Boletín Oficial de la Provincia de Corrientes del 17/4/2024
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Corrientes
Nº 28.975
distribución de los equipos y los accesorios que se relacionen con la actividad mencionada precedentemente, así como también el asesoramiento, producción y comercialización de los mismos y todo lo que resulte ser conexos, accesorios y complementarios, a las Energías Renovables.
CAPITAL SOCIAL. SUSCRIPCION E INTEGRACION: El CAPITAL SOCIAL se fija en la suma de PESOS
OCHOCIENTOS MIL $ 800.000.00, dividido en ochocientas 800 cuotas de PESOS UN MIL $1.000,00
de valor nominal cada una, que los socios suscriben en su totalidad, en la siguiente proporción: a Jorge Oscar ZAZCINSKI, CUATROCIENTAS 400 cuotas de valor nominal PESOS UN MIL cada una, lo que hace un total de PESOS CUATROCIENTOS MIL $400.000,00 y b Nicole ZAZCINSKI: CUATROCIENTAS 400 cuotas de valor nominal PESOS UN MIL cada una, lo que hace un total de PESOS CUATROCIENTOS MIL $400.000,00. Los socios integran en dinero en efectivo, cada uno de ellos, el veinticinco por ciento del capital social. El saldo será integrado dentro de los dos años, contados a partir de la fecha de inscripción de la sociedad en la Inspección General de Personas Jurídicas.A D M I N I S T R A C I O N Y R E P R E S E N TA C I O N : l a administración, dirección y representación de la sociedad será ejercida por el socio Gerente JORGE
OSCAR ZAZCINSKI, quien ACEPTA el cargo, quien actuará en nombre y representación de la Sociedad en todas las actividades y negocios que correspondan al objeto de la misma, sin limitación de facultades en la medida que los actos tiendan al cumplimiento de los fines sociales. El gerente tiene todas las facultades para administrar y disponer de los bienes, incluso aquellas para los cuales la ley requiere poderes especiales. Puede en consecuencia celebrar en nombre de la sociedad toda clase de actos jurídicos y contratos que tiendan al cumplimiento del objeto social, entre ellos: actos jurídicos y operaciones con el Estado Nacional, Provincial o Municipal, entidades autárquicas, particulares, sociedades, empresas, entidades financieras y/o bancarias en general y cualquier institución de crédito oficial, privado y/o mixto, creados o a crearse, conforme a sus cartas orgánicas, estatutos, reglamentaciones y resoluciones
CORRIENTES, 17 DE ABRIL DE 2024
que tiendan al cumplimiento del objeto social;
presentarse en licitaciones públicas, privadas o concursos de precios; establecer agencias, sucursales, corresponsalías u otra especie de representación dentro o fuera del país; otorgar y revocar poderes especiales o generales judiciales, de administración, para querellar criminalmente y otros con o sin facultad de sustituir, iniciar, proseguir, contestar o desistir denuncias y querellas penales y realizar todo otro hecho o acto jurídico que haga adquirir derechos o contraer obligaciones a la sociedad, aclarándose que la presente enumeración es simplemente enunciativa. Podrán los socios designar otros gerentes, no siendo necesario el carácter de socio para el desempeño de tal cargo. La designación de nuevo gerente deberá ser resuelta por los socios por unanimidad, mientras se mantenga en dos el número de miembros de la sociedad, o simple mayoría si se aumenta la composición con la incorporación de nuevos socios. De las nuevas designaciones se dejará constancia en el Libro de Actas de la sociedad, debiendo inscribirse en la Inspección General de Personas Jurídicas, para su publicidad y oponibilidad ante terceros. Los gerentes duran en su cargo el plazo de duración de la sociedad.
PLAZO: NOVENTA Y NUEVE 99 AÑOS, contados a partir de la fecha de inscripción en la Inspección General de Personas Jurídicas.
CIERRE DEL EJERCICIO ECONOMICO: 31 treinta y uno de diciembre cada año. Cada cuota de capital da derecho a UN VOTO.
DISOLUCION: Por cualquiera de las causales previstas en el artículo 94 de la Ley de Soc.Com.
LIQUIDACION: a cargo del o los Gerentes y se realizará de acuerdo a las prescripciones de la Sección XIII, Capítulo I, artículos 101 al 112 de la Ley General de Sociedades Comerciales.
Publíquese el Edicto en el Boletín Oficial Por el término de un 1 día como esta Ordenado en el Expte 221-163523 Caratulado WARDENCLYFFE TOWER SRL S/Insc.
Constitución Inspección General de Personas Jurídicas.
Corrientes 10-04-2024
Dra. Cinthia B. Vergez Inspector General I: 17/04 V: 17/04
CREADO POR LEY Nº 74 DEL 31 DE OCTUBRE DE 1911 DE LA PROVINCIA DE CORRIENTES
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