Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 10/11/2015

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

Página 4

RIO GALLEGOS, 10 de Noviembre de 2015.-

DECRETOS DEL
PODER EJECUTIVO
DECRETO Nº 0001
RIO GALLEGOS, 05 de Enero de 2015.VISTO:
Los Decretos Nros. 005/12, de fecha 4 de Enero del año 2012, los Decretos modificatorios 466/12, 1885/12, 2646/12, normas complementarias; y los Decretos Nros. 0003/13, 187/13, 877/13 y 0003/14, dictados por el Poder Ejecutivo Provincial; y CONSIDERANDO:
Que mediante las piezas legales citadas en el visto, el Poder Ejecutivo Provincial ordenó una serie de medidas conducentes a contener el gasto público y optimizar los recursos del Estado, de modo tal de reorganizar los egresos dinerarios propios de su funcionamiento, controlar al manejo financiero y fiscalizar las erogaciones corrientes, la contratación de personal, y las adquisiciones de bienes y servicios de toda la Administración Pública Central, Entes Autárquicos, Descentralizados y Sociedades del Estado y Sociedades Anónimas con participación Estatal Mayoritaria;
Que habiéndose fijado el plazo temporal de vigencia conforme reza el Artículo 1º del Decreto Nº 0003/14, resulta necesario el dictado del presente a los efectos de mantener vigentes dichas disposiciones por un término similar a regir en el presente ejercicio financiero, con el objeto de seguir manteniendo un control responsable y eficiente del gasto público;
Que sin prejuicio de prolongar dichas directivas, en esta oportunidad resulta necesario dinamizar el ingreso de profesionales de la salud contemplados en la Ley de carrera Profesional Sanitaria Nº 1795
y modificatorias, a efectos de optimizar el funcionamiento de los Hospitales Provinciales, siendo necesario para ello adecuar lo dispuesto en el Artículo 6
del Decreto Nº 005/12 y modificatorios;
Que el Artículo 119 Inciso 18 de la Constitución Provincial, faculta al Poder Ejecutivo de la Provincia a tomar todas las medidas necesarias para el buen orden de la Administración y los servicios;
Por ello, y atento a Nota SLyT-GOB-Nº 1566/14, emitida por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1º.- EXTIÉNDASE la vigencia de las medidas dispuestas mediante el Decreto Nº 005/12, sus modificatorios, y normas complementarias, los cuales regirán hasta el día 31 de diciembre del año 2015.Artículo 2º.- MODIFÍCASE el Artículo 6º del Decreto Provincial Nº 005/12 y modificatorios, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
ARTÍCULO 6º: La posesión de empleo bajo cualquier circunstancia no prevista en las excepciones contempladas en el presente Decreto, no dará lugar al reconocimiento de servicios prestados, siendo responsables en forma personal y exclusiva de tales prestaciones de servicios irregulares los funcionarios autorizantes.
Sin perjuicio de lo expuesto, quedarán exceptuadas las designaciones de profesionales de la Salud comprendidos en la Ley de Carrera Profesional Sanitaria Nº 1795 y modificatorias, resultando suficiente a los fines de dar inicio a la relación laboral la autorización expresa del señor Ministro de Salud y del señor Director del Hospital al que el profesional quedará afectado.Artículo 3º.- INVÍTASE a los Poderes Legislativos y Judicial, y a las Municipalidades de la Provincia a dictar normas similares al presente.Artículo 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Economía y Obras Públicas.-

ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
b.o. nº 4986 DE 16 PAGINAS

Artículo 5º.- PASE a Jefatura de Gabinete de Ministros y a los Ministerios de Gobierno, de Economía y Obras Públicas, de la Producción, de Salud, de Desarrollo Social, de la Secretaría General de la Gobernación, al Consejo Provincial de Educación a sus efectos, tomen conocimientos Entes Autárquicos, Descentralizados, Empresas y Sociedades del Estado, Sociedades Anónimas con participación Estatal Mayoritaria, Poderes Legislativos y Judicial, Municipalidades, Dirección Provincial de Recursos Humanos, Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.Sr. PERALTA - C.P.N. Edgardo Raúl Valfré ________
DECRETO Nº 0016
RIO GALLEGOS, 12 de Enero de 2015.VISTO:
El Expediente MEOP-N 404.013/15, elevado por el Ministerio de Economía y Obras Públicas; y CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo se tramita la ratificación del Convenio de Asistencia Financiera suscripto con fecha 8 de enero del año 2015, entre el Ministerio de Economía y Obras Públicas, representado por su titular, el C.P.N. Edgardo Raúl VALFRE por una parte y por la otra la Municipalidad de Río Gallegos representada por el Sr. Intendente, Don Raúl Alberto CANTIN, el cual forma parte integrante del presente;
Que el citado convenio tiene por objeto la entrega de un Aporte Reintegrable, por la suma de PESOS VEINTE MILLONES $ 20.000.000,00 por parte de este Ministerio, a la Municipalidad de Río Gallegos a fin de afrontar el pago de los salarios de Diciembre de 2014 del Personal Municipal, con el compromiso de ser reintegrados en cuanto se reciba la asistencia financiera correspondiente gestionada por el Municipio de la Jefatura de Gabinete de Ministro de la Nación;
Por ello y atento al Dictamen CAJ-Nº 044/15, emitido por la Coordinación de Asuntos Jurídicos, obrante a fojas 09 y vta. y a Nota SLyT-GOB-Nº 069/15, emitida por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 12;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1.- RATÍFICASE el Convenio de Asistencia Financiera suscripto con fecha 8 de enero del año 2015, entre el Ministerio de Economía y Obras Públicas, representado por su titular, el C.P.N. Edgardo Raúl VALFRE por una parte y por la otra la Municipalidad de Río Gallegos representada por el Sr. Intendente, Don Raúl Alberto CANTIN, el cual forma parte del mismo y en un todo de acuerdo a lo expuesto en los considerandos del presente.Artículo 2º.- OTÓRGASE un Aporte Reintegrable a favor de la Municipalidad de Río Gallegos, hasta la suma de PESOS VEINTE MILLONES
$ 20.000.000.Artículo 3º.- ABÓNESE a la Municipalidad de Río Gallegos a través de la Tesorería General de la Provincia, la suma indicada en el Artículo 1º.Artículo 4º.- El gasto que demande la presente, será atendido con cargo al ANEXO: Obligaciones a Cargo del Tesoro - ITEM: Obligaciones al Cargo del Tesoro - CARÁCTER: Administración General - FINALIDAD: Administración Gubernamental - FUNCION: Administración General - SUBFUNCION: Dirección Superior Ejecutiva - SECCION:
Erogaciones de Capital - SECTOR: Inversión Financiera - PARTIDA PRINCIPAL: Inversión Financiera - PARTIDA PARCIAL: Préstamos a Corto Plazo - PARTIDA SUBPARCIAL: Préstamos a Corto Plazo a Municipalidades - Adelanto a Municipios y Otros Entes Comunales - MUNICIPALIDAD DE RIO
GALLEGOS - $ 20.000.000,00 del Ejercicio 2015
- Prórroga 2014.Artículo 5º.- El presente Decreto será refrendado
BOLETIN OFICIAL
por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Economía y Obras Públicas.Artículo 6.- PASE al Ministerio de Economía y Obras Públicas a sus efectos, tomen conocimiento Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.Sr. PERALTA - C.P.N. Edgardo Raúl Valfré ________
DECRETO Nº 0027
RIO GALLEGOS, 16 de Enero de 2015.VISTO:
El Expediente MG-Nº 503.345/15, elevado por el Ministerio de Gobierno; y CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo se propicia ratificar en todos sus términos el CONVENIO MARCO DE
ADHESIÓN AL PROGRAMA FEDERAL DE
COLABORACIÓN Y ASISTENCIA PARA LA
SEGURIDAD, suscripto entre el Ministerio de Seguridad de la Nación, representado por su titular Lic. María Cecilia RODRIGUEZ y la Provincia de Santa Cruz, representada en este acto por el Gobernador, señor Daniel Román PERALTA y el CONVENIO ESPECÍFICO PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL PROGRAMA FEDERAL DE
COLABORACIÓN Y ASISTENCIA PARA LA
SEGURIDAD, suscripto entre el Ministerio de Seguridad de la Nación, representado por su titular Dr.
Gonzalo RUANOVA y la Provincia de Santa Cruz, representada en este acto por el señor Ministro de Gobierno Ingeniero Gustavo Ernesto MARTINEZ, los cuales forman parte integrante del presente;
Que el Convenio Específico, tiene como objetivo establecer la vinculación de las partes con el objetivo de poner a disposición las herramientas y recursos tendientes a la cooperación y asistencia para la promoción de políticas públicas en materia de seguridad a fin que coadyuven al combate del delito y la criminalidad y permitan asimismo generar ámbitos de coordinación y relación interjuridiccional;
Que a efectos de implementar tales medidas el Ministerio de Seguridad de la Nación, aprueba la solicitud de Asistencia por la suma de PESOS TRES
MILLONES QUINIENTOS MIL $ 3.500.000,00, que se hará efectivo atento a los rubros establecidos en la Cláusula Segunda y comunica que se transferirá los fondos, en base a las disponibilidades presupuestarias del Ministerio de Seguridad de la Nación y conforme a las responsabilidades asignadas en el Anexo I del Decreto Nº 1177/13;
Que la Dirección Provincial de Administración, Despacho y Control de Gestión del Ministerio de Gobierno, certifica que a fojas 42, la existencia de los citados fondos a la fecha, los cuales serán afectados a la adquisición de a vehículos destinados a tareas de seguridad pública, b Equipamiento de seguridad para el personal policial, c Sistemas de Información equipamiento tecnológico para el fortalecimiento de las áreas de investigación criminal;
Que a efectos de su utilización, resulta necesaria la incorporación de los fondos al presupuesto en vigencia;
Que el Artículo 11 de la Ley Nº 3397, faculta al Poder Ejecutivo a realizar dicha modificación;
Por ello y atento al Dictamen AL-Nº 46/15, emitido por Asesoría Letrada, obrante a fojas 63 y a Nota SLyT-GOB-Nº 0045/15, emitida por Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 72;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1º.- RATIFICASE, en todos sus términos el CONVENIO MARCO DE ADHESIÓN
AL PROGRAMA FEDERAL DE COLABORACIÓN Y ASISTENCIA PARA LA SEGURIDAD, suscripto entre el Ministerio de Seguridad de la Nación, representado por su titular Licenciada María Cecilia RODRIGUEZ y la Provincia de Santa

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 10/11/2015

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

PaeseArgentina

Data10/11/2015

Conteggio pagine16

Numero di edizioni1654

Prima edizione19/02/2002

Ultima edizione21/03/2023

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