Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 25/9/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy

Septiembre, 25 de 2020.-

Boletín Oficial Nº 115

55.134/15: Prescripción adquisitiva de inmuebles: Cruz, Rumalda Adolfa c/ Condorí, Nazario dos cuerpos y los expedientes agregados Nº C- 21.325/14: Medidas preparatorias a la prescripción adquisitiva: Cruz, Rumalda Adolfa c/ Quienes se consideren con derecho, Estado Provincial y Condorí Cussi, Nazario; C-37.646/15: Prescripción Adquisitiva de inmueble en C-17.861/13: Zapana, Justo; Zapana Leocadio; Zapana, Delia y Zapana, Elva c/ Yurquina, Isidro Ofracio dos cuerpos y el Nº C-17.861/13: Medidas preparatorias a la prescripción adquisitiva: Zapana, Justo; Zapana, Leocadio; Zapana, Delia y Zapana, Delia c/ Yurquina, Isidro Ofracio de la Vocalía Nº 5 de la Sala II en lo Civil y Comercial y luego de deliberar, El Dr. Mateo dijo: Tal es mi voto. El Dr. Alsina dijo: Por idénticos fundamentos que los expresados, me pronuncio en el mismo sentido de Presidencia de Trámite. La Dra. Sapag dijo Comparto los fundamentos vertidos y adhiero a la solución que se propicia Por lo expuesto, la Sala II de la Cámara en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy, Resuelve: 1. Hacer lugar a la demanda ordinaria por prescripción adquisitiva de dominio articulada por Rumalda Adolfa Cruz D.N.I. Nº 16.384.586 en contra de Nazario Condorí Cusi. En consecuencia, declarar que por la posesión de veinte años ha adquirido la propiedad del inmueble individualizado como: J654, Circunscripción 1, Sección 3, Matrícula J-3808, Parcela s/nº, ubicado en Avenida Los Rosales s/nº del Barrio la Mereced, Humahuaca, Departamento Humahuaca, Provincia de Jujuy de 1 hectárea, 1.437,17 metros cuadrados conforme al plano aprobado por Resolución N
13.473 de fecha 16/07/13.- 2. Imponer las costas por el orden causado y diferir la regulación de los honorarios profesionales.- 3. Ordenar la publicación de la parte dispositiva de la sentencia conforme lo exige el artículo 541, en las condiciones previstas en los artículos 531 y 532 de la Ley Nº 5.486.- 4. Firme y ejecutoriada disponer la inscripción del dominio a nombre de Rumalda Adolfa Cruz D.N.I. Nº 16.384.586, a cuyo efecto se extenderá testimonio de la parte dispositiva, la que por oficio se remitirá a la Dirección General de Inmuebles y luego se entregará como título a la usucapiente.- 5. Notificar por cédula a las partes y a C.A.P.S.A.P. a sus efectos, haciendo saber que oportunamente se deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución General Nº 443/89 de la Dirección General de Rentas de la Provincia, protocolícese y oportunamente archívese. Dr. Enrique Rogelio MateoDaniel AlsinaMaría Del Huerto SapagJuez - Ante Mi Dra. Marcela VilteSecretaria.- Publíquese en el Boletín Oficial y un Diario Local por tres veces en cinco días.