Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 18/11/2022

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Granada

B.O.P. número 221

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Granada, viernes, 18 de noviembre de 2022

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Página 3

4. Las empresas participantes deberán realizar una reserva mínima de 120 litros del aceite presentado a concurso, una vez conocidos los aceites ganadores tal reserva será solo exigible a los mismos quedando disponible para las empresas no ganadoras. A las empresas que resulten ganadores sus aceites se les solicitará el Informe de Trazabilidad normalizado del depósito de llenado de las muestras.
Artículo 6. Recogida de Muestras.
1. El Servicio de Fomento al Desarrollo Rural de la Diputación Provincial de Granada, una vez finalizado la fecha de inscripción al concurso, enviará a personal técnico cualificado para la recogida de muestras.
2. Para cada aceite presentado al concurso se recogerá una muestra de litro y medio, que se dividirá en tres partes iguales. Se depositarán en frascos de cristal, con cierre de precinto y una etiqueta con código alfanumérico de identificación. Dos serán empleadas para la valoración sensorial y el análisis físico-químico, y la tercera ejemplar de seguridad será custodiada por el participante.
3. Cuando el aceite de un lote homogéneo, esté contenido en dos o más depósitos, éstos se muestrearán de forma conjunta para la obtención de una única muestra final.
4. El anonimato de las muestras y la fiel reserva de las mismas estarán garantizados por la Diputación Provincial de Granada.
5. Para cada entidad concursante se levantará un acta donde se dará fe de las siguientes indicaciones:
Nombre de la entidad concursante y NIF/CIF
Para cada muestra:
Modelo de Producción: convencional / producción integrada/ producción ecológica Código alfanumérico asignado Identificación del lote Identificación del depósito y su contenido kg.
Nombre comercial y variedad del aceite.
Artículo 7. Análisis y Catas.
1. Los análisis se realizan en el Laboratorio Agroalimentario de Granada de la Junta de Andalucía, por su Panel de Cata Oficial, acreditado por ENAC y reconocido por el COI Consejo Oleícola Internacional. El proceso de la Cata comprenderá dos fases:
> Fase I de Selección y Clasificación: En esta fase los aceites de producción convencional, producción integrada y producción ecológica, se clasificarán en los distintos Grupos establecidos, conforme al Método Continuo de Valoración Sensorial del Aceite de Oliva Virgen Extra MCVS100.
> Fase II de Valoración Final: A los tres aceites finalistas de cada una de las Categorías y/o Grupos, de acuerdo a las normas de valoración recogidas en el Anexo IV de estas Bases, se les practicarán las determinaciones analíticas físicoquímicas necesarias para el Cálculo del Índice Global de Calidad. A los aceites finalistas en la categoría de Producción Ecológica, se les realizará, además, la determinación analítica de residuos de plaguicidas.
2. En caso de existir empate en la fase de Valoración Final entre las puntuaciones otorgadas por el Panel a cada uno de los aceites, o si las diferencias entre las mismas son inferiores a 0,2 puntos, se utilizará, con objeto de deshacer el empate, el Índice Global de Calidad.
3. El Jefe del Panel de Cata emitirá un informe en el que figuren ordenados, en cada una de sus categorías y/o grupos, los aceites finalistas de acuerdo con su puntuación organoléptica, su perfil sensorial y el correspondiente índice global de calidad, si hubiera necesidad de utilizarlo. Se considerarán finalistas, los aceites que obtengan las tres mejores puntuaciones en cada Categoría y Grupo. Asimismo, se considerará ganador, el aceite que obtenga mayor puntuación en cada Categoría y/o Grupo.
5. Si algún participante resultara ganador en más de una Categoría y/o Grupo, se le distinguirá en aquella en la que haya obtenido mayor puntuación sus aceites. No obstante, en caso de igualdad en la puntuación, el Laboratorio Agroalimentario de Granada de la Junta de Andalucía seleccionará la categoría en la que otorgar el premio aplicando el Índice Global de Calidad.
6. La evaluación del Panel será definitiva e inapelable, pudiendo declararse a criterio del Jurado el concurso desierto.
7. Finalmente, el personal técnico de la Diputación, procederá a identificar los aceites finalistas, tomando nota de los aceites galardonados en cada Categoría/Grupo y levantando el acta correspondiente.
Artículo 8. Distinción Especial al Mejor Envase.
1. Esta distinción se establece con objeto de fomentar y premiar las actuaciones de marketing de las empresas para la venta del aceite envasado. Se premia la originalidad, la ergonomía, la innovación, la creatividad, el diseño, los materiales empleados y la apuesta por la sostenibilidad.
2. La empresa participante, dentro de su línea de packaging seleccionará un tipo de envase para presentar al concurso.
3. El personal técnico del Servicio de Fomento al Desarrollo Rural pasará a recoger un ejemplar del envase vacío y otro lleno, así como el Anexo III cumplimentado con información relacionada con el diseño del envase, su origen, materiales empleados, significado de la marca, publicidad y estrategias de marketing. No obstante, la empresa además podrá presentar toda la documentación sobre cualquier característica que se quiera resaltar o pueda ayudar en su evaluación. Se levantará acta de su entrega.

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Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 18/11/2022

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Granada

PaeseSpagna

Data18/11/2022

Conteggio pagine42

Numero di edizioni5516

Prima edizione01/06/2002

Ultima edizione24/05/2024

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