Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 6/12/2019

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

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BOLETIN OFICIAL

con personal adscripto perteneciente a la Administración Central, Organismos Descentralizados, Entes Autárquicos, entre otros;
Que por otra parte y como casos de excepción, personal perteneciente a la planta permanente de la Cámara de Diputados se encuentra afectado a otros organismos fuera de la misma;
Que atento a ello corresponde fijar pautas con respecto a la situación de dicho personal;
Que conforme lo enunciado se hace necesario que todo el personal no perteneciente a la planta permanente de esta Cámara regrese sin excepción a su lugar de origen, asimismo todo personal de la planta permanente del Cuerpo que preste servicios en otras Reparticiones u Organismos del Estado, deberá regresar a la Cámara de Diputados;
Por ello;
El Presidente de la Cámara de Diputados de Entre Ríos D E C R E T A :
Art. 1º: Dispónese la finalización a partir del día 10 de diciembre del año 2019 de todas las adscripciones y afectaciones existentes en esta Cámara, como también la de sus empleados que estén prestando servicios fuera de la misma, conforme los considerandos del presente.
Art. 2º: Regístrese, comuníquese, publíquese por un día en el Boletín Oficial y en estado archívese.
Sergio D. Urribarri
CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE ENTRE RIOS
RESOLUCION Nº 1074 CMER

ELEVANDO TERNA
Paraná, 4 de diciembre de 2019

VISTO:
El Concurso Público de Antecedentes y Oposición Nº 213 destinado a cubrir tres 3 cargos de Vocal para la Cámara de Casación Penal de Concordia; y CONSIDERANDO:
Que, según lo establece el Artículo 180 de la Constitución de Entre Ríos, es competencia exclusiva y excluyente del Consejo de la Magistratura CMER, proponer al Poder Ejecutivo Provincial, la designación de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial, previa realización de concursos públicos y mediante ternas vinculantes;
Que, han transcurrido las etapas de Antecedentes, Oposición y Entrevistas Públicas del Concurso mencionado y se ha determinado la puntuación final de cada postulante, por lo que corresponde elevar en esta instancia al Sr. Gobernador, la terna de candidatos para los cargos de Vocal de Cámara de Casación Penal de Concordia;
Que, todos los postulantes ternados han observado el procedimiento que prevé la normativa vigente, conforme surge de: las Resoluciones PCMER 246/19; Resoluciones CMER 1050/18; 1067/19; 1072/19
y 1073/19; Actas N 11/19 a 13/19, 22/19, 27/19 y 28/19, y Dictamen emitido por los Jurados Técnicos;
Que, de acuerdo a los artículos 25 de la Ley Nº 9.996 y 94 del Reglamento General y de Concursos Públicos RGCP, el CMER
procedió a establecer el orden de mérito, el que a los fines de la presente se conforma por los siguientes postulantes: 1 María Evangelina Bruzzo 87,76 puntos, 2 Darío Gustavo Perroud 84,18 puntos y 3 María del Luján Giorgio 77,84 puntos;
Que, de acuerdo con los artículos 26 de la Ley Nº 9.996 y 99 del RGCP, en caso de tramitarse una convocatoria múltiple, cuando exista más de una vacante para la misma función, sede y especialidad, se elevará una lista complementaria integrada por un número de postulantes igual al de vacantes adicionales, con el objeto de integrar las ternas sucesivas, por lo que la lista complementaria se integra con los siguientes postulantes que en orden prelativo, resultan ser: 4 Aníbal Lafourcade 72,78 puntos y 5 Pablo Garrera Allende 69,20 puntos;
Que, asimismo conforme a los artículos antes citados, se hace saber al Poder Ejecutivo que corresponderá integrar las ternas siguientes con los candidatos propuestos en la terna anterior que no hubiesen sido elegidos para el posterior acuerdo del Senado, y completarlas con los concursantes incluidos en la lista complementaria;
Que, a los fines establecidos por el artículo 7º del RGPC, certifica la presente el Consejero Daniel Beltrame;
Que, la presente se dicta de acuerdo con las facultades y atribuciones propias y específicas, que en forma expresa o razonablemente implícitas surgen de la Constitución Provincial, de la Ley Nº 9.996 y de la normativa reglamentaria que regula el funcionamiento del CMER;
Por ello;
El Consejo de la Magistratura de Entre Ríos R E S U E L V E :
Art. 1º: Elevar al señor Gobernador de la Provincia de Entre Ríos,
Paraná, viernes 6 de diciembre de 2019

la terna correspondiente al Concurso Nº 213, destinado a cubrir tres 3 cargos de Vocal para la Cámara de Casación Penal de Concordia, conformada por los siguientes postulantes: María Evangelina Bruzzo, Darío Gustavo Perroud y María del Luján Giorgio.Art. 2º: Elevar una lista complementaria, de acuerdo a lo previsto por el artículo 99 del RGCP, conformada por los postulantes Aníbal Lafourcade y Pablo Garrera Allende.Art. 3º: Poner a disposición del Poder Ejecutivo Provincial toda la documentación referida al concurso mencionado y de los postulantes, para su evaluación y posterior nominación.Art. 4º: Comuníquese, publíquese y archívese.Pablo A Biaggini, presidente; Hernán Jorge, secretario general;
Daniel F. Beltrame, consejero.