- S.S. de Jujuy, 11 de Septiembre de 2020.25/28/30 SEPT. LIQ. Nº 21216 $801,00.Dra. Alejandra María Luz Caballero, Presidente de Trámite de la Cámara en lo Civil y Comercial, Sala III, Vocalía nº 8 a cargo de la Dra. Liliana E. Chorolque, en el Expte. Nº C-99283/17- caratuladoPrescripción Adquisitiva de Inmuebles: BARJA APAZA, ANDREA MARIA c/ SUCESION DE ENRIQUE ZABALA, hace saber a quienes se consideren con derecho sobre el inmueble individualizado como Matrícula B-9759, Padrón B7104, Circunscripción 2, Sección 2, Manzana 26B, Parcela 6, ubicado en Avenida La Bandera nº 159, Perico, Departamento El Carmen, Provincia de Jujuy, se ha dictado la siguiente providencia: San Salvador de Jujuy, 29 de noviembre de 2019.- 1. 2. Atento lo solicitado por el prescribiente a fs. 101 y a fin de la debida traba de la Litis art. 530 de la Ley nº 5486, confiérese traslado de la demanda ordinaria por prescripción adquisitiva del inmueble individualizado como Matrícula B-9759, Padrón B-7104, Circunscripción 2, Sección 2, Manzana 26B, Parcela 6, ubicado en Avenida La Bandera nº 159, Perico, Departamento El Carmen, Provincia de Jujuy, a los posibles herederos de ENRIQUE ALBERTO ZABALA, D.N.I. nº 0.225.002 y a quienes se consideren con derecho, en la forma de estilo, en la forma de estilo, por el plazo de Quince 15 Días y bajo apercibimiento de tenerla por contestada si no lo hiciere art. 298 del C.P.C., Art. 531º del C.P.C. - Conf. modificación Ley 5486.- A tales fines, líbrese edictos que se publicarán por tres veces, dentro de un período de cinco días, en el Boletín Oficial y un diario local del lugar del inmueble a usucapir.- Ordénase, asimismo, la exhibición de los edictos en el local del Juzgado de Paz de Ciudad Perico, Departamento de El Carmen, Provincia de Jujuy y en la Comisión Municipal de la misma localidad. Trasmitir mediante radiodifusión local durante treinta 30 días, debiendo acreditarse con la certificación respectiva conf. Art. 535º del C.P.C.- modif. Ley 5486.- 34 Fdo. Dra. Alejandra María Luz Caballero-Pte. de Trámite. Ante mí: Dra. Liliana E. Chorolque. Secretaria.- Publíquese en el Boletín Oficial y en un Diario local, tres veces en el término de cinco días.- San Salvador de Jujuy, 13 de diciembre del 2019.25/28/30 SEPT. LIQ. Nº 21243-21244-21245 $801,00.Ref. Expte. Nº C-143855/2019, caratulado: Prescripción Adquisitiva de Inmuebles en Exp. Principal C-104125/2017: CONDORI JUAN; MACIAS ASUNCION c/ PARDIÑAS
DE BUSTAMANTE ACME DORA; BUSTAMANTE CARLOS RAMIRO; y OTROS.Cámara Civil y ComercialSala IIVocalía 6, citase y emplazase a quienes consideren con derecho sobre el inmueble individualizado como Padrón B-8533. Circunscripción 3, Sección 5, Manzana 59, Parcela 5, Matricula B-3854 del Departamento El Carmen, de la titularidad registral de los Sres. ACME DORA PARDIÑAS DE BUSTAMANTE, CARLOS RAMIRO
BUSTAMANTE, RENE GABRIEL BUSTAMANTE, ERNESTO RODOLFO ROJO, MARIA
ELSA BUSTAMANTE a fin de que tome conocimiento del presente juicio y si consideran afectados sus derechos pida participación como demandado, dentro del termino de Quince Días hábiles, bajo apercibimiento de presumir que su incomparecencia no afecta sus derechos.Publíquense Edictos por un día en el Boletín Oficial y en un diario local por tres veces en cinco días.- Dra. Agustina P. TaglioliProsecretaria.- San Salvador de Jujuy, 04 de Mayo de 2020.25 SEPT. LIQ. Nº 21201 $267,00.-

