Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 20/3/2024

Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Marzo, 20 de 2024.-

Boletín Oficial Nº 33
3

ARTÍCULO 1º.- Téngase por aceptada, con retroactividad al 27 de Febrero del año 2023 la Renuncia presentada por la Sra. JUDITH ANALÍA
MARTÍNEZ, D.N.I. N 38.655.188, LEGAJO N 22.176 al grado de Agente del Cuerpo Servicios Auxiliares - Escalafón Oficinista de Policía de la Provincia de Jujuy, conforme las previsiones del artículo 32 inc. II de la Ley Orgánica Policial Nº 3.757/81 y artículo 104 inc. a de la Ley del Personal Policial Nº 3.758/81.ARTÍCULO 2º.- Convalidase la Resolución N 389-DP/23 de fecha 15 de Febrero del año 2023.ARTÍCULO 3º.- Por Policía de la Provincia, notifíquese al funcionario con sujeción al procedimiento marcado por el capítulo III, artículo 5 0 y concordantes de la Ley N 1886/48.ARTÍCULO 4º.- Previa toma de razón por Fiscalía de Estado, Comuníquese, Publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial. Siga a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Pase sucesivamente a Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Presupuesto, Dirección Provincial de Personal y Policía de la Provincia, para conocimiento. Cumplido, vuelva al Ministerio de Seguridad a sus efectos.C.P.N. CARLOS ALBERTO SADIR
GOBERNADOR
DECRETO Nº 246-DH/2024.EXPTE. Nº 765-72/2024 .SAN SALVADOR DE JUJUY, 19 FEB. 2024.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Rectifiquese parcialmente el Artículo 1º inc. h del Decreto N 127-DH/2023, el que quedará redactado de la siguiente manera:
"ARTÍCULO 1º.- Designase a partir del 10 de Diciembre de 2023, a los funcionarios dependientes del Ministerio de Desarrollo Humano, que seguidamente se nominan, en los cargos que en cada caso se indican
h Sra. MARÍA EUGENIA ARROYO, D.N.I. N 28.036.357, Coordinadora de Calidad de Vida de la Secretaría de Desarrollo Integral, con una remuneración equivalente a Sub-Director del Poder Ejecutivo.q Señor JUAN ANDRÉS PINIELLA, D.N.I. N 27.110.394, Coordinador de Administración de la Sub Dirección de Presupuesto y Administración con una remuneración equivalente a Sub-Director del Poder Ejecutivo."
ARTÍCULO 2º.- A consecuencia de la rectificatoria del Articulo Nº 1, modifíquese el Articulo N 2, el que quedará redactado de la siguiente manera:
"ARTÍCULO 2º.- Concédase Licencia Sin Goce de Haberes, mientras se desempeñen los cargos individualizados en el Articulo Nº 1 del presente Decreto, en las Categorías de la Planta Permanente que a continuación se detallan:
NOMBRE
Juan Andrés Pinella
CATEGORÍA
04

ESCALAFÓN
General
U.D.O.
S 13-A Ministerio de Desarrollo Humano
ARTÍCULO 3º.- Previa toma de razón por Fiscalía de Estado, comuníquese, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial. Siga a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Pase sucesivamente a Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Presupuesto, Dirección Provincial de Personal y Jefatura de Gabinete de Ministros para conocimiento. Cumplido, vuelva al Ministerio de Desarrollo Humano a sus efectos.C.P.N. CARLOS ALBERTO SADIR
GOBERNADOR
DECRETO Nº 247-DH/2024.EXPTE. Nº 765-73/2024.SAN SALVADOR DE JUJUY, 19 FEB. 2024.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Rectifiquese parcialmente el Artículo 1º inciso f del Decreto N 128-DH/2023, el que quedará redactado de la siguiente manera:
"ARTÍCULO 1º.- Designase a partir del 10 de Diciembre de 2023, a los funcionarios dependientes del Ministerio de Desarrollo Humano, que seguidamente se nominan, en los cargos que en cada caso se indican:
f Abogada ELISA ADRIANA CAMACHO, D.N.I. N 28.157.266, Coordinadora de la Línea 102 de la Dirección Provincial de Niñez, Adolescencia y Familia, con una remuneración equivalente a Director General del Poder Ejecutivo".
ARTICULO 2º.- Previa toma de razón por Fiscalía de Estado, comuníquese, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial. Siga a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Pase sucesivamente a Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Presupuesto, Dirección Provincial de Personal, Jefatura de Gabinete de Ministros y Oficina Anticorrupción para conocimiento. Cumplido, vuelva al Ministerio de D esarrollo Humano a sus efectos.C.P.N. CARLOS ALBERTO SADIR
GOBERNADOR
DECRETO N 268-MS/2024.EXPTE. N 1414-1524/2023.SAN SALVADOR DE JUJUY, 22 FEB. 2024.EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Dispónese, a partir de la fecha de notificación del presente Decreto, el pase a situación de Disponibilidad del SUB OFICIAL MAYOR CARLOS
ENRIQUE ARJONA, D.N.I. N 22.188.158, Legajo N 13.401, de acuerde; a las previsiones del artículo 930 inc. c de la Ley N 3.758/81 modificado por Decretos N 2.810-G/01 y N 7.482- M S/22.-

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 20/3/2024

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaeseArgentina

Data20/03/2024

Conteggio pagine31

Numero di edizioni1199

Prima edizione10/01/2018

Ultima edizione21/05/2024

Scarica questa edizione

Altre edizioni

<<<Marzo 2024>>>
DLMMJVS
12
3456789
10111213141516
17181920212223
24252627282930
31