Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 11/1/2021

Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Granada

Página 4

n
Granada, lunes, 11 de enero de 2021

n
B.O.P. número 5

5.1.- Instrumentos.
5.2.- Herramientas.
6.- CONCLUSIONES DEL DIAGNÓSTICO.
6.1.- Datos Generales de la plantilla 6.2.- Proceso de selección y contratación 6.3.- Clasificación Profesional 6.4.- Formación 6.5.- Promoción profesional 6.6.- Retribuciones o política salarial 6.7.- Salud Laboral, prevención del acoso y violencia de género 7.- RESULTADO DE LAS ENCUESTAS REALIZAS A LOS/AS TRABAJADORES/AS
8.- OBJETIVOS DEL PLAN DE IGUALDAD
8.1.- Objetivos generales 8.2.- Objetivos específicos 9.- ÁMBITOS O LÍNEAS DE ACTUACIÓN.
9.1.- Sensibilización.
9.2.- Difusión e Información.
9.3.- Violencia de Género.
9.4.- Formación y Empleo.
9.5.- Conciliación de la vida laboral y familiar.
9.6.- Educación, cultura y deporte.
9.7.- Salud.
10.- ASIGNACIÓN DE LOS RESPONSABLES DEL PLAN DE IGUALDAD.
11.- PERÍODO DE VIGENCIA.
12.- PRESUPUESTO.
13.- ANEXOS
1.- INTRODUCCIÓN.
El papel de la mujer en la sociedad española de principios del siglo XXI es, ostensiblemente, muy diferente del que jugaba, tan sólo, veinte años atrás.
Su participación en los más variados ámbitos sociales, económicos o culturales, se ha elevado hasta alcanzar cotas, si no igualitarias, si, al menos, representativas en un avance muy significativo. En efecto, las estadísticas demuestran que la participación de la mujer, a todos los niveles, ha aumentado significativamente. El acceso a la educación, tanto en la enseñanza obligatoria como en la universitaria, se ha igualado para ambos sexos.
La incorporación de las mujeres a la vida laboral ha de llevar aparejada, necesariamente, un cambio en el sistema de valores tradicionales. La conciliación entre la vida laboral y familiar y el reparto justo y equitativo de las tareas domésticas entre ambos miembros de la pareja son dos cuestiones básicas que, a pesar de la resistencia y de la inercia de amplios sectores, ha de introducirse ineludiblemente en la estructura social.
Por todo ello, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 1 del Real Decreto-Ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para la garantía de igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación plantea la modificación del artículo 45.2 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres, que a su vez ha modificado el artículo 85.2 del Estatuto de los Trabajadores, extendiendo la exigencia de la redacción de los planes de igualdad a empresa de cincuenta o más trabajadores, creando la obligación de inscribir los mismos en el registro que se desarrollará reglamentariamente.
En cumplimiento de lo dispuesto legalmente y con el objetivo de promover la integración de la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, en el diseño, ejecución y evaluación de todas las medidas y actuaciones en que se concreten las diferentes políticas del Centro, se elabora este Plan de Igualdad de Oportunidades del CENTRO SAN RAFAEL DE GRANADA
Para desarrollar este objetivo general se van a desarrollar una serie de objetivos específicos y una propuesta de acciones concretas a ejecutar durante el período de vigencia del Plan, en cada uno de sus diferentes ámbitos de actuación.
2.- DEFINICIONES.
Para el buen entendimiento de este Plan de Igualdad, en primer lugar, queremos ampliar algunos conocimientos sobre este tema tratando algunas de las principales definiciones:
- Planes de Igualdad de las empresas: Son un conjunto ordenado de medidas, adoptadas después de realizar un diagnóstico de situación, tendentes a alcanzar en la empresa la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres y a eliminar la discriminación por razón de sexo.
- Principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres: supone la ausencia de toda discriminación, directa o indirecta, por razón de sexo, y, especialmente, las derivadas de la maternidad, la asunción de obligaciones familiares y el estado civil.
- Principio de Discriminación directa por razón de sexo: la situación en que se encuentra una persona que sea, haya sido o pudiera ser tratada, en atención a su sexo, de manera menos favorable que otra en situación comparable.

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 11/1/2021

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Granada

PaeseSpagna

Data11/01/2021

Conteggio pagine34

Numero di edizioni5517

Prima edizione01/06/2002

Ultima edizione27/05/2024

Scarica questa edizione

Altre edizioni

<<<Enero 2021>>>
DLMMJVS
12
3456789
10111213141516
17181920212223
24252627282930
31