Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 17/7/2024
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut
PÁGINA 4
BOLETÍN OFICIAL
DIRECCIÓN REGIONAL DELEGACIÓN OESTE
El área de competencia de la Delegación Oeste será la comprendida por el Departamento de Futaleufú.
MISIONES:
Coordinar el funcionamiento operativo de la delegación, proveyendo los recursos necesarios que aseguren el funcionamiento de su estructura.
Organizar, ejecutar y controlar el trabajo para el corto y mediano plazo.
FUNCIONES:
Coordinar y supervisar las actividades que se desarrollan en la regional.
Colaborar en la elaboración del presupuesto anual de la Delegación.
Relevar las demandas y necesidades del sector productivo en el territorio y proponer planes de acción para atender a las mismas.
Será responsable inmediato de la dirección.
Deberá controlar los actos que realice la delegación en el ámbito de la Jurisdicción de la región a la que pertenece.
Ejercer las funciones que le fueren delegadas y/o encomendadas por el Director General de Planificación y Financiamiento.
Ejercer la dirección y conducción del personal de su dependencia, distribuir las tareas de cada departamento a su cargo asignando funciones y disponiendo reemplazos en casos de ausencias.
Facilitar la ejecución del plan de actividades de la Delegación.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Poseer título secundario y/o persona idónea con experiencia de al menos dos 2 años en tareas administrativas dentro del ámbito de la Administración Publica Nacional, Provincial o Municipal.
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN
SUBSECRETARÍA DE FINANCIAMIENTO Y
COMERCIO PARA LA PRODUCCIÓN
DIRECCIÓN GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y
FINANCIAMIENTO
DIRECCIÓN REGIONAL DELEGACIÓN NOROESTE
El área de competencia de la Delegación Oeste será la comprendida por el Departamento de Cushamen.
MISIONES:
Coordinar el funcionamiento operativo de la delegación, proveyendo los recursos necesarios que aseguren el funcionamiento de su estructura.
Organizar, ejecutar y controlar el trabajo para el corto y mediano plazo.
FUNCIONES:
Coordinar y supervisar las actividades que se de-
Miércoles 17 de Julio de 2024
sarrollan en la regional.
Colaborar en la elaboración del presupuesto anual de la Delegación.
Relevar las demandas y necesidades del sector productivo en el territorio y proponer planes de acción para atender a las mismas.
Sera responsable inmediato de la dirección.
Deberá controlar los actos que realice la delegación en el ámbito de la Jurisdicción de la región a la que pertenece.
Ejercer las funciones que le fueren delegadas y/o encomendadas por el Director General de Planificación y Financiamiento.
Ejercer la dirección y conducción del personal de su dependencia, distribuir las tareas de cada departamento a su cargo asignando funciones y disponiendo reemplazos en casos de ausencias.
Facilitar la ejecución del plan de actividades de la Delegación.
REQUISITOS PARA EL CARGO:
Persona idónea con capacidad de trabajo en equipo y experiencia en trabajos de campo referentes a la zona Noroeste.
Dto. N 858
04-07-24
Artículo 1º.- Designar, a partir de la fecha del presente decreto, a las personas que figuran en el Anexo I, que integra el presente, en los cargos jerárquicos y fuera de nivel del Ministerio de Producción aprobados mediante Decreto N 196/2024, de conformidad a los lineamientos previstos en dicho Anexo.Artículo 2.- Reservar, a partir de la fecha del presente decreto, a los agentes detallados en el Anexo II, sus cargos de revista de Planta Permanente que para cada caso allí se consignan, mientras se desempeñen en los cargos jerárquicos y fuera de nivel del Ministerio de Producción en los cuales son designados por el presente, de conformidad a lo previsto en los artículos 14 y 20 de la Ley I -N 74.Artículo 3.- Otorgar y abonar a la profesional detallada en el Anexo III, que integra el presente, el adicional por jerarquía profesional, previsto en el artículo 22º inciso f de la Ley I N 74 y reglamentado por Decreto N
1330/81, a tenor de la requisitoria de los cargos jerárquicos y fuera de nivel, a partir de la fecha del presente decreto.Artículo 4º.- El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto será imputado en la Jurisdicción: 67 - Ministerio de Producción - SAF
67 - Ministerio de Producción -Programa: 25 - Comercio Exterior - Actividad: 1 - Comercio -Exterior y SAF 101 Subsecretaría de Financiamiento y Comercio para la Producción - Programa: 18 - Conducción y Administración Los Andes - Actividad:
1 - Conducción y Administración Los Andes, Programa: 20 - Conducción y Administración Senguer San Jorge - Actividad: 1 - Conducción y Administración Senguer San Jorge - Ejercicio 2024.-