Boletín Oficial de la Provincia de Corrientes del 28/11/2022

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Corrientes

Nº 28.657
exclusivo de reserva municipal.
Que a fin de formalizar las donaciones antes descripta deben ser aceptadas para que la misma produzca efectos jurídicos, siendo de aplicación al caso de autos las disposiciones de la donación previstas en el Código Civil y Comercial.
Por ello y en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 162 inciso 1 y 2, de la Constitución de la Provincia de Corrientes, El Gobernador de la Provincia Decreta:
ARTÍCULO 1º: ACÉPTASE la Oferta de Donación con Afectación Diferida efectuada por la causante Sra. Lylian Ruth Navajas de Frattini, donar con cargo al Gobierno de la Provincia de Corrientes - Ministerio de Gobierno y Justicia hoy Ministerio de Seguridad, los inmuebles ubicados en la Cuarta Sección Rural, jurisdicción de Gobernador Virasoro, Departamento de Santo Tomé, Provincia de Corrientes que se siguiente manera:
Parcelas 35 y 36 ambos con una superficie total de 300,26
m2, y el Lote Nº 12 con una superficie de 900,79m2, inscriptos todos ellos en el Registro de la Propiedad Inmueble al Folio Real Matrícula Nº 1.190 del Departamento de Santo Tomé, en mayor extensión a nombre de la causante, con el cargo que en el plazo de cuatro 4 años se realice la construcción de una comisaría, en caso de no destinarse a ello se destinará a la Municipalidad de Gobernador Virasoro-Corrientes, para uso exclusivo de reserva municipal.
ARTÍCULO 2º: AUTORÍZASE a la Escribanía de Gobierno a tomar la intervención que le compete.
ARTÍCULO 3º: El presente decreto es refrendado por el Ministro Secretario General.
ARTÍCULO 4º: COMUNÍQUESE publíquese, Registró Oficial y pásese a la Escribanía de Gobierno a sus efectos y archívese.
Dr. Gustavo Adolfo Valdés Dr. Carlos José Vignolo
Decreto Nº 3141
Corrientes, 28 de octubre de 2022
El Gobernador de la Provincia Decreta:
ARTÍCULO 1º: OTORGÁSE a la Asociación de Bomberos Voluntarios de la Ciudad de Corrientes, una ayuda económica por la suma de PESOS TRES MILLONES $
3.000.000,00, que será destinada para acondicionar unidades y equipamientos, como así también para reparar el camión cisterna; con cargo de oportuna y documentada rendición ante el Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia.
ARTICULO 2º: AUTORÍZASE al Departamento Contable de la Secretaria Privada del Gobernador, a emitir el correspondiente Comprobante de Contabilidad del gasto, contra la Tesorería General de la Provincia y a favor de la Entidad beneficiaria, debiendo imputar la erogación a la partida específica del presupuesto vigente.
ARTÍCULO 3º: El presente decreto es refrendado por el Ministro Secretario General.

CORRIENTES, 28 DE NOVIEMBRE DE 2022

ARTÍCULO 4º: COMUNÍQUESE, publíquese, dese al Registro Oficial y pásese a la Privada del Gobernador, a sus efectos.
Dr. Gustavo Adolfo Valdés Dr. Carlos José Vignolo
Decreto Nº 3145
Corrientes, 28 de octubre de 2022
Visto:
El expediente Nº 000-05176-2022 del registro del Ministerio Secretaria General; y Considerando:
Que el Ministerio de Coordinación y Planificación solicita un refuerzo presupuestario en virtud de los Convenios de Cooperación celebrados entre el Gobierno de la Provincia y la Municipalidad de Ita Ibate que tienen por finalidad financiar las obras CONSTRUCCION
D E L P U N TO D E I N F O R MAC I O N T U R I S T I C A y
CONSTRUCCION DE 20 VEINTE CUADRAS DE CORDON
CUNETA.
Que el Ministerio de Hacienda y Finanzas, de acuerdo a las disponibilidades, cederá el crédito presupuestario necesario al Ministerio de Coordinación y Planificación con el objeto de afrontar los gastos mencionados.
Que el artículo 15 de la Ley Nº 6.594 de Presupuesto 2022
faculta al Poder Ejecutivo para que, por intermedio del Ministerio de Hacienda y Finanzas, autorice por decreto las modificaciones presupuestarias que impliquen traspasos de partidas entre distintas Entidades cuando existan razones debidamente justificadas.
Que el artículo 34 tercer apartado de la Ley Nº 5.571 de Administración Financiera establece que, cuando el Poder Ejecutivo disponga modificaciones presupuestarias que impliquen refuerzos de partidas, deberá instrumentarlo mediante decreto enviando copia del mismo al Poder Legislativo.
Por ello y en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 162 inciso 1 y 2, de la Constitución de la Provincia de Corrientes, El Gobernador de la Provincia Decreta:
ARTÍCULO 1º: APRUÉBANSE los Convenios de Cooperación suscriptos entre el Gobierno de la Provincia de Corrientes y la Municipalidad de Ita Ibate, los que como anexo I forman parte integrante de la presente norma legal.
A R T I C U LO 2 º : A P R U É B A S E l a m o d i f i c a c i ó n presupuestaria de gastos Nº 329/2022 de la Jurisdicción 02-Ministerio de Hacienda y Finanzas la que, como anexo, forma parte del presente decreto.
ARTICULO 3º: AUTORÍZASE a la Dirección de Administración y Recursos Humanos del Ministerio de Coordinación y Planificación a emitir el comprobante de libramiento de pago contra la Tesorería General de la Provincia y a favor de la Municipalidad de Ita Ibate, Provincia de Corrientes, por hasta la suma de PESOS
TREINTA Y NUEVE MILLONES SETECIENTOS SESENTA Y
CUATRO MIL DOSCIENTOS $ 39.764.200,00 en la estructura programática presupuestaria consignada en el anexo del ar tículo 2º y por el concepto de Transferencias a Municipios, con cargo de oportuna y
PAG. Nº 3

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Boletín Oficial de la Provincia de Corrientes del 28/11/2022

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Corrientes

PaeseArgentina

Data28/11/2022

Conteggio pagine36

Numero di edizioni316

Prima edizione09/11/2020

Ultima edizione07/08/2023

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