que obra informe técnico a fojas Nro. 489 , del expediente de referencia;
Que el uso que se le dará al agua extraída, será catalogado como uso de abastecimiento poblacional, por lo que se deberá cumplimentar con lo establecido en la Disposición Nro. 020/13 de la Ley 1451;
Que mediante Ley Nº 2625 promulgada por Decreto Nº 1949, de fecha 2 de Agosto de 2002 se designa al Consejo Agrario Provincial, Autoridad de Aplicación de la Ley N 1451, el que, mediante Resolución N
998/2002 delega dicha función a la Dirección Provincial de Recursos Hídricos dependiente de ese Organismo;
Que para ello se hace necesario dictar el instrumento legal correspondiente;
POR ELLO:
LA DIRECTORA PROVINCIAL DE
RECURSOS HÍDRICOS
DISPONE:
1º Renovar el permiso a la empresa Transportadora Gas Del Sur S.A. con domicilio construido en calle Chacabuco Nro. 78 , de la ciudad de Río Gallegos, Santa Cruz para la extracción de agua de pozo denominado PT 002 ubicado en las coordenadas 463953,9 S, 675634,26 de la Planta Compresora Pico Truncado I
2º Que la dotación de agua que se autoriza será de trece con veinticinco metros cúbicos día 13,25 m3/d, por un período de doce 12 meses, a partir del 1 de abril del 2015.
3º Que el agua utilizada tendrá carácter de uso de abastecimiento poblacional, por lo que la empresa deberá dar cumplimiento al pago del canon correspondiente el que se encuentra establecido en la Disposición Nro.
020/13 Sistema Tarifario por uso especial de agua de la Ley 1451.
4º Que la empresa deberá presentar ante las oficinas de esta Dirección Provincial, la lectura del caudalímetro, en forma mensual, en carácter de Declaración Jurada.
5º Que el pago del canon deberá hacerse efectivo mediante depósito en el Banco Santa Cruz, a la cuenta CAP-Fondo de terceros, Suc. Río Gallegos previa conformidad de esta Autoridad de Aplicación y de acuerdo al valor establecido.
6º Dar cumplimiento a lo establecido en la Disposición 03/03, de la Ley 1451 Preservación de los Recursos Hídricos en la explotación con destino industrial.
7º Facultar a técnicos, designados a tales efectos, de la Dirección Provincial de Recursos Hídricos, a efectuar inspecciones sin necesidad de previo aviso y cuando así lo consideren conveniente.
8º Que esta Dirección Provincial podrá revocar el permiso otorgado en los casos que crea conveniente, ante la detección de anomalías que pudieran afectar negativamente al recurso o ante el incumplimiento de la normativa Vigente.
9º Que tal lo establece el Artículo 40 de la Ley Nro. 1451, el solicitante deberá publicar, a su cargo, por tres días en el Boletín Oficial su presentación con la respectiva Disposición emanada de esta Dirección

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 26/7/2016

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

PaeseArgentina

Data26/07/2016

Conteggio pagine10

Numero di edizioni1654

Prima edizione19/02/2002

Ultima edizione21/03/2023

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