EDICTOS DE NOTIFICACION

Dra. Alejandra María Luz Caballero, Presidente de Trámite de la Cámara en lo Civil y Comercial, Sala III, Vocalía n 8 a cargo de la Dra. Liliana E. Chorolque, en el Expte. C55302/16, caratulado Cumplimiento de Contrato: TEJERINA, DELIA LEONARDA c/
GARECA, PABLO LEONARDO hace saber al Sr. PABLO LEONARDO CARECA, que se ha dictado la siguiente providencia: San Salvador de Jujuy, 30 de octubre de 2019.- 1.- 2.
Habiéndose dado cumplimiento con las previsiones del art. 162 del C.P.C. y atento lo solicitado a fs. 26, líbrense edictos para la notificación de PABLO LEONARDO GARECA del auto de fs.
12, los que se publicarán en el Boletín Oficial y un diario local, por tres veces en cinco días, y haciéndose constar que los plazos serán contados a partir del décimo día posterior a la última publicación de los mismos, y que las copias para traslado se encuentran a disposición de los
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mismos, en Secretaria de esta Vocalía n 8. 3. Notifíquese art. 155 del C.P.C..- Fdo. Dra.
Alejandra María Luz Caballero. Pte. de Trámite. Ante mí: Dra. Liliana E. ChorolqueSecretaria." Transcripción de fs. 12.- San Salvador de Jujuy, 12 de julio del 2016.- 1. Por presentado el Dr. Fernando José Román, constituido domicilio legal por parte, en nombre y representación de la Sra. DELIA LEONARDA TEJERINA, a mérito de la copia juramentada de Poder General para Juicios, agregada a fs. 02/02 y vlta. de autos y por promovida demanda por daños y perjuicios, la que tramitará en conformidad a las normas del juicio ordinario oral art.
294 y ss. del C.P.C..- 2. Confiérese traslado de la demanda instaurada al accionado, Sr.
PABLO LEONARDO GARECA, en la forma de estilo, por el plazo de quince 15 días y bajo apercibimiento de tenerla por contestada si no lo hiciere art. 298 del C.P.C..- 3. Intímasele para que en igual término, constituya domicilio dentro de los tres kms. del asiento de esta Sala, bajo apercibimiento de considerarse notificadas por Ministerio de ley todas las resoluciones posteriores art. 52 del C.P.C..- 4.- 5. Notifíquese art. 155/6 del C.P.C..- Fdo. Dra. Alejandra M. L. CaballeroPte. de trámite, ante mí Dra. Liliana E. ChorolqueSecretaria.- Publíquese en el Boletín Oficial y en un Diario local, tres veces en el término de cinco días.- San Salvador de Jujuy, 07 de noviembre del 2019.23/25/28 SEPT. LIQ. N 21227 $801,00.En cumplimiento de lo dispuesto mediante Resolución Nº 078/2020-SCA de fecha 04 de mayo 2020, emitida por la Secretaría de Calidad Ambiental de la Provincia en los autos Expte. Nº 1101-14-M-2020, MINERA EXAR S.A. comunica que se encuentra a disposición del público en general para su consulta, el Estudio de Impacto Ambiental Detallado EIA del proyecto ABASTECIMIENTO DE AGUA DE USO MINERO AL PROYECTO CAUCHARIOLAROZ DE MINERA EXAR S.A., realizado según los mas exigentes estándares internacionales de ambiente, calidad y seguridad, a construirse en los Salares de OlarozCauchari, Departamento de Susques, región Puna de la Provincia de Jujuy, el mismo forma parte del proyecto minero CauchariOlaroz que cuenta con aprobación de los Informes de Impacto Ambiental de Exploración y de Explotaciónsegún Rs. DMyRE Nº 008/2017 y Rs.
DMyRE Nº 010/2017- por parte de la autoridad de aplicación minera, y tiene por finalidad realizar el abastecimiento de agua de uso minero para las actividades de producción de carbonato de litio que llevará a cabo la empresa cuando finalice la etapa de construcción. Esta agua será extraída desde un campo de pozos de bombeo desde la cuenca del río Rosario, para luego ser conducida a través de un acueducto. Por último, dada las características de esta agua salobre, esta prevista la construcción de una planta de tratamiento de agua, previo al ingreso a planta de carbonato de litio.- Dicho EIA se encuentra a disposición del público en general en el área de SERVICIOS de la Página Web del Ministerio de Ambiente, www.ambientejujuy.gob.ar, para su consulta. Los interesados podrán formular sus observaciones vía correo electrónico a la dirección calidadambiental@ambientejujuy.gob.ar, conjuntamente con las pruebas que estimen pertinentes, en el plazo de diez 10 días hábiles contados a partir de la última publicación en el B.O. de la Provincia.- Publíquese en el Boletín Oficial por tres veces en cinco días.- Natalia Valeria Gimenez Jefa de Medioambiente-Minera Exar S.A.23/25/28 SEPT. LIQ. Nº 21202 $801,00.INSCRIPCION DE MARTILLERO: EDUARDO MATIAS FERNANDEZ CANAVIRE
