Boletín Oficial de la Provincia de Corrientes del 15/8/2024

Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Corrientes

Nº 29.054

CORRIENTES, 15 DE AGOSTO DE 2024

Sección Administrativa Decretos Decreto Nº 1834
Corrientes, 18 de Julio del 2024

Dr. Gustavo Adolfo Valdés
Dr. Pedro Braillard Poccard
C. P. Miguel Angel Olivieri Ministro Coordinación y Planificación
Dr. Carlos José Vignolo
Práxedes Ytatí López Ministra de Educación
Dr. Ricardo Alberto Cardozo Ministro de Salud Pública
Ing. Claudio Horacio Anselmo
Dra. Herminda María Gabur Ministro Industria, Trabajo y Comercio
Dr. Vallejos Alfredo Ministro de Seguridad
Osvaldo Claudio Polich
Gustavo Adan Gaya Ministro de Desarrollo Social
Dr. Juan José López Desimoni
Alejandra Eliciri Ministra de Turismo
Dr. Horacio David Ortega C.P. Jorge Antonio Gómez Ministro de Ciencia y Tecnología
Visto El expediente N 100-00926-2024 del registro del Ministerio de Hacienda y Finanzas, y Considerando:
Que el Instituto de Cardiología de Corrientes solicita un refuerzo presupuestario con el objeto de adquirir un inmueble para avanzar con el proyecto de crecimiento de la institución y poder así brindar prestaciones de manera óptima.
Que el Ministerio de Hacienda y Finanzas realizará la transferencia del crédito presupuestario necesario al Instituto de Cardiología de Corrientes para hacer frente a los gastos mencionados en el párrafo anterior.
Que el artículo 15 de la Ley N 6.660 de Presupuesto 2024 faculta al Poder Ejecutivo para que, por intermedio del Ministerio de Hacienda y Finanzas, autorice por decreto las modificaciones presupuestarias que impliquen traspasos de partidas entre distintas Entidades cuando existan razones debidamente justificadas.
Que el artículo 34 tercer apartado de la Ley Nº 5.571 de Administración Financiera establece que, cuando el Poder Ejecutivo disponga modificaciones presupuestarias que impliquen refuerzos de partidas, deberá instrumentarlo mediante decreto enviando copia del mismo al Poder Legislativo.
Que el artículo 35 de la Ley Nº 5.571 de Administración Financiera establece que los recursos serán incorporados al presupuesto por decreto del Poder Ejecutivo, como así también los créditos por igual importe para atender la finalidad a la que dichos recursos estuvieran destinados, debiendo comunicarse a la Legislatura provincial.
Por ello, y en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 162, incisos 1 y 2, de la Constitución de la Provincia de Corrientes, El Gobernador de la Provincia Decreta:
ARTÍCULO 1: APRUÉBASE la modificación presupuestaria de gastos N
210/2024 de la jurisdicción 02Ministerio de Hacienda y Finanzas la que, como anexo, forma parte del presente decreto.
ARTÍCULO 2: APRUÉBANSE las modificaciones presupuestarias de gastos N
02/2024 y de recursos N 112/2024 de la entidad 23 Instituto de Cardiología de Corrientes las que, como anexos, forman parte del presente decreto.
ARTÍCULO 3: AUTORÍZASE a la Dirección de Administración del Ministerio de Hacienda y Finanzas a emitir los libramientos de pago contra la Tesorería General de la Provincia y a favor del Instituto de Cardiología de Corrientes unidad ejecutora 805 por hasta la suma de PESOS QUINIENTOS VEINTE MILLONES $
520.000.000,00 en la estructura programática presupuestaria 99-00-00-02-922, con cargo de oportuna y documentada rendición de cuentas ante el Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia.
ARTÍCULO 4: COMUNÍQUESE a la Honorable Legislatura provincial, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 34, tercer apartado, de la Ley Nº 5.571
de Administración Financiera.
ARTÍCULO 5: EL presente decreto es refrendado por el Ministro de Hacienda y Finanzas.
ARTÍCULO 6: COMUNÍQUESE, publíquese, dese al Registro Oficial, líbrese copia al Honorable Tribunal de Cuentas, Dirección General de Presupuesto, Contaduría General de la Provincia y pásese al Instituto de Cardiología de Corrientes, a sus efectos.
Dr. Gustavo Adolfo Valdés C.P. Marcelo Rivas Piasentini
PAG. Nº 2

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Provincia de Corrientes del 15/8/2024

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Corrientes

PaeseArgentina

Data15/08/2024

Conteggio pagine14

Numero di edizioni619

Prima edizione09/11/2020

Ultima edizione02/01/2025

Scarica questa edizione

Altre edizioni

<<<Agosto 2024>>>
DLMMJVS
123
45678910
11121314151617
18192021222324
25262728293031