Boletin Oficial de la Provincia de Jaén del 28/7/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Jaén

Número 143

Miércoles, 28 de julio de 2021

Pág. 13169

GRUPO III:
2021

2022

2023

2024

2025

2026

Administrativo de Trafico y Express €/año
17.181,53 17.456,23 17.735,53 18.019 ,30 18.307,61 18.600,53

Personal Técnico €/año
16.120,30 16.160,60 16.201,00 16.241,50 16.282,11 16.322,81

Técnico Comercial €/año
16.120,30 16.160,60 16.201,00 16.241,50 16.282,11 16.322,81

Auxiliar Administrativo €/año
15.818,04 15.857,59 15.897,23 15.936,97 15.976,81 16.016,76

GRUPO IV:
2021

2022

2023

2024

2025

2026

Operario
13.300,00 13.300,00 13.300,00 13.300,00 13.300,00 13.300,00

Operario Base
13.300,00 13.300,00 13.300,00 13.300,00 13.300,00 13.300,00

Operario Consolidado
13.300,00 13.300,00 13.300,00 13.300,00 13.300,00 13.300,00

Operario Especialista
16.461,53 16.724,71 16.992,31 17.264,18 17.540,41 17.821,06

Personal Limpieza
13.300,00 13.300,00 13.300,00 13.300,00 13.300,00 13.300,00

Nota En todo caso se garantiza como retribución mínima el importe del SMI o parte proporcional equivalente en función de la duración de la jornada de trabajo.
Artículo 13.- Plus de nocturnidad.
Las horas trabajadas durante el período comprendido entre las 10 de la noche y las 6 de la mañana, salvo que el salario se haya establecido atendiendo a que el trabajo sea nocturno, por su propia naturaleza, se computará como horas nocturnas en nómina.
Capítulo VI.- Régimen disciplinario.
Artículo 14.- Régimen disciplinario aplicable.
Se acuerda aplicar el régimen disciplinario regulado en el II Acuerdo General de Transporte de Mercancías Regular.
Capítulo VII.- Otras disposiciones.
Artículo 15.- Inaplicación de las condiciones reguladas en el presente Convenio.
Según lo dispuesto en el artículo 82.3 del vigente Estatuto de los Trabajadores.
Artículo 16.- Medidas dirigidas a promover la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el ámbito laboral.
Las empresas tienen el deber de negociar con la representación de los trabajadores medidas destinadas a promover la igualdad. Ello no implica - al igual que ocurre con el resto de las negociaciones integrantes de los convenios colectivos - la obligación de alcanzar acuerdos, pero sí la de adoptar de buena fe una actitud negociadora, tendente a la consecución de logros satisfactorios para ambas partes.
En cumplimiento de dicha obligación, ambas partes negociadoras se comprometen a evitar

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Boletin Oficial de la Provincia de Jaén del 28/7/2021

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Jaén

PaeseSpagna

Data28/07/2021

Conteggio pagine44

Numero di edizioni5622

Prima edizione02/01/2003

Ultima edizione29/05/2024

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