D.N.I. N 28.975.096, comunica que de conformidad a lo dispuesto por el artículo 62 inc. 1 de la Ley 4152/85 y Ley Nacional Nº 25028/99, Art. 1º y Art. 3º, ha solicitado su inscripción en la Matricula de Martillero Público. Oposiciones en la sede del Colegio de Martilleros, sita en Coronel Dávila esquina Aráoz, Ciudad de Nieva.- Publíquese por tres 3 veces en diez 10
días en el Boletín Oficial y un Diario Local.14/21/25 SEPT. LIQ. Nº 21161 $801,00.Dra. Norma Beatriz Issa, Pste. de Trámite, en la Vocalía Nº 9, de la Sala IIIra. de la Cámara en lo Civil y Comercial, de la Pcia. de Jujuy, en el Expte. Nº C-152963/19, caratulado:
Ordinario: MATEO, Francisco c/ QUIROGA BURGOS, Noelia V., procede a correr Traslado a la parte demandada: NOELIA VIRGINIA QUIROGA BURGOS, D.N.I. Nº 34.183.656, de la acción instaurada en su contra, quien deberá contestarla en el plazo de quince 15 días, contados a partir del décimo día posterior a la última publicación de los edictos respectivos, bajo apercibimiento de tenerlo por contestado art. 298 del C.P.C. y de designarle como su representante al Sr. Defensor Oficial de Pobres y Ausentes art. 109, inc. 9 de la L.O.P.J.. Asimismo intímasela para que en igual término otorgado, constituya domicilio legal, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 52 del C.P.C.- Haciéndole saber que las copias para traslado, se encuentran a su disposición en esta Vocalía Nº 9.- Acto seguido se procede a notificarla del Pto. I del decreto de fs. 28: San Salvador de Jujuy, 13 de Diciembre del 2019.I: Por presentado FRANCISCO MATEO, por constituído domicilio legal, por sus propios derechos y con patrocinio letrado del Dr. Julio Alberto Farfán.-Fdo. Dra. Norma B. Issa-Pte.
de Trámiteante mi Dra. María Florencia Rivas-Pro-Secretaria.- Publíquese en el Boletín Oficial y un diario local, por tres veces en cinco días.- San Salvador de Jujuy, 02 de Septiembre de 2020.25/28/30 SEPT. LIQ. Nº 21242-21272-21273 $267,00.DRA. LIS VALDECANTOS BERNAL JUEZ DE PRIMER INSTANCIA EN LO CIVIL
Y COMERCIAL Nº 7, SECRETARIA Nº 13, DE LA PROVINCIA DE JUJUY, hace saber a PABLO ALBERTO CASTELLANO, D.N.I. Nº 20.076.563, que en el Expte. Nº C124578/18 caratulado EJECUCION DE HONORARIOS: GASPAR GRACIELA NOEMI C/
CASTELLANO PABLO; EL PROTECTOR S.R.L., se ha dictado la siguiente providencia:
San Salvador de Jujuy, 10 de Septiembre de 2020.- 1 Atento las constancias de autos y lo solicitado a fs. 61, notifíquese por edictos a la parte demandada PABLO ALBERTO
CASTELLANO, D.N.I. Nº 20.076.563 que en este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 7, Secretaría Nº 13, de la ciudad de San Salvador de Jujuy se tramita la presente causa, en consecuencia y de conformidad a lo previsto por los arts. 472, 478 del C.P.C., intimase al accionado a depositar la suma de PESOS DIECINUEVE MIL DOSCIENTOS
$19.200,00 en concepto de Capital, con más la de PESOS CINCO MIL SETECIENTOS
SESENTA $5.760,00 presupuestada para acrecidas y costas del presente juicio. Asimismo, cítasela de remate para que oponga excepciones legítimas si las tuviere dentro del término de CINCO DIAS, posteriores a la última publicación de edictos, en este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 7, Secretaría Nº 13, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución y nombrarle Defensor Oficial de Pobres y Ausentes Art. 109 de la Ley
Provincia de JUJUY
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Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy del 25/9/2020

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Jujuy

PaeseArgentina

Data25/09/2020

Conteggio pagine12

Numero di edizioni1199

Prima edizione10/01/2018

Ultima edizione21/05/2024

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