Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 9/9/2019

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Nº 26.729- 167/19

PARANA, lunes 9 de setiembre de 2019

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA
Ministerio de Gobierno y Justicia Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas Ministerio de Desarrollo Social Ministerio de Salud Ministerio de Planeamiento, Infraestructura y Servicios Secretaría General de la Gobernación
SECCION ADMINISTRATIVA
GOBERNACION
DECRETO Nº 1034 GOB
APROBANDO PROTOCOLO DE ACTUACIÓN
Paraná, 6 de mayo de 2019
VISTO:
El Protocolo de Actuación en Casos de Abuso Sexual en la Niñez y Adolescencia en la Provincia de Entre Ríos; y CONSIDERANDO:
Que el mencionado protocolo tiene por objetivos evitar el proceso de revictimización de los Niños, Niñas y Adolescentes, víctimas de abuso sexual y promover redes de trabajos territoriales, interdisciplinarias e interinstitucionales a través de la actuación conjunta para el logro de una intervención oportuna y eficaz;
Que a casi diez años de la entrada en vigencia del Protocolo Interinstitucional de Actuación en Casos de Abuso Sexual Infantil en la Provincia de Entre Ríos, aprobado por Decreto 2.405/2010 MGJE, del trabajo continuo de las diferentes instituciones participantes y de la experiencia obtenida en todos los años de implementación, han surgido nuevos aportes y consideraciones que hacen necesario redefinir las competencias de cada organismo del Estado provincial y fortalecer las articulaciones interinstitucionales en pos de la protección y el abordaje integral de los niños, niñas y adolescentes víctimas del abuso sexual;
Que la sanción de la Ley Provincial Nº 10.629 jerarquiza este recurso de intervención, toda vez que establece como mecanismo institucional, para los casos de abuso infantil, el mecanismo de Protocolos Interinstitucionales de Actuación; reconociéndose como vigente, el último aprobado por las instituciones signatarias y ratificado por Decreto del Poder Ejecutivo;
Que el principio del interés superior del niño es el criterio que deberá regir las actuaciones incluidas en el protocolo, como así también el principio de igualdad y no discriminación, debiendo procurarse los apoyos necesarios para garantizar los derechos de las personas menores con discapacidad;
Que, asimismo, se deberá asegurar el cumplimiento de las garantías procesales de la víctima, el sospechado/a y la preservación de la prueba;
Que el protocolo deberá ser implementado en todo el territorio de la Provincia de Entre Ríos, promoviéndose su aplicación desde un enfoque interdisciplinario, interinstitucional e intersectorial;

E D ICION: 28 Págs. - $ 20,00

Cr. D. Gustavo Eduardo Bordet Cr. D. Adán Humberto Bahl Dra. Da. Rosario Margarita Romero Cr. D. Hugo Alberto Ballay Lic. Da. María Laura Stratta Lic. Da. Sonia Mabel Velázquez Ing. D. Luis Alberto Benedetto D. Edgardo Darío Kueider
Que el presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 174 de la Constitución de la Provincia;
Por ello;
El Gobernador de la Provincia D E C R E T A :
Art. 1º Apruébase el Protocolo de Actuación en Casos de Abuso Sexual en la Niñez y Adolescencia en la Provincia de Entre Ríos, suscripto entre las autoridades del Superior Tribunal de Justicia, Ministerio Público Fiscal, Ministerio Público de la Defensa, Ministerio de Gobierno y Justicia, Ministerio de Desarrollo Social, Ministerio de Salud, Consejo General de Educación y Consejo Provincial del Niño, el Adolescente y la Familia en fecha 8.4.2019, el que agregado forma parte de este acto administrativo.
Art. 2º Invítase a los municipios de la Provincia a adherir al protocolo aprobado por el artículo precedente.
Art. 3º El presente decreto será refrendado por el señor Secretario General de la Gobernación a cargo del Ministerio de Cultura y Comunicación, conforme autorización conferida por Decreto Nº 2.592/16 GOB, por la señora Ministra Secretaria de Estado de Gobierno y Justicia, señora Ministra Secretaria de Estado de Desarrollo Social y señora Ministra Secretaria de Estado de Salud.
Art. 4º.- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
GUSTAVO E. BORDET
Edgardo D. Kueider Rosario M. Romero M. Laura Stratta Sonia M. Velázquez
DECRETO Nº 1035 GOB
HACIENDO LUGAR A RECURSO
Paraná, 6 de mayo de 2019
VISTO:
Las actuaciones de referencia mediante las cuales el señor Arnoldo Javier Valentini, por derecho propio y con patrocinio letrado interpone recurso de queja; y CONSIDERANDO:
Que el mismo es incoado en razón del retardo en movilizarse un trámite gestionado mediante las actuaciones caratuladas con el número de Registro Único: 1081923;
Que según surge de la consulta en el sistema informático de seguimiento de expedientes de la Caja de Jubilaciones y Pensiones, dichos actuados se encuentran en el Área de Despacho de la referida repartición, desde el 12.2.19, encontrándose vencido el plazo de tres 3 días previsto para su tramitación, conforme lo dispuesto por el artículo 35º de la Ley Nº 7.060;

Riguardo a questa edizione

Boletin Oficial de la Provincia de Entre Ríos del 9/9/2019

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos

PaeseArgentina

Data09/09/2019

Conteggio pagine28

Numero di edizioni4732

Prima edizione01/12/2003

Ultima edizione19/04/2024

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