ADMINISTRADORA TRIBUTARIA DE ENTRE RIOS
RESOLUCION Nº 579 ATER
APLICANDO CREDITO DE BONO FISCAL
Paraná, 29 de noviembre de 2019
VISTO:
Las presentaciones efectuadas por los señores Hugo Masutti, DNI N 16.122.711 y Leonardo Luis Lequio, DNI N 27.290.636 en carácter debidamente acreditado de Apoderado y Presidente de la firma Frigorifico Alberdi SA, CUIT N 33-60970695-9, respectivamente, de la localidad de Oro Verde, y CONSIDERANDO:
Que en el marco de las disposiciones establecidas por Resolución N 151/18 MEHF, se otorga a la firma del visto, un Bono de Crédito Fiscal de carácter intransferible por la suma de pesos un millon quinientos sesenta y un mil novecientos cuarenta y cinco con sesenta y tres centavos $ 1.561.945,63, por aplicación del Régimen Específico y Transitorio de Entre Ríos establecido por la Ley N
10591 y reglamentada por la Resolución N 76/18 MEHF; y Que el contribuyente, solicita la aplicación del Bono de Crédito Fiscal en el marco del Art. 4 de la Resolución N 151/18 MEHF, a los efectos de cancelar deuda en concepto de Contribuciones Patronales Ley 4035 por los periodos 10/2018 de Pesos treinta y un mil quinientos treinta y uno con noventa centavos $
31.531,90 y 11/2018 de pesos treinta y dos mil treinta y siete con setenta y seis centavos $ 32.037,76; y Que en razón de lo indicado en el considerando precedente, la suma total a cancelar es de pesos sesenta y tres mil quinientos sesenta y nueve con sesenta y seis centavos $ 63.569,66, resultando un remanente a favor de la contribuyente de pesos un millon cuatrocientos noventa y ocho mil trescientos setenta y cinco con noventa y siete centavos $ 1.498.375,97 disponible para la cancelación de futuras obligaciones tributarias; y Que se agregan a las actuaciones copia de las declaraciones juradas del Impuesto Ley 4035, sus respectivos acuses de recibo y copia del Acta de Asamblea General Ordinaria y del Poder Especial de Administración; y Que el Área Informes Generales y Coparticipación a Municipios dependiente de la Contaduría General de la Provincia informa que el total del beneficio de pesos un millon quinientos sesenta y un mil novecientos cuarenta y cinco con sesenta y tres centavos $
1.561.945,63, otorgado a la firma Frigorifico Alberdi SA, se imputará a la Orden de Pago N 0-2018-044798 emitida por el citado Organismo; y Que la Contaduría General de la Provincia, ha emitido el informe de competencia e indica en el mismo que comparte la opinión de la Contadora Adjunta y agrega que en conformidad a lo dispuesto por el Art. 46 de la Ley N 5140 de Administración Financiera, de los Bienes y las Contrataciones se deberá tener en cuenta al momento de la registración de los recursos que los mismos deberán registrarse por el percibido en los rubros abiertos en el presupuesto del ejercicio vigente para los tributos de origen provincial conforme a la interpretación de competencia que del tributo cancelado haga la Administradora Tributaria; y Que ha tomado intervención el Departamento Legislación, manifestando que no existen objeciones legales que formular al dictado de la presente, opinión compartida por la Dirección de Asuntos Jurídicos;
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas al Director Ejecutivo por la Ley Nº 10091 y en el marco de las disposiciones de las Resoluciones N 76/18 MEHF y N 151/18
MEHF; y Por ello;
El Director Ejecutivo de la Administradora Tributaria de Entre Ríos R E S U E L V E :
Art. 1º : Aplíquese el Bono de Crédito Fiscal dispuesto en el Art.
1 de la Resolución N 151/18 MEHF hasta la concurrencia de los

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Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 6/12/2019

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaeseArgentina

Data06/12/2019

Conteggio pagine24

Numero di edizioni4753

Prima edizione01/12/2003

Ultima edizione21/05/2